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Documento BOE-A-2006-531

Resolución de 10 de noviembre de 2005, de la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria, por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas de habilitación nacional, que facultan para concurrir a concursos de acceso a cuerpos de Catedráticos de Universidad, Profesores Titulares de Universidad, Catedráticos de Escuelas Universitarias y Profesores Titulares de Escuelas Universitarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2006, páginas 1706 a 1738 (33 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2006-531

TEXTO ORIGINAL

Convocadas pruebas de habilitación nacional que facultan para concurrir a concursos de acceso a cuerpos de Catedráticos de Universidad, Profesores Titulares de Universidad, Catedráticos de Escuelas Universitarias y Profesores Titulares de Escuelas Universitarias, según Resolución de 7 de septiembre de 2005, de la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria (B.O.E. n.º 226, de 21 de septiembre), y finalizado el plazo de presentación de solicitudes a que hace referencia la base séptima de la citada convocatoria, esta Secretaría General ha resuelto:

Primero.-Declarar aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se encuentra expuesta al público en el tablón de anuncios de la sede del Consejo de Coordinación Universitaria (calle Juan del Rosal, número 14, Ciudad Universitaria-Madrid). Podrán, asimismo, consultarse en la siguiente dirección de internet: http://www.mec.es/consejou.

Segundo.-Publicar la relación provisional de excluidos que figura como anexo a esta Resolución, con indicación de las causas de exclusión. Tercero.-Tanto los solicitantes excluidos como los omitidos por no figurar en las listas de admitidos ni en las de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Estado, para subsanar los defectos que hayan motivado su no admisión u omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos. Los solicitantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a que sean incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 10 de noviembre de 2005.-La Secretaria General, María Antonia García Benau.

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