Visto el expediente de indulto de don Alexis Segura Medina, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Las Palmas, en sentencia de 15 de marzo de 2002, como autor de un delito de robo con intimidación, a la pena de tres años y seis meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2000, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de marzo de 2006,
Vengo en conmutar a don Alexis Segura Medina la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 31 de marzo de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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