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Documento BOE-A-2006-4477

Resolución de 16 de febrero de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la realización de programas para desarrollo de servicios de atención a la primera infancia.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2006, páginas 9898 a 9901 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-4477

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la realización de programas para desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. (Cero-tres años), y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid a 16 de febrero de 2006.-El Secretario General Técnico, Francisco González de Lena Álvarez.

ANEXO Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la realización de programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años)

En Madrid, a 21 de noviembre de 2005.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Jesús Caldera Sánchez-Capitán Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril (Boletín Oficial del Estado número 94, de 18 de abril), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, el Excmo. Sr. D. Tomás Mañas González, Consejero de Bienestar Social, nombrado por Decreto 63/2004, de 30 de abril (D.O.C.M. núm. 71, de 3 de mayo), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.-Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril; 562/2004, de 19 de abril, y 1600/2004, de 2 de julio.

Segundo.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ostenta competencias en materia de Asistencia Social y Servicios Sociales, de acuerdo con el artículo 31.1.20 de su Estatuto (Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto) y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero, y 1975/1984, de 26 de septiembre. Tercero.-Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración. Cuarto.-Que la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2005 (B.O.E. del día 28), incluye dos créditos adscritos al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para favorecer la conciliación entre vida familiar y laboral a través de la atención a la primera infancia, mediante transferencias a las Comunidades Autónomas: la aplicación 19.04.231G.454.00, con una dotación de 21.793.830 euros, y la aplicación 19.04.231G.752, con una dotación de 7.000.000 euros. Quinto.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines. Sexto.-Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar y/o mejorar los servicios existentes de atención a la primera infancia (0-3 años). Séptimo.-Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios objetivos de distribución de los crédito acordados con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 18 de febrero de 2005 (B.O.E. de 23 de marzo de 2005). Octavo.-Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración de naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de los Programas destinados a crear y/o mejorar los servicios de atención a la primera infancia (0-3 años) mediante la financiación conjunta, tal y como se especifican en el anexo de este Convenio.

Segunda.-La Comunidad Autónoma pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior. Tercera.-Para sufragar los costes de los mencionados programas, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se compromete a aportar la cantidad total de un millón ciento ventitrés mil novecientos setenta y cuatro euros con treinta y dos céntimos (1.123.974,32 €), como participación en los gastos corrientes que ocasione la financiación de los programas. Esta cantidad a que se obliga la Comunidad Autónoma puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o las Corporaciones Locales, estas últimas según los acuerdos con la Comunidad de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio. Asimismo, se compromete a aportar la cantidad total de setecientos cincuenta y ocho mil novecientos noventa y nueve euros con cuarenta y cinco céntimos (758.999,45 €) como participación en la financiación de los programas que requieren gastos de inversión. Esta cantidad puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o las corporaciones locales, estas últimas según los acuerdos con la Comunidad de acuerdo con el desglose del anexo citado. Cuarta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.231G.454.00 para el ejercicio de 2005, aporta la cantidad de novecientos cuarenta y ocho mil treinta y cinco euros con cuarenta y seis céntimos (948.035,46 €), como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio. Asimismo, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.231G.752 para el ejercicio 2005, aporta la cantidad de trescientos treinta y un mil ciento sesenta y seis euros con ochenta y cinco céntimos (331.166,85 €) como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio. Quinta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha la cantidad prevista en la cláusula cuarta de este Convenio en los términos establecidos en el en el artículo 86.2 cuarta de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Así mismo, colaborará técnicamente para facilitar la realización de los programas objeto de convenio. Sexta.-La Comunidad Autónoma deberá:

A. Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de Colaboración.

B. Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio. C. Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados. D. Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de los compromisos de créditos, las obligaciones reconocidas y los pagos realizados en el año, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86.2 regla sexta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. E. Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.

La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.

Séptima.-La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto que entregará en los tres meses siguientes y que al menos recoja:

Fecha de puesta en marcha.

Información económica. Actividades realizadas. Recursos utilizados. Sectores atendidos. Resultados obtenidos. Datos estadísticos. Dificultades y propuestas. Valoración del programa.

En el supuesto de que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha no presente la citada memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula siguiente, sin perjuicio de las consecuencias que pudieran derivarse de acuerdo con lo establecido en la cláusula undécima del presente convenio.

Octava.-Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos. Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las comunidades autónomas firmantes de los Convenios. El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será designado por la Directora General de las Familias y la Infancia, y el representante de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha por el Director General de Familia. Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario de la Dirección General de las Familias y la Infancia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora General. Novena.-En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales. Décima.-La duración del Convenio se establece para el año 2005 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias de que cada parte dispone para su financiación. Undécima.-El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se hubieran destinado al/los programa/s previstos en él. Duodécima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden comunicada de 7 de marzo de 2005), la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, Amparo Valcarce García.-El Consejero de Bienestar Social, Tomás Mañas González.

ANEXO

Aportación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Corporaciones Locales y Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia. Año 2005

Euros

1. Aplicación Presupuestaria 19.04.231G.454.00

1.A) Servicios de titularidad de Corporaciones Locales

Albacete

1)

Continuidad de la ampliación de horario en el Centro de Atención a la Infancia «Las Norias» de Almansa, financiado en 2004.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

41.401,80

Aportación M.T.A.S

41.401,80

2)

Continuidad de la ampliación de horario en el Centro de Atención a la Infancia «La Estrella» de Almansa, financiado en 2004.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

20.700,90

Aportación M.T.A.S

20.700,90

3)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia «El Jardín» de Almansa, financiado en 2004.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

20.700,90

Aportación M.T.A.S

20.700,90

4)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia «Campollano» de Albacete, financiado de 2001 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

32.630,00

Aportación M.T.A.S

32.630,00

5)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia de Alpera, financiado en 2003.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

9.409,50

Aportación M.T.A.S

9.409,50

6)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia «San Vicente» de Hellín, financiado de 2001 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

21.335,00

Aportación M.T.A.S

21.335,90

Ciudad Real

7)

Continuidad de la ampliación en el Centro de Atención a la Infancia de Argamasilla de Alba, financiado en 2003.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

20.387,25

Aportación M.T.A.S

20.387,25

8)

Continuidad de la ampliación de horario y plazas en el Centro de Atención a la Infancia de Herencia, financiado de 2001 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

27.444,37

Aportación M.T.A.S

27.444,37

9)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia de Miguelturra, financiado en 2004.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

36.069,75

Aportación M.T.A.S

36.069,75

10)

Continuidad de la ampliación de horario y plazas en el Centro de Atención a la Infancia de Pedro Muñoz, financiado de 2001 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

23.837,40

Aportación M.T.A.S

23.837,40

11)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia «Mediodía» de Tomelloso, financiado de 1994 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

19.364,30

Aportación M.T.A.S

19.364,30

12)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia «Mediodía» de Tomelloso, financiado de 1994 de 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

38.667,82

Aportación M.T.A.S

38.667,82

Cuenca

13)

Continuidad de la ampliación de horario en el Centro de Atención a la Infancia de Iniesta, financiado en 2004.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

19.446,30

Aportación M.T.A.S

19.446,30

14)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia de Villamayor de Santiago, financiado en 2004.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

14.114,25

Aportación M.T.A.S

14.114,25

15)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia en «Cañadillas», en Cuenca, financiado en 2003.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

60.220,80

Aportación M.T.A.S

60.220,80

16)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia «La Paz», ,en Cuenca, financiado de 1991, a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

25.719,30

Aportación M.T.A.S

25.719,30

Guadalajara

17)

Continuidad de la ampliación de plazas en el Centro de Atención a la Infancia «San Miguel Arcángel», de Alovera, financiado de 2001 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

57.678,92

Aportación M.T.A.S

57.678,92

18)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia de Marchamalo, financiado enn 2004.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

15.055,20

Aportación M.T.A.S

15.055,20

19)

Continuidad de de la ampliación de plazas en el Centro de Atención a la Infancia «8 de marzo», de Azuqueca de Henares, financiado enn 2002 y 2003.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

33.249,48

Aportación M.T.A.S

33.249,48

20)

Continuidad de la ampliación de plazas en el Centro de Atención a la Infancia en Cabanillas del Campo, financiado enn 2003.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

53.320,50

Aportación M.T.A.S

53.320,50

21)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia de Villanueva de la Torre, financiado en 2002 y 2003.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

25.092,00

Aportación M.T.A.S

25.092,00

Toledo

22)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia de Corral de Almaguer, financiado en 2004.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

23.152,95

Aportación M.T.A.S

10.093,95

23)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia de Miguel Esteban, financiado en 2003.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

11.605,05

Aportación M.T.A.S

11.605,05

24)

Continuidad de la ampliación de plazas en el Centro de Atención a la Infancia de Mora, financiado de 2001 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

26.346,60

Aportación M.T.A.S

26.346,60

25)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia de Navahermosa, financiado de 1991 a 1996 y de 2000 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

20.700,90

Aportación M.T.A.S

20.700,90

26)

Continuidad del Centro de Atención a la Infancia de Villacañas, financiado de 1991 a 2003, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

27.591,33

Aportación M.T.A.S

27.591,33

27)

Continuidad de la ampliación de plazas en el Centro de Atención a la Infancia de Orgaz, financiado en 2001, 2002 y 2004.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

27.601,20

Aportación M.T.A.S

27.601,20

1.B «Guarderías Infantiles Laborales» de titularidad de Corporaciones Locales o entidades sin ánimo de lucro

Guadalajara

1)

Guardería Infantil Laboral «La Rosaleda» de Guadalajara, financiada de 1999 a 2004, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma

115.378,67

Aportación M.T.A.S

67.250,69

2)

Guardería Infantil Laboral «Ntra. Sra. de la Antigua», de Cebolla, financiada de 1999 a 2004, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma

55.952,40

Aportación M.T.A.S

30.00,00

3)

Guardería Infantil Laboral «Virgen de los Remedios» de Los Navalmorales, financiada de 1999 a 2004, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma

33.404,16

Aportación M.T.A.S

18.000,00

4)

Guardería Infantil Laboral «Santa Bárbara y Ntra. Sra. de las Nieves» de Toledo», financiada de 1999 a 2004, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma

116.655,00

Aportación M.T.A.S

66.000,00

5)

Guardería Infantil Laboral «Santiago el Mayor», de Toledo, financiada de 1999 a 2004, ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma

49.740,32

Aportación M.T.A.S

27.000,00

Total Aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales (gastos corrientes)

1.123.974,32

Total Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (transferencias corrientes)

948.035,46

2. Aplicación Presupuestaria 19.04.231G.752

2.A) Servicios de titularidad de Corporaciones Locales

Albacete

1)

Construcción del Centro de Atención a la Infancia IV de Almansa (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

124.990,00

Aportación M.T.A.S

32.010,00

Ciudad Real

2)

Construcción de un Centro de Atención a la Infancia en Manzanares (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

120.641,30

Aportación M.T.A.S

58.525,00

3)

Ampliación de plazas en el Centro de Atención a la Infancia «Nuestra Sra. del Carmen», de Valdepeñas (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

26.800,00

Aportación M.T.A.S

13.200,00

4)

Construcción de un Centro de Atención a la Infancia en Villamanrique (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

72.150,00

Aportación M.T.A.S

14.850,00

Cuenca

5)

Construcción de un Centro de Atención a la Infancia en Campillo de Altobuey (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

83.750,00

Aportación M.T.A.S

41.250,00

6)

Construcción de un Centro de Atención a la Infancia en Quintanar del Rey (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

67.000,00

Aportación M.T.A.S

33.000,00

7)

Construcción del Centro de Atención a la Infnacia III de Tarancón (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

67.000,00

Aportación M.T.A.S

33.000,00

Guadalajara

8)

Construcción de un Centro de Atención a la Infancia en Albalache de Zorita (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

31.490,00

Aportación M.T.A.S

15.510,00

9)

Construcción de un Centro de Atención a la Infancia en Horche (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

36.850,00

Aportación M.T.A.S

18.150,00

Toledo

10)

Construcción de un Centro de Atención a la Infancia en Cedillo del Condado (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

80.400,00

Aportación M.T.A.S

39.600,00

11)

Construcción de un Centro de Atención a la Infancia en Quintanar de la Orden (2.ª fase).

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local

47.928,00

Aportación M.T.A.S

32.071,85

Total aportación Comunidad Autónoma y Corporaciones Locales (gastos de inversión)

758.999,45

Total Aportación Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (transferencias de capital)

331.166,85

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