En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 215/2003, de 16 de octubre (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 29), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, y con el fin de atender a las necesidades del Personal de Administración y Servicios, Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1, en relación con el artículo 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Boletín Oficial del Estado de 24 de diciembre de 2001), así como en el artículo 67 y 177.3 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas de ingreso en el grupo B de la Universidad Politécnica de Madrid, para una plaza de Arquitecto Técnico, con destino en el Servicio de Proyectos y Obras, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza perteneciente al grupo B de la Universidad Politécnica de Madrid, de Arquitecto Técnico, por el sistema general de acceso libre. Las características de la plaza convocada y las actividades a realizar serán las adecuadas a sus características y perfil, de acuerdo con la Escala y Grupo de pertenencia. 1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada, entre otras, por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 10 de abril) por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el Acceso a determinados sectores de la Función Pública de los Nacionales de los demás Estados Miembros de la Unión Europea (Boletín Oficial del Estado de 23 de febrero); la Ley de la Comunidad de Madrid 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 24 de abril); los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 14 de mayo), por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; lo dispuesto en la presente convocatoria y demás normativa de aplicación. 1.3 El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I. 1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria. 1.5 Superará el proceso selectivo, siendo nombrado funcionario del Grupo B de la Universidad Politécnica de Madrid, para el desempeño de funciones propias de la plaza de Arquitecto Técnico, objeto de la presente convocatoria, aquel aspirante que, sumadas las puntuaciones de la fases de concurso y oposición, haya obtenido mayor puntuación. 1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:
1.6.1 Fase de concurso: Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de aspirantes admitidos con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista deberá exponerse, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la oposición y en el tablón de anuncios del Edificio A del Rectorado de la Universidad (Avda. Ramiro de Maeztu 7, Madrid).
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición. 1.6.2 El primer ejercicio de las pruebas selectivas se iniciará a partir de la segunda quincena del mes de marzo del año 2006.
1.7 Duración del proceso selectivo:
Desde la fecha de realización del primer ejercicio hasta la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del nombramiento del aspirante que supere el proceso selectivo, no podrán transcurrir más de seis meses, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que en ningún caso excederá de nueve meses.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior, que en ningún caso excederá de noventa días naturales.
1.8 La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Todos los actos derivados de ella se harán públicos en la página web de la Universidad Politécnica de Madrid (www.upm.es), en los tablones de anuncios del Rectorado (A y B) y en el de todos los Centros de la U.P.M., y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, cuando proceda.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, ascendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida. 2.1.3 Estar en posesión del título de Arquitecto Técnico, o Aparejador, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación, o en condiciones de obtenerla. 2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. 2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además de no encontrarse inhabilitados para el acceso a la Función Pública en España, no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo normalizado de solicitud (no será admisible ninguna solicitud que no sea presentada en el modelo normalizado de esta Universidad), que será facilitado gratuitamente en el Registro General de la Universidad Politécnica de Madrid (Rectorado, Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, Madrid), en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (Plaza del Descubridor Diego de Ordás n.º 3, Madrid), en la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina n.º 50, Madrid), y en el Instituto Nacional de Administración Pública (calle de Atocha n.º 106, Madrid). 3.2 La presentación de solicitudes deberá realizarse en el Registro General del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid, Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, Madrid, o a través de las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, 28040 Madrid. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo establecido anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. A la solicitud deberá adjuntarse comprobante bancario original de haber satisfecho los derechos de examen a favor de esta Universidad. La falta del comprobante bancario original acreditativo del pago de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. Asimismo, en ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación, en tiempo y forma, en los términos expresados en el párrafo anterior. Junto a la solicitud de participación en estas pruebas selectivas se acompañarán dos fotocopias legibles del Documento Nacional de Identidad o documentación acreditativa correspondiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten alguna de las circunstancias previstas en la base 2.1.1, en virtud de las cuales se puede participar en la presente convocatoria. Asimismo, se acompañarán copias cotejadas de las titulaciones que puedan tenerse en cuenta para valorar los méritos previstos en la fase de concurso. La certificación de los servicios efectivos prestados como funcionario en la Universidad Politécnica de Madrid en los Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, a efectos de la valoración de la fase de concurso, será expedida de oficio una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, según el modelo que se adjunta como Anexo VI de la presente convocatoria. Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los lugares y forma señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad Politécnica de Madrid. 3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
En el recuadro destinado a «Centro» consignarán: «U.P.M.: Arquitecto Técnico».
En el recuadro destinado a «Escala» consignarán: «Escala B». En el recuadro destinado a «Plaza Número» consignarán: «000».
3.4 Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deseen participar en las pruebas selectivas deberán hacer constar esta circunstancia en su solicitud dentro de la casilla correspondiente: «Minusválido», a los únicos efectos de expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.5 Los derechos de examen serán de 24,29 euros y se ingresarán en la cuenta corriente número 0049-5121-24-2510121551 de la entidad Banco Santander Central Hispano, abierta a nombre de la Universidad Politécnica de Madrid, haciendo constar «Pruebas Selectivas Arquitecto Técnico-Libre». Estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, expedido por la Administración Pública competente. Igualmente, estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos dos años en la fecha de la convocatoria, así como por motivos del terrorismo, su cónyuge e hijos, Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina del Instituto Nacional de Empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, según el modelo del Anexo V. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud. 3.6 Los errores materiales, aritméticos o de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. 3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado cuando concurra alguna causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Excmo. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 42.6, párrafo segundo, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7-Madrid) y en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es) se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. 4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada Resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar bajo su exclusiva responsabilidad, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos. 4.3 Contra la Resolución que haga pública la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Rector Magnífico en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Contra las demás resoluciones del Tribunal podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Rector Magnífico. 4.4 La posible devolución de las tasas por derechos de examen se regirá por lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOCM del 29), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III de esta convocatoria. 5.2 Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, deberán ser funcionarios de carrera y poseer un nivel de titulación igual al de la plaza convocada. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rectorado de esta Universidad, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos y Escalas análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese periodo de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas convocadas. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias de abstención citadas, conforme al artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2, o por otras causas, en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (Avda. Ramiro de Maeztu, n.º 7 -Madrid), así como en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/). 5.4 La sesión de constitución del Tribunal se celebrará una vez publicada la resolución por la que se apruebe la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo, y tendrá lugar previa convocatoria por el Secretario, por orden del Presidente, de los miembros titulares y suplentes que lo integran. En dicha sesión, el Presidente recordará a todos los miembros del Tribunal el rigor en el cumplimiento del deber de sigilo profesional a que vienen obligados, así como las responsabilidades administrativas o penales que por cualquier causa pudieran derivarse. Asimismo, en dicha sesión constitutiva, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o vocal suplente respectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente, del Secretario y de al menos tres de sus miembros titulares o, en su caso, de sus respectivos suplentes. El Tribunal adoptará sus acuerdos por mayoría de votos. 5.5 De cada sesión que celebre el Tribunal se levantará acta por el Secretario, que actuará con voz pero sin voto. Las actas se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión y serán firmadas, al menos, por el Secretario con el visto bueno del Presidente, pudiendo firmarlas también cualquier otro miembro titular del Tribunal que lo desee. Los miembros del Tribunal podrán hacer constar en el acta su voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen, o el sentido de su voto favorable. 5.6 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción Profesional; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en lo previsto en las bases de esta convocatoria. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas puedan plantearse y para adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable. 5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid. 5.8 El Tribunal calificador adoptará discrecionalmente las medidas precisas, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y los medios para su realización. A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Comunidad de Madrid. 5.9 El Presidente del Tribunal adoptará cuando corresponda, las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 (Boletín Oficial del Estado de 22 de febrero), o cualesquiera otros equivalentes. Así mismo, adoptará las medidas oportunas de custodia de los ejercicios de la oposición que entreguen los aspirantes, para garantizar su inviolabilidad hasta el momento en que haya de procederse a su lectura. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor y a aquellos que no hayan atendido debidamente las instrucciones del Tribunal. 5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (Avda. Ramiro de Maeztu, n.º 7, 28040 Madrid, teléfono 91 336 60 00). El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. 5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 30 de mayo de 2002). 5.12 El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en estas bases será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquel aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «G», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 6 de septiembre de 2005, de la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (B.O.C.M. de 22 de septiembre de 2005). 6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad. 6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y aquellos de fuerza mayor, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal. 6.4 La publicación de la lista de aprobados de cada ejercicio y del anuncio de celebración de los sucesivos ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal (Edificio A del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid, Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7, Madrid), con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo. 6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estime oportuno, la lista con el aspirante que ha superado el proceso selectivo, con indicación del número de su Documento Nacional de Identidad. Los interesados podrán alegar ante el Tribunal calificador, en el plazo de diez días hábiles, cuantas cuestiones estimen contrarias a las presentes bases. 7.2 El Tribunal, una vez resueltas las alegaciones formuladas y, en su caso, corregidos los errores advertidos, elevará copia certificada de la propuesta del candidato aprobado al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, quien ordenará su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid (Avda. Ramiro de Maeztu n.º 7 -Madrid), así como en la página web de esta Universidad (http://www.upm.es/).
8. Lista de espera para funcionarios interinos
8.1 A los efectos de la cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario del Grupo B para el desempeño de funciones propias de las plazas de Arquitecto Técnico de la Universidad Politécnica de Madrid, se formará una lista de espera que se regulará según lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 6 de abril (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 19 de abril), de la Consejería de Presidencia y Hacienda de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid. 8.2 La lista de espera resultante de esta convocatoria, dejará nulas y sin efectos, si las hubiera, las anteriores existentes en la Universidad Politécnica de Madrid para el llamamiento de funcionarios interinos del grupo B para el desempeño de funciones propias de las plazas de Arquitecto Técnico.
9. Presentación de documentos
9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera público el nombre del candidato seleccionado, éste deberá presentar en el Servicio de Selección, Gestión y Formación del Personal de Administración y Servicios -Sección de Concursos y Oposiciones, de la Universidad Politécnica de Madrid los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada o cotejada del título exigido en la base 2.1.3) de esta convocatoria o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo o, en su caso, de la credencial que acredite la homologación de las titulaciones obtenidas en el extranjero.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan en su Estado el acceso a la Función Pública, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria. C) Certificado médico oficial, exigible para el acceso a la Función Pública, de no estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones, expedido por los órganos competentes de la Comunidad de Madrid. D) Quienes ya tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de justificar los extremos que sirvieron de base para su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Servicio de Personal del Ministerio u Organismo Público del que dependan, justificativo de tal condición.
9.2 Dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, si las personas propuestas para su toma de posesión no presentasen la documentación o de su examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas.
10. Nombramiento de funcionarios
10.1 Concluido el proceso selectivo, quien lo hubiere superado y aporte la documentación requerida en la base 9.1 será nombrado funcionario de carrera del grupo B para el desempeño de funciones propias de la plaza de Arquitecto Técnico de la Universidad Politécnica de Madrid, mediante Resolución del Órgano convocante que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 10.2 La toma de posesión del aspirante que hubiera superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. 10.3 Previamente a la incorporación del funcionario al puesto de trabajo adjudicado, la Gerencia de la Universidad Politécnica de Madrid podrá acordar la realización de un curso formativo acorde a las funciones a desarrollar.
11. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, el Rectorado de la Universidad Politécnica de Madrid podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.
Madrid, 14 de noviembre de 2005.-El Rector, Javier Uceda Antolín.
ANEXO I Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán hasta un máximo de 30 puntos los siguientes méritos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Se valorarán los servicios efectivos prestados a la Universidad Politécnica de Madrid de los aspirantes que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes ostenten la condición de funcionario de carrera de la Universidad Politécnica de Madrid, o funcionario interino de los grupos B y C de cualquiera de las Escalas de la Universidad Politécnica de Madrid, de acuerdo con la siguiente escala: Antigüedad igual o superior a dos años: 10 puntos.
Antigüedad igual o superior a cinco años: 15 puntos. Antigüedad igual o superior a diez años: 20 puntos. Antigüedad igual o superior a quince años: 25 puntos. Antigüedad igual o superior a veinte años: 30 puntos.
La acreditación de estos méritos deberá realizarse mediante certificación, según el modelo del Anexo VI de esta convocatoria, expedida por el Servicio de Selección, Gestión y Formación de Personal de Administración y Servicios.
Fase de oposición
La oposición estará formada por los ejercicios siguientes:
Primer ejercicio: De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario de 90 preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, correspondiendo 54 preguntas a la parte específica y 36 a la parte general del programa que figura como Anexo II, de esta convocatoria.
El citado cuestionario será el que resulte elegido por sorteo público al comienzo del ejercicio, de entre dos propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. El Tribunal podrá llevar a cabo la corrección del ejercicio mediante el sistema de marcas ópticas. Los opositores deberán acudir al examen provistos de su D.N.I. o documento acreditativo equivalente, bolígrafo azul o negro, lápiz del número 2 y goma de borrar. La calificación de este ejercicio será de 0 a 15 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 7,5 puntos. Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25 por 100 de una correcta. Segundo ejercicio: De carácter eliminatorio. Consistirá en desarrollar, por escrito tres temas de entre cinco elegidos por sorteo público, dos temas a elegir de entre tres pertenecientes a la parte específica y un tema a elegir entre dos pertenecientes a la parte general del programa que figura como Anexo II de esta convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cinco horas. Los opositores deberán acudir al examen provistos de su D.N.I. o documento acreditativo equivalente. Los temas desarrollados por escrito deberán ser leídos por los opositores al Tribunal, que podrá efectuar las preguntas o mantener con el opositor un debate sobre la materia o en relación con las restantes del programa. La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10 puntos y no haber sido calificado con 0 puntos en ninguno de los temas. Tercer ejercicio: De carácter eliminatorio. Los aspirantes deberán elaborar por escrito o de forma gráfica los informes técnicos o supuestos prácticos que les sean planteados por el Tribunal en la misma sesión, relacionados total o parcialmente con el contenido de la parte específica del programa. Para el desarrollo de este ejercicio, los aspirantes podrán acudir provistos de los textos, manuales e instrumental de dibujo que consideren necesarios. Los opositores deberán acudir al examen provistos de su D.N.I. o documento acreditativo equivalente. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas. Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión pública ante el Tribunal, que podrá efectuar las preguntas o mantener con el opositor un debate sobre la materia, o en relación con las restantes del programa. La calificación de este ejercicio será de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 15 puntos. Cuarto ejercicio: De carácter eliminatorio, consistirá en una traducción directa, sin diccionario, de un texto presentado por el Tribunal. Los idiomas sobre que versará dicha traducción serán francés, si fue elegido por el aspirante en su solicitud, o inglés. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. La calificación de este ejercicio será de 0 a 5 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 2 puntos.
Valoración final
Corresponde al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar cada uno de los ejercicios del proceso de selección. Todo ello a la vista del grado de dificultad de los ejercicios propuestos y del conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta Escala. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de que consta la oposición. En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante con:
A) Mayor puntuación en el tercer ejercicio de la oposición.
B) Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la oposición. C) Mayor puntuación en el primer ejercicio de la oposición. D) Mayor puntuación en el cuarto ejercicio de la oposición.
De persistir el empate, se dirimirá por sorteo.
ANEXO II Programa
A) Parte general
I. Derecho Constitucional y Derecho Administrativo
1. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Su regulación en la Constitución Española de 1978. Su protección. 2. El ordenamiento jurídico administrativo (I). Fuentes. La Constitución. La Ley. Sus clases. Derecho Comunitario. Los Tratados Internacionales. 3. El ordenamiento jurídico administrativo (III). El Reglamento. Concepto, naturaleza y clases. Fundamento de la potestad reglamentaria. Límites. La inderogabilidad singular de las disposiciones generales. Procedimiento de elaboración. El control de la potestad reglamentaria. 4. El acto administrativo. Concepto y elementos del acto administrativo: sujeto, objeto, causa, fin y forma. Clases. Los actos presuntos y el silencio administrativo. 5. La eficacia y validez del acto administrativo: nulidad, anulabilidad y revocación. 6. El procedimiento administrativo. Concepto, naturaleza. Principios generales. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: contenido y ámbito de aplicación. Principios informadores. Fases del Procedimiento. 7. Los recursos administrativos. Concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materia recurrible, legitimación y órgano competente. 8. Los contratos de las Administraciones Públicas: Legislación vigente: ámbito de aplicación. Capacidad para contratar: prohibiciones, clasificación y registro de empresas. Garantías exigidas para los contratos con la Administración. Revisión de precios. Extinción de los contratos. Cesión y subcontratación. La documentación del proyecto de obras para su supervisión. 9. El contrato de obras. El contrato de gestión de servicios públicos. El contrato de suministro. Los contratos de consultoría y asistencia. Los contratos de servicios. Régimen jurídico. 10. La expropiación forzosa: naturaleza y justificación, ámbito subjetivo y objetivo. Procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Procedimientos expropiatorios especiales. 11. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual. 12. Los bienes de dominio público. Régimen jurídico. Elementos: sujetos, objetos, destinos. Protección.
II. Gestión de Personal
13. Régimen Jurídico de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Funcionarios de carrera y de empleo. La selección del personal funcionario. Los órganos de selección. El procedimiento selectivo. La provisión de puestos de trabajo. 14. Los derechos y deberes de los funcionarios públicos. Las situaciones administrativas. Las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El régimen disciplinario de los funcionarios. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 15. Órganos de representación de los funcionarios públicos. Delegados de personal y Juntas de personal. Órganos electorales. Procedimiento electoral. Derechos y garantías de los representantes. 16. Personal laboral al servicio de las Administraciones públicas. Régimen Jurídico. Modalidad de contratación. Especial consideración del Convenio Colectivo vigente para el personal laboral de la Universidad.
III. Gestión Económico-Financiera
17. El Derecho Presupuestario: concepto y contenido. El Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. 18. El Presupuesto: concepto y naturaleza. Evolución histórica de las técnicas presupuestarias: del presupuesto clásico al presupuesto por programas. El presupuesto en base cero. 19. El Presupuesto de la Universidad Politécnica de Madrid: concepto, contenido y regulación jurídica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. Estructura presupuestaria. El ciclo presupuestario. Elaboración, examen, enmienda y aprobación del presupuesto. Las excepciones al principio de especialidad de los créditos: las modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias. Los gastos plurianuales. 20. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público en la U.P.M. Gasto y pago. Procedimiento ordinario: fases del gasto. Procedimientos especiales: Pagos a Justificar, Anticipos de Caja Fija, Convalidación. 21. El Control de la actividad económico-financiera del sector público. Control externo y control interno. Control de legalidad. Control de eficiencia: control financiero, de eficacia y de auditoría. La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. Especial referencia al control en la U.P.M.
IV. Gestión Universitaria
22. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Principios y líneas básicas del sistema educativo universitario. 23. Los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid. Estructura y contenido. El desarrollo estatutario. 24. Órganos de gobierno unipersonales de las universidades. El Rector, los Vicerrectores. El Secretario General. El Gerente. Otros órganos unipersonales. 25. Órganos colegiados de gobierno. Consejo Social. Consejo de Gobierno. Claustro Universitario. Junta Consultiva. Juntas de Facultad, de Escuela Técnica o Politécnica Superior y de Escuela Universitaria o Escuela Universitaria Politécnica, Comisión de Gobierno de Escuela o Facultad y Consejo de Departamento. 26. Organización Académica: Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores y Escuelas Universitarias o Escuelas Universitarias Politécnicas. Departamentos. Institutos Universitarios de Investigación. Centros de enseñanza universitaria adscritos a Universidades Públicas. 27. Profesorado universitario: clases y régimen jurídico. Selección. Derechos y deberes. Retribuciones. Dedicación. 28. Clases y régimen jurídico del personal de administración y servicios. Especialidades. 29. Régimen de alumnado. Acceso. Permanencia y colación de grados. Régimen de convalidaciones de estudios y de asignaturas. Becas y ayudas al estudio 30. Régimen económico-financiero de las universidades públicas. Financiación. El presupuesto de la Universidad Politécnica de Madrid: elaboración, contenido y estructura.
B) Parte específica
1. Formación y evolución histórica del urbanismo en España. El sistema normativo hasta la legislación urbanística vigente.
2. La legislación urbanística vigente estatal: la Ley de Régimen del Suelo y Valoraciones. Texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. Los reglamentos de desarrollo. 3. Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Objeto y principios generales. Régimen urbanístico del suelo. Disciplina urbanística en la Comunidad de Madrid. 4. El planeamiento municipal. Los Planes Generales municipales de Ordenación. Función, contenido, formación y formulación. 5. Los Planes Especiales. Función, tipología, contenido y procedimiento de aprobación. El Plan Especial de la Ciudad Universitaria. 6. El Estudio de Detalle. Los Proyectos de Urbanización. Objeto, contenido sustantivo y documental. Formulación y aprobación. Normalización de elementos constructivos para las obras de urbanización. 7. Evolución histórica de la Ciudad Universitaria. 8. Los Consorcios y Sociedades Urbanísticas. Concepto y régimen jurídico. Objeto de los consorcios. Órganos y competencias. 9. El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Clasificación de los usos. Uso dotacional de servicios colectivos. Definición y clasificación según su implantación territorial. Condiciones particulares del uso de equipamiento. El equipamiento educativo. 10. La protección de la edificación en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. El Catálogo General de Edificios Protegidos. Normas de Protección del Catálogo General de Edificios Protegidos. Condiciones especiales del régimen de obras. 11. La licencia de obras y de actividades. Ordenanza municipal de tramitación de licencias urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid. Primera ocupación y acta de funcionamiento. 12. La infracción urbanística. Actos de edificación o uso del suelo no legitimados por licencia u orden de ejecución. 13. Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999, de 5 de noviembre. Ámbito de aplicación. Exigencias técnicas y administrativas de la edificación. Agentes de la edificación. Responsabilidad y garantías. 14. La Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad de la Edificación en la Comunidad de Madrid. Contenido y ámbito de aplicación. Incidencia en la ejecución de obra. El libro del edificio. Contenido, gestión, seguimiento, tramitación. Uso y conservación del edificio. 15. La ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones del Ayuntamiento de Madrid. La Inspección Técnica de Edificios. 16. Normativa de medio ambiente con incidencia en materia urbanística de aplicación en la Comunidad de Madrid. 17. Norma básica en la edificación y condiciones de protección contra incendios NBE-CPI-96. Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid. Principios generales, estructura y contenido. 18. Ley 8/1993, de 22 de junio, y Decreto 138/1998, de 23 de julio, de Promoción de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas: objeto y ámbito. Disposiciones generales en edificios. Medidas de fomento. Medidas de control. 19. La seguridad y salud en el trabajo aplicada a obras de construcción, con especial referencia a las promovidas por la Administración Pública en su fase de proyecto. Marco normativo. Referencia a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 20. La seguridad y salud en el trabajo aplicada a obras de construcción, con especial referencia a las promovidas por la Administración Pública en su fase de ejecución. Servicios de Prevención. 21. Disposiciones mínimas de seguridad y salud que deberán aplicarse en las obras: disposiciones generales relativas a los lugares de trabajo en las obras y disposiciones específicas para obras en el interior y en el exterior de los locales. 22. Planes de Emergencia y de Autoprotección. Legislación aplicable. Aspectos a tener en cuenta en su elaboración. Documentos que lo componen y metodología de elaboración. 23. Normalización en el campo de la edificación: conceptos generales. Clases de normas. Normas Básicas de la Edificación NBE. Normas Tecnológicas de la Edificación NTE. Las instrucciones. Los pliegos de recepción. Los eurocódigos. 24. Control de calidad en la Edificación. Calidad de los productos: sellos, marcas, certificaciones. Entidades y laboratorios de control de calidad. Control de calidad durante la ejecución de la obra. 25. Replanteos en general. Definición. Replanteo de un edificio. Útiles empleados. Ejecución de los trabajos. 26. Demoliciones de edificios. Operaciones previas. Clasificación, ejecución de los trabajos, control y medición. 27. Movimientos de tierras y entibaciones: clasificación, ejecución de los trabajos, control y medición. 28. Estudio y tratamiento de terrenos: clasificación, ejecución de los trabajos, control y medición. 29. Obras de urbanización. Subbases. Pavimentos continuos, modulares y adoquinados. Encintados, bordillos y barbacanas. Ejecución de los trabajos, control y medición. 30. Cimentaciones superficiales y profundas. Clasificación, ejecución de los trabajos, control y medición. 31. Red horizontal de saneamiento y alcantarillado. Trazado, sistemas y materiales. Ejecución de los trabajos, control y medición. 32. El hormigón: generalidades. Clases de hormigón. Componentes. Fabricación y puesta en obra. Control y medición. 33. Encofrados: generalidades, materiales, tipos de encofrados. Ejecución de los trabajos, control y medición. Andamios tubulares. Normativa de aplicación. 34. Estructuras metálicas y de hormigón: materiales, ejecución de los trabajos. Aplicaciones a restauración y rehabilitación de edificios. Normativa de aplicación. 35. Forjados: tipos de forjado (antiguos y en la actualidad). Elementos que lo componen, materiales. Ejecución de los trabajos. Control y medición. 36. Muros cortina: especificaciones constructivas. Concepto de funcionamiento. Construcción. Organización, programación, control de ejecución y medición. 37. Cubiertas: función, tipos, estructura, partes de que consta, tipos de cubrición. Ejecución de los trabajos, control y medición. 38. Fachadas cerámicas y divisiones interiores. Sistemas constructivos de fachadas. Sistemas constructivos de distribución interior. Ejecución de los trabajos, control y medición. 39. Aislamientos térmicos y acústicos e impermeabilizaciones. Normativa de aplicación. Tipologías y materiales a utilizar. Ejecución de los trabajos, control y medición. 40. Carpintería: generalidades, clases, materiales. Ejecución de los trabajos, control y medición. 41. Revestimientos de suelos, paredes y techos. Soleras. Materiales, ejecución de los trabajos, control y medición. 42. Instalaciones eléctricas de baja tensión. Generalidades. Instalaciones y alumbrado interior. Instalaciones en locales de riesgo especial. Normativa de aplicación. 43. Instalaciones de fontanería. Producción de agua caliente sanitaria. Generalidades, normativa de aplicación. Ejecución de los trabajos. Control y medición. 44. Instalaciones de calefacción y climatización. Sistemas. Fuente de calor y producción de frío. Generalidades. Normativa de aplicación. Ejecución de los trabajos, control y medición. 45. Instalaciones de protección contra incendios. Normativa aplicable. Sistemas de detección. Instalaciones de alarma. Instalaciones de extinción. Ejecución de los trabajos, control y medición. 46. Instalaciones de seguridad y de cableado estructurado en edificios. Sistemas, materiales, ejecución de los trabajos, control y medición. 47. Sistemas de apeo en la edificación y la obra civil. Su función. Ejecución según los elementos estructurales a apear. Elementos necesarios en cada caso. Control y medición. 48. Andamios tubulares. Normativa de aplicación. 49. Bases de datos de la construcción para la realización de presupuestos de obras. Base de datos del Colegio de Guadalajara. Base de datos de la Comunidad de Madrid. Contenido. 50. Incorporación de las bases de datos de la construcción en los presupuestos de obra. Los precios descompuestos. Formación de precios. Tipos de aplicaciones.
ANEXO III Tribunal
El Tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas será el que, en su día, se designe por Resolución de la Universidad Politécnica de Madrid.
ANEXO IV
Don/doña .............................................................................con domicilio en ..........................................................................y con documento nacional de identidad número: ............................
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Grupo B de la Universidad Politécnica de Madrid, para el desempeño de funciones propias de la plaza de Arquitecto Técnico, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
En ..............., a ..... de ............... de .........
Aspirantes que no posean la nacionalidad española
Don/doña ............................................................................. con domicilio en ...........................................................................y con documento de identidad o pasaporte número: .......................
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Grupo B de la Universidad Politécnica de Madrid, para el desempeño de funciones propias de la plaza de Arquitecto Técnico, que no ha sido sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
En ..............., a ..... de ............... de .........
ANEXO V
Don/doña ............................................................................ con domicilio en .......................................................................... y con documento nacional de identidad número: ............................
Declara bajo juramento o promesa, a efectos de quedar exento del pago de los derechos de examen, que no percibe rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
En ..............., a ..... de ............... de .........
ANEXO VI
Don ...................................................................................... Cargo ...................................................................................
CERTIFICA: que de los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes extremos: Datos del opositor: Apellidos y nombre ................................................................
Documento Nacional de Identidad .......................................... Cuerpo o Escala a la que pertenece ........................................ Número de Registro de Personal ............................................. Destino actual .......................................................................
Concurso-Oposición Libre:
1. Servicios efectivos prestados en la Universidad Politécnica de Madrid: 1.1 Como funcionario de carrera, hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes: Años ............... meses ............... días ...............
1.2 Como funcionario interino en la Escala de Gestión de la Universidad Politécnica de Madrid, hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Años ............... meses ............... días ...............
Total servicios efectivos prestados:
Años ............... meses ............... días ...............
Y para que conste, expido la presente certificación en Madrid, a ..... de ................. de 2005.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid