Visto el expediente de indulto de don Enric Mensa Soro, con los informes de Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincia de Barcelona, sección sexta, en sentencia de 12 de mayo de 2004, como autor de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de siete meses de prisión, y de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, a la pena de un año, nueve meses y un día de prisión y multa de nueve meses, con una cuota diaria de seis euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de marzo de 2006,
Vengo en conmutar a don Enric Mensa Soro la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 24 de marzo de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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