Visto el expediente de indulto de don José Andrés Barcen Arco, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Cantabria, sección primera, en sentencia de 29 de julio de 2004, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años y seis meses de prisión y multa de 3.216,51 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2004, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de febrero de 2006,
Vengo en conmutar a don José Andrés Barcen Arco la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 24 de febrero de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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