El apartado 2 de artículo 7 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, dispone que el Real Patronato del Museo estará integrado por un mínimo de veinte vocales y un máximo de treinta, nueve de los cuales, al menos, tendrán el carácter de natos conforme al Estatuto. El apartado 2 del artículo 5 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, desarrolla las previsiones de la Ley y regula más detalladamente la composición del Real Patronato y el nombramiento de sus vocales. De acuerdo con este artículo se encuentran entre los vocales designados, por la Ministra de Cultura, dos vocales designados por el Consejo del Patrimonio Histórico, a propuesta de su Presidente, entre personas de reconocida competencia en asuntos relacionados con la gestión del Patrimonio. El Consejo en pleno y por unanimidad, decidió sustituir a doña Catalina Sureda Fons por don Justo Barreda Cueto. A propuesta del Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, Presidente del Consejo del Patrimonio Histórico, dispongo:
Primero.-El cese de doña Catalina Sureda Fons, como vocal del Real Patronato del Museo Nacional del Prado.
Segundo.-Teniendo en cuenta lo anterior, y producida la vacante correspondiente a doña Catalina Sureda Fons, he resuelto nombrar vocal del Real Patronato del Museo Nacional del Prado a propuesta del Consejo del Patrimonio Histórico a don Justo Barreda Cueto, Director de Cultura del Gobierno de Cantabria.
Madrid, 22 de marzo de 2006.
CALVO POYATO
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