De conformidad con lo establecido en la Orden de 17 de Junio de 1997, por la que se regulan las condiciones para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, y las Resoluciones de la Dirección General de la Marina Mercante de 30 de Diciembre de 1997 y de 17 de noviembre de 1998, publicadas en el Boletín Oficial del Estado números 158 de 3 de Julio de 1997, 8 y 296 de 9 de enero y 11 de diciembre de 1998, respectivamente y el R.D. 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas. Esta Dirección General en uso de las facultades que tiene conferidas ha resuelto convocar exámenes teóricos ordinarios para la obtención de títulos de Patrón para Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate, Capitán de Yate, Patrón de Moto Náutica «A» y Patrón de Moto Náutica «B», con sujeción a las siguientes bases de convocatoria:
1. Normas generales.-Los exámenes se celebrarán por aquellos tribunales que se constituyan de conformidad con lo establecido en el artículo Quinto de la Resolución de 30 de diciembre de 1997 y de la Resolución de 17 de noviembre de 1998.
2. Solicitudes.-Los candidatos solicitarán su admisión a examen en instancia dirigida al Director General de la Marina Mercante, cumplimentado el Modelo de impreso 790, Código 077, y que figura como Anexo I, a esta Resolución. Dicho impreso se facilitará en la Dirección General de la Marina Mercante, Capitanías Marítimas y Subdelegaciones del Gobierno. Asimismo, se podrá hacer el pago telemático a través de la página Web del Ministerio de Fomento. http://www.fomento.es. Oficina virtual. Pago telemático de tasas. A la solicitud (Modelo 790) Código 077, deberán unirse los siguientes documentos:
a) Una fotografía en color semejante a las exigidas para el documento nacional de identidad, en cuyo dorso figurarán su nombre y apellidos.
b) Certificado médico en impreso oficial ajustado al cuadro de aptitudes psicofísicas determinadas en la Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante de 30 de Diciembre de 1.997, o, en su defecto, fotocopia compulsada de la licencia de conducción acompañada de informe de un médico o diplomado en óptica en el que se certifique que el interesado cumple con el criterio 1.3 del anexo I de la precitada Resolución de 1997, o fotocopia de la tarjeta acreditativa del título anterior del candidato si lo ha obtenido o renovado en un tiempo inferior de cinco años a la fecha de la convocatoria que solicita. En lugar de la fotocopia compulsada de la licencia de conducción podrá presentarse el documento expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores, de los regulados por el Real Decreto 2272/1985, de 4 de diciembre, que acredite haber superado el reconocimiento médico necesario para la obtención de la licencia de conducción. Cuando dicho documento acredite asimismo que el interesado cumple con el criterio 1.3 del Anexo I de la precitada Resolución de 1997, no será preciso acompañar el informe médico o de Diplomado en óptica a que hace referencia el párrafo anterior. c) De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 66 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para el año 2006, la Tasa por derechos de examen para las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo se aplicará un coeficiente del 1,02, al importe exigible durante el año 2005, por lo que para 2006 serán:
Capitán de Yate: 74,29 euros.
Patrón de Yate: 63,67 euros. Patrón de Embarcaciones de Recreo: 47,76 euros. Patrón de Navegación Básica: 37,14 euros. Patrón de Moto Náutica «A»: 37,14 euros. Patrón de Motor Náutica «B»: 31,83 euros.
El devengo de la Tasa se producirá en el momento de la inscripción de las pruebas de examen y la solicitud no se tramitará hasta tanto no se haya efectuado el pago.
d) Una fotocopia del documento nacional de identidad, tarjeta de residencia o pasaporte, en vigor. e) Los candidatos que tengan superada una parte del programa de Patrón de Yate o Capitán de Yate, por haberla aprobado en exámenes anteriores, aportarán en el momento de presentar la solicitud el certificado del último examen realizado al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo segundo «convalidación del programa teórico» de la Resolución de 30 de diciembre de 1997. f) Fotocopia compulsada de la titulación inmediata inferior, salvo que le haya sido expedida por la Dirección General de la Marina Mercante. En el supuesto de tenerlo en trámite, en alguna de las CC.AA., además del resguardo de tramitación, deberán aportar un certificado acreditativo del Organo competente confirmando que reúne los requisitos exigidos para la expedición del Título antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. g) La no presentación a examen, salvo por enfermedad, debidamente justificada y en el plazo máximo de tres días hábiles con posterioridad al examen, no dará lugar a cambio de matrícula para una próxima convocatoria de las que figuran en el anexo II. No se efectuará cambio de matricula para otra convocatoria que no sea del mismo período impositivo. h) Una vez finalizado el plazo de solicitud de matricula, se hará pública la lista provisional de admitidos y excluidos en el Tablón de Anuncios de la Dirección General de la Marina Mercante, pudiendo en el plazo de diez días subsanar las deficiencias los candidatos que hayan resultado excluidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.1, de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285).
3. Presentación de solicitudes.-Las solicitudes para tomar parte en los exámenes podrán presentarse directamente en la Dirección General de la Marina Mercante, o bien en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se remitirán a los respectivos Tribunales de examen una vez constituidos los mismos.
4. Calendario de exámenes.-Los exámenes se celebrarán en las fechas y lugares indicados en el Anexo II. 5. Tribunales. Los Tribunales que han de juzgar las pruebas serán nombrados por la Dirección General de la Marina Mercante, una vez conocido el número de candidatos presentados a los exámenes. Los miembros de los Tribunales tendrán derecho al abono de indemnizaciones por asistencias, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, a cuyos efectos los Tribunales de Capitán de Yate y Patrón de Yate se incluirán en la primera categoría y los de Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón para Navegación Básica, y Patrón de Moto Náutica «A» y Patrón de Moto Náutica «B» en la segunda categoría de las previstas en el artículo 33.2 del citado Real Decreto. 6. Desarrollo de las pruebas. Los lugares de celebración de los exámenes se anunciarán por los Presidentes de los Tribunales en los respectivos tablones de anuncios una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y se indicarán los materiales o útiles que deberán llevar los candidatos. Al finalizar el ejercicio, el candidato presentará el resguardo de la solicitud de matricula, sellada por la Administración, si fuera preciso, a petición del Secretario del Tribunal. Una vez conocido el número de candidatos, los Presidentes de los tribunales indicarán la fecha, hora y lugar de los exámenes para cada una de las titulaciones, en el Tablón de Anuncios de la Dirección General de la Marina Mercante y además en la Subdelegación del Gobierno en Aragón, para los exámenes previstos en Zaragoza. Asimismo, si es posible, y solamente a efectos informativos se podrán consultar las listas de admitidos/excluidos, horarios y calificaciones provisionales, en la página Web del Ministerio de Fomento: http://www.fomento.es. 7. Resultado de los exámenes.-Finalizados los exámenes, se publicarán en los tablones de anuncios de los centros correspondientes, las listas de calificaciones. Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de las listas de calificaciones en el Tablón de anuncios, para presentar por escrito las reclamaciones que consideren oportunas, dirigidas al Secretario del Tribunal, con indicación de los datos personales y reclamación debidamente razonada. Los Secretarios de los Tribunales, con el visto bueno de sus respectivos Presidentes, expedirán certificación individual de las calificaciones obtenidas, que se ajustarán al modelo oficial, incluirán el resultado del reconocimiento médico preceptivo y serán retirados por los interesados en la localidad del examen. No será necesario emitir dicho certificado para aquellos aspirantes que hubieran superado las pruebas en su totalidad.
8. Norma Final.-La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y forma previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 2 de enero de 2006-El Director general, Felipe Martínez Martínez.
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ANEXO II Lugares y fechas de celebración de exámenes teóricos para el año 2006
Madrid
Febrero:
Patrón Navegación Básica y Patrón Embarcaciones de Recreo.
Inicio Matrícula. 23.01.2006. Cierre de Matrícula. 06.02.2006. Inicio Exámenes: A partir del 20 de febrero de 2006.
Zaragoza
Marzo:
Patrón Navegación Básica y Patrón Embarcaciones de Recreo.
Inicio Matrícula. 07.02.2006. Cierre de Matrícula. 23.02.2006. Inicio Exámenes: A partir del 13 de marzo de 2006.
Madrid
Abril:
Patrón Moto Náutica A», «B», Básico, Per, Patrón de Yate y Capitán de Yate.
Inicio Matrícula. 24.02.2006. Cierre de Matrícula. 15.03.2006. Inicio Exámenes: A partir del 03 de abril de 2006.
Zaragoza
Mayo:
Básico, Per, Patrón de Yate y Capitan de Yate.
Inicio Matrícula. 03.04.2006. Cierre de Matrícula. 25.04.2006. Inicio Exámenes: A partir del 15 de mayo de 2006.
Madrid
Junio:
Patrón Moto Náutica «A», «B», Básico, Per, Patrón de Yate y Capitán de Yate.
Inicio Matrícula. 02.05.2006. Cierre de Matrícula. 5.05.2006. Inicio Exámenes: A partir del 23 de junio de 2006.
Octubre:
Patrón Nav. Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo, y Patrón de Yate.
Inicio de Matricula. 05.09.2006. Cierre de matricula. 23.09.2006. Inicio exámenes.A partir del 17 de octubre de 2006.
Zaragoza
Noviembre:
Patrón Navegación Básica, Patrón Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate y Capitan de Yate.
Inicio de Matrícula. 25.09.2006. Cierre de Matrícula. 20.10.2006. Inicio exámenes: A partir de 13 de noviembre de 2006.
Madrid
Diciembre:
Patrón de Moto Náutica «A», «B», Patrón de Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate.
Inicio de matricula. 23.10.2006. Cierre de matricula. 14.11.2006. Inicio de los exámenes. A partir del 11 de diciembre de 2006.
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