Por Orden APA/3735/2005, de 7 de noviembre (BOE del día 1 de diciembre), se convocó concurso general 2/05 para la provisión de puestos de trabajo del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria y a los efectos previstos en las Bases décima y undécima de la convocatoria, Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente y vista la propuesta de la Comisión de Valoración encargada de la valoración de los méritos, acuerda:
Primero.-Resolver el concurso, haciendo públicos los destinos definitivos que han sido adjudicados, así como los puestos declarados desiertos, según se indica en el anexo de la presente Orden.
Segundo.-Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en la Base novena puntos 2 y 3. Tercero.-El cómputo del plazo para el cese no se iniciará mientras no finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados y que deberán comunicarse por escrito a la Subdirección General de Recursos Humanos de este Ministerio, paseo Infanta Isabel, 1, 28014-Madrid. Cuarto.-El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. Quinto.-Los ceses y tomas de posesión serán formalizados por las autoridades correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 2169/84, de 28 de noviembre.
Sexto.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, significándose que en este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.
Madrid, 27 de febrero de 2006.-La Ministra, P. D. (Orden APA/1603/2005, de 17 de mayo), el Subsecretario, Santiago Menéndez de Luarca.
Sra. Subdirectora general de Recursos Humanos. Departamento.
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