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Documento BOE-A-2006-460

Resolución de 21 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica un captador solar, marca ECOSOLAR, modelo ZS 232, fabricado por Schüco Internacional K.G.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2006, páginas 1513 a 1513 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-460

TEXTO ORIGINAL

El captador solar COL 2 fabricado por Schüco Internacional K.G. fue certificado por Resolución de fecha 10 de noviembre de 2004 con la contraseña de certificación NPS-7004. Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por Zona Solar, S.L. con domicilio social en C/ Baza, parcela 3, local 16-17, Polígono Industrial Juncaril, 18220 Albolote (Granada), para la certificación de un captador solar con una denominación comercial diferente pero con las mismas características técnicas. Habiendo sido presentado acuerdo entre Schüco Internacional K.G. y Zona Solar, S.L en dicho sentido, especificando en el mismo que la empresa Zona Solar, S.L distribuye este producto bajo su propia marca, Ecosolar, y se compromete a no realizar cambio alguno en el producto, Esta Dirección General, ha resuelto certificar el citado producto con la contraseña de certificación NPS-7905, y con fecha de caducidad el día 15 de septiembre de 2007, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 15 de septiembre de 2007. Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante el Secretario General de Energía, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999 de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Marca: ECOSOLAR.

Modelo: ZS 232 Características:

Material absorbente: Cobre.

Tratamiento superficial: Capa selectiva. Superficie de apertura: 2,13 m2. Superficie de absorbente: 2,13 m2.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 21 de diciembre de 2005.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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