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Documento BOE-A-2006-8247

Resolución de 6 de abril de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «CN-420. Alcázar de San Juan -N-IV. Variante de Campo de Criptana y Alcázar de San Juan y semivariante de Herencia. (Ciudad Real)», promovido por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2006, páginas 17996 a 18001 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-8247

TEXTO ORIGINAL

1. Objeto y justificación. Promotor.-El objeto de la actuación es la articulación de las infraestructuras en el territorio de la Comunidad de Castilla-La Mancha. En esta línea, el 11 de julio de 2002 se firma el acuerdo entre el Ministerio de Fomento y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre Vías de Gran Capacidad con el fin de coordinar las inversiones de ambas administraciones. El acuerdo mencionado contempla en su apartado quinto que la Autovía de los Viñedos conectará Alcázar de San Juan con la actual autovía N-IV, y será realizada por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Y por otra parte, que el Ministerio de Fomento realizará las Variantes de Campo de Criptana y Alcázar de San Juan, así como la semivariante de Herencia, todas ellas en la carretera nacional CN-420, quedando enlazadas con la Autovía de los Viñedos al sur de Alcázar de San Juan, al norte de Herencia, y garantizándose así la conexión de dichas localidades con la Red de Autovías.

Promotor: Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento. 2. Tramitación.-La tramitación se inició el 23 de abril de 2003, al recibirse la Memoria-Resumen. Con fecha 10 de julio de 2003, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental inicia el periodo de consultas previas. El resultado de las contestaciones a las consultas se remite al promotor el 17 de diciembre de 2003. La Dirección General de Carreteras sometió el Estudio de Impacto Ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, de 14 de junio de 2005, así como en dos diarios de la provincia. Con fecha de entrada 18 de noviembre de 2005, la Dirección General de Carreteras remite a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo, que comprende el Estudio Informativo, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública. 3. Descripción del proyecto.-Los trazados objeto de estudio son la variante de la CN-420 sobre Campo de Criptana y Alcázar de San Juan, que partiendo de un punto de la CN-420 al Este del Campo de Criptana, va a desembocar a la Autovía de Los Viñedos al Sur de Alcázar de San Juan; y la semivariante de Herencia, la cual partiendo de un punto de la CN-420, situado al Oeste de Herencia, termina conectándose con la Autovía de Los Viñedos en un punto situado al Norte de Herencia. Afectarán por tanto a los municipios de Herencia, Alcázar de San Juan y Campo de Criptana. Así, en la primera etapa del estudio o Fase A, se identificaron los corredores anteriormente citados y una serie de alternativas. En concreto, realizado el análisis de las distintas soluciones en la Memoria-Resumen, se plantearon dos corredores y diferentes alternativas: 4 para la Zona 1 y 6 para la Zona 2. Posteriormente, en el Estudio de Impacto Ambiental, se realiza un análisis multicriterio, Fase B, con una valoración cuantitativa de impactos ambientales. Tras analizar los distintos parámetros ambientales se relacionan las siguientes alternativas:

Zona 1

Alternativa 1A

11.916 m

Alternativa 1B

11.477 m

Zona 2

Alternativa 2A

7.941 m

Alternativa 2B

5.142 m

Estos nuevos tramos tendrán carácter de carretera convencional, con calzada única, de sección 7 m. de ancho y arcenes de 2,5 m.

En la Zona de Actuación 1 existen cruces con las siguientes infraestructuras:

Carretera autonómica CM-3105

Carreteras locales CR-P-1223 y CR-P-1222 Ferrocarril Alcázar de San Juan-Valencia

En la Zona de Actuación 2, únicamente se cruza la carretera local CR-P-1004. Esta intersección induce en las dos alternativas a una reposición en paso superior sobre la semivariante.

De las dos zonas de actuación, el estudio concluye que todas las alternativas propuestas han obtenido una puntuación compatible y compatible-moderado. Según estos resultados, la alternativa con menor impacto en la Zona de Actuación 1 es la alternativa 1A. En la Zona de Actuación 2, la alternativa menos lesiva es la alternativa 2B. Tras el análisis del estudio informativo, una vez analizada la información pública, y tras realizar el presente proceso de evaluación, se seleccionan definitivamente las alternativas: 1A para la variante Campo de Criptana y Alcázar de San Juan (Zona 1), y la denominada 2B para la semivariante de Herencia (Zona 2), que coinciden con las alternativas propuestas por el promotor. En la variante de Campo de Criptana, la alternativa seleccionada es la 1A, que parte del enlace n.º 8 proyectado sobre la Autovía de Los Viñedos. El citado enlace resuelve la confluencia de la citada autovía con la carretera CM-400, que conecta Alcázar de San Juan con Tomelloso. Finaliza dicha alternativa en el punto p.k. 299+700 de la CN-420, no afectando a las instalaciones de «Reciclajes La Mancha». En la semivariante de Herencia, la alternativa seleccionada es la 2B, que parte de un punto p.k. 270+500 de la actual CN-420, y termina en el enlace n.º 5 de la Autovía de Los Viñedos, evitando la travesía urbana de Herencia. 4. Descripción del medio.-Las zonas de actuación del proyecto se ubican en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el centro geográfico de la región, dentro de la provincia de Ciudad Real, en los municipios de Criptana (zona de actuación 1) y Herencia (zona de actuación 2). En líneas generales las zonas de actuación presentan características geotécnicas favorables. La mayor parte del área de estudio presenta un relieve plano y uniforme, cuyas cotas se sitúan entre los 630 y 650 mm. Sin embargo, la totalidad de la zona se encuentra salpicada por la aparición de cuencas lacustres de origen endorreico. Los tipos de suelo predominantes en la zona de estudio están mayoritariamente sobre materiales calizos, y son suelos pardos y pardos rojizos calizos. En la extensa llanura manchega, la red fluvial de esta zona está constituida por los ríos Záncara y Cigüela y sus afluentes, con alta concentración de sulfatos. El área de estudio se encuentra clasificado dentro de la amplia Región Biogeográfica Mediterránea, correspondiendo a la vegetación potencial la serie mesomediterránea manchega y aragonesa, basófila de Quercus rotundifoliae (en Criptana se encuentran manchas de pinar y tomillar). Solamente es destacable la vegetación existente en Herencia, en los cerros llamados los Galayos, en donde predominan el matorral medio-bajo de encinar y especies de sustitución como el tomillo, genista y el cantueso. La mayor parte del territorio se encuentra ocupado por cultivos de vid y cultivos de cereal, la gran mayoría de secano. Dentro de la fauna presente en la zona de estudio destacan 150 especies de vertebrados, de ellos 101 son aves, las especies que pueden verse afectadas en mayor medida por la infraestructura y que además tienen una importancia relevante en la zona: son la avutarda, el sisón, el aguilucho cenizo, el cernícalo común, el cernícalo primilla y la ganga ibérica. Todas ellas junto al avefría y la perdiz roja se ven gravemente afectadas por la transformación de su hábitat. Son especies que se encuentran catalogadas como vulnerables y de especial interés en el Libro Rojo de Vertebrados de España. El término municipal de Herencia está situado dentro de la zona que ha sido catalogado como zona de importancia para el lince ibérico por el plan de recuperación de dicha especie en Castilla-La Mancha, aunque no se han constatado poblaciones reproductoras en esta zona concreta. En las zonas de actuación 1 y 2 propuestas para las Variantes de Herencia y Campo de Criptana, no atraviesan ningún Espacio Natural Protegido, ni existe figura de protección, ya sea de carácter Internacional, Nacional o Autonómico. Existen a más de 10 km. de distancia algunas especies protegidas, como son: ZEPA ES0000091, humedales de la mancha, que son Zonas de Especial Protección para las Aves. El LIC con código ES4250010 que abarca el Complejo Lagunar de Alcázar de San Juan. Zonas protegidas, declaradas por la Junta de Castilla-La Mancha como el Complejo Lagunar de Alcázar de San Juan-Quero y Laguna de Salicor (Reserva Natural), área de Los Cerros, considerada zona sensible, y el término municipal de Herencia, zona de importancia para recuperación del lince. Otros espacios singulares protegidos, como son las márgenes del río Cigüela, Los Molinos, y el enclave del antiguo depósito (La Copa). En Criptana la zona denominada «Las Charcas» como zona de protección paisajística y cultural. Todos estos espacios, según el estudio ambiental, son respetados por las alternativas planteadas. Respecto al patrimonio cultural, en el núcleo de Campo de Criptana reúne un patrimonio edificado que presenta notables valores paisajísticos, históricos y arquitectónicos. Respecto al patrimonio arqueológico criptanense es interesante destacar que hay inventariados once yacimientos, del periodo de Bronce de la época ibérico romana, aunque no están en la zona de estudio. En algunas actuaciones con movimiento de tierras han aparecido nuevos alumbramientos arqueológicos. Igualmente en Herencia existen 7 yacimientos también fuera del área de estudio. En cuanto a Vías Pecuarias, en ninguna de las dos zonas de actuación existen vías pecuarias de relevancia. En Herencia: Cañada Real Soriana, que no es afectada. En Criptana: La Vereda de Quintana, que será atravesada por los trazados propuestos para este municipio. 5. Resultado de las consultas previas.-Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas realizadas son:

Posible afección a la «Reserva Natural de Complejo Lagunar de Alcázar de San Juan», en donde existen especies naturales protegidas y áreas sensibles. Así mismo posible afección al área propuesta como LIC y ZEPA «Humedales de la Mancha». Por otro lado, también se indica que los términos municipales de Herencia, Camuñas y Puerto Lápice se hallan incluidos en la «Zona de importancia para la recuperación del lince», según señala la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla-La Mancha.

Posible afección a la zona inventariada como Área de Importancia para las Aves (IBA) 195 «Complejo Lagunar de Alcázar de San Juan-Quero», según comunica la Sociedad Española de Ornitología (SEO). En la zona objeto del presente estudio ambiental, se encuentra la Laguna de la Vinilla, formando parte del «Complejo Lagunar de Alcázar de San Juan-Quero», según indica el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan. Posibles afecciones a la red proyectada de abastecimiento desde el acueducto Tajo-Segura a la llanura manchega, según indica la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

6. Información pública.-El estudio de impacto ambiental del proyecto «CN-420. Alcázar de San Juan. N-IV variante de Campo de Criptana y Alcázar de San Juan, y semivariante de Herencia (Ciudad Real)», fue sometido al trámite de Información Pública (BOE de 14 de junio de 2005). Se recibieron un total de 4 alegaciones: 1 del Ayuntamiento de Herencia y 1 del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, 1 correspondiente a la Diputación de Ciudad Real y 1 de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Posteriormente, y fuera de plazo, una vez recibido el Estudio Informativo, con fecha de 28 de diciembre de 2005 (fecha de entrada de 13 de enero de 2006), se recibe la correspondiente alegación de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El contenido ambiental de las alegaciones es el siguiente:

Ninguna alegación recibida se ha opuesto a lo establecido en el Estudio Informativo.

Las alegaciones recibidas han sido propuestas de construcción de elementos adicionales tales como un ramal de acceso a la zona Norte de Alcázar de San Juan por parte del Ayuntamiento, y la construcción de un nuevo enlace en el nudo generado por la CR-1222 y la variante de Campo de Criptana y Alcázar de San Juan. El resto de las alegaciones son de carácter técnico sobre los enlaces previstos y mención de necesidad de coordinación con la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

La alegación presentada por la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, manifiesta lo siguiente:

En la Zona de Actuación 1, en el extremo septentrional del trazado, a 100 m del nudo final, existe una zona de albardial salino y formaciones de Limonium que constituye un hábitat de protección especial incluido en el Anejo I de la Ley 9/1999, así como hábitat prioritario de la Directiva 92/43/CEE. Por esta razón se evitará la afección a estas formaciones, procediendo al jalonamiento del área de obras para limitar el tránsito de maquinaria, así como su riego para disminuir la emisión de polvo.

En la alternativa 1-A seleccionada para la variante del Campo de Criptana, se considera la mejor opción, ya que su trazado se encuentra a mayor distancia de la zona «Las Charcas», donde se tiene constancia de la presencia de malvasia cabeciblanca (Oxyura leucocephala), especie catalogada en peligro de extinción por el Decreto 33/1998, de 5 de mayo del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha. El trazado propuesto cruza la Vereda de Quintanar a 20,89 m de anchura legal. Su afectación debe cumplir con la Ley 1/2003 de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha. En la zona de préstamo PC-1 se localizan igualmente comunidades halófilas. De la misma manera se evitará cualquier alteración a estos hábitats de protección especial. 7. Integración del proceso de evaluación.-La metodología del estudio se ajusta a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento para su ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre. El estudio de impacto ambiental identifica las acciones capaces de generar impactos sobre los distintos elementos del medio en el ámbito de la actuación proyectada. Se ha elaborado en el estudio solamente para la Zona de Actuación 1 (Campo de Criptana) y la Zona de Actuación 2 (Herencia), debido a la homogeneidad del terreno y la proximidad de las alternativas dentro de cada zona de actuación, haciendo que los resultados sean similares. Teniendo en cuenta lo anterior, las variables ambientales susceptibles de recibir impacto son:

Afección sobre la calidad del aire y el ruido.-En la fase de construcción, los movimientos de tierras, excavaciones, el transporte de materiales y tráfico de maquinaria, producirá un incremento de inmisión de gases contaminantes, partículas y polvo, así como un aumento de la contaminación acústica en la fase de explotación.

Se trata de un impacto compatible y se procederá al riego de las superficies afectadas por el tránsito de maquinaria, siendo los riegos más frecuentes en época de verano. Asimismo, la circulación de vehículos favorecerá la acumulación de gases. Se considera dicho impacto moderado. Se procederá igualmente a estabilizar los depósitos y acopios de materiales que deban conservarse durante prolongados periodos de tiempo para ser utilizados potencialmente en rellenos a fin de aminorar la dispersión de partículas sólidas. Esta estabilización se logrará mediante riegos, siembras de herbáceos... En cuanto al análisis realizado para cuantificar los niveles de inmisión sonora, el estudio se ha centrado en la variante del Campo de Criptana, ya que en la del Corredor de Herencia no existen viviendas a menos de 200 m. En relación con los resultados se colocarán barreras acústicas en aquellos puntos que puedan superar los niveles de ruido admitidos. Impacto sobre la geomorfología.-En la zona de actuación no existen puntos de interés geológico afectados por los trazados propuestos. La mayoría de los impactos identificados se sitúan en la fase de obras, por el movimiento de tierras. En ambas zonas de actuación, las alternativas se sitúan en una franja de terreno relativamente estrecha y homogénea. La configuración del terreno es llana y los volúmenes gestionados no serán excesivos en ninguno de los casos. Es menor la afección para la alternativa 1A (Zona 1) y 2B (Zona 2). En todo caso, se procederá a la estabilización y restauración de los posibles taludes generados. Impacto sobre los suelos.-Los suelos de ambas zonas de actuación son horizontales, carentes de materia orgánica y susceptibles de una alteración mineral muy intensa. Por lo tanto, su ocupación no ocasionará un impacto grave. Además se aplicarán medidas correctoras de copia y conservación de la capa vegetal para una ulterior utilización en las revegetaciones de los suelos demudados. Para la instalación de la vegetación se llevará a cabo una serie de medidas y técnicas consistentes en lo siguiente:

Aporte de tierra vegetal, previamente retirada y almacenada.

Siembra arbustiva en las zonas muertas de los enlaces. Hidrosiembras en taludes de desmontes y terraplenes.

En la selección de las especies se seguirán los criterios siguientes:

Selección de especies autóctonas. Aquellas especies de mayor motricidad y capacidad de adaptación.

Elección de plantas de pequeño tamaño en las zonas cuyas condiciones de disponibilidad del suelo no son adecuadas y el mantenimiento es difícil.

En cuanto a los planes de restauración, se deberán realizar en las dos zonas de actuación, tanto en las superficies de instalaciones, parque de maquinaria, taludes, así como zonas de préstamo y vertederos. Para ello se recomienda el diseño de taludes tendidos con pendiente 3H:1V que favorezcan la implantación de cubierta vegetal y disminuir las probabilidades de que ocurran procesos erosivos.

En el caso que se produjera algún vertido accidental de aceites o combustibles fuera de las áreas adecuadas para ello, se tomarán medidas pertinentes para la restitución del área afectada. Restitución de pasos de fauna. Conocido el efecto barrera que supondrá la construcción de las nuevas infraestructuras y el problema de atropellos asociados a ellas, es obligada la actuación destinada a reducir el número de muertes de los animales, permitiendo pasos seguros a través de las vías. Los tubos de drenaje transversales que atraviesan las variantes cumplirán una función secundaria: facilitar el paso de fauna. Impactos sobre la hidrología.-Ninguna de las acciones de la actuación previstas en la Zona de Actuación 1 ni en la Zona de Actuación 2, afecta a cauces de agua dada la inexistencia de cauces de agua permanentes en el territorio objeto de estudio. Los movimientos de tierras y excavaciones pueden afectar a la estructura de los pequeños cauces de recogida de agua, fundamentalmente a los cauces más pequeños si bien esta afección se produciría temporalmente. Las obras de drenaje previstas impedirán este tipo de alteración, una vez acabadas las obras. Los movimientos de tierras debidos a la construcción, la apertura de caminos de obra, extracción de materiales en zonas de préstamos pueden ocasionar perjuicios en la calidad de aguas, aunque siempre con carácter temporal, reversibles y recuperables mediante las adecuadas medidas preventivas y correctoras. Cualquier tipo de residuo o vertido, constituirá un potencial elemento contaminador de agua, especialmente en la zona potencialmente inundable de Campo de Criptana. Así el impacto hídrico se considera moderado en la zona de Actuación 1 y compatible en la Zona de Actuación 2. En cualquier caso, se han diseñado un conjunto de medidas, en concreto:

Obras de drenaje longitudinal y profundo.

Obras de drenaje transversal. Cunetas pie de desmonte. Cuneta de guarda, cuneta pie de terraplén, bordillos de coronación y bajomonte, drenajes profundos.

Impactos sobre la vegetación.-Como se describió en el inventario ambiental, la vegetación natural del entorno es escasa y además todas las alternativas se trazan a través de zonas de campos de cultivos. Por lo tanto, los impactos más destacados solamente se producirán en la fase de construcción sobre las escasas formaciones lineales existentes entre el parcelario de cultivo y sobre la vegetación de los bordes del viario rural. Para evitar la pérdida de algún ejemplar arbóreo de consideración, se realizará el itinerario de la alternativa elegida, para proceder a la retirada del ejemplar y transplantarlo en el lugar elegido. Así, se ha considerado este impacto como puntual en cualquiera de las Zonas de Actuación 1 y 2.

Impactos sobre la fauna.-La mayoría de las especies catalogadas como amenazadas dentro del área de estudio, se encuentran ligadas a ambientes acuáticos, por lo que no se verán afectadas por las variantes estudiadas. El resto de las poblaciones faunísticas de la zona son de escasa entidad y debido a que todas las variantes en estudio atraviesan zonas de cultivos de secano, las especies de vertebrados que pueden verse más afectadas son en especial las aves esteparias como la ganga, la perdiz, el sisón y la avutarda. Por otro lado, la carretera supondrá una muralla para el paso del resto de animales, pudiendo ser atropellados. En resumen, las afecciones más importantes sobre la fauna son las siguientes:

Destrucción directa de la fauna por movimientos de tierras: invertebrados, aves esteparias, reptiles y pequeños mamíferos terrestres. Destrucción y alteración del hábitat debido a la ocupación del terreno por la vía, que afectaría a las aves esteparias. Efecto barrera causado por la presencia de la vía, que afectaría a los reptiles, anfibios y pequeños mamíferos.

Los impactos se consideran compatibles en la Actuación 1 y 2, y solo de forma moderada en la Alternativa 1B por la existencia de zonas con lagunas artificiales. En todo caso, se controlarán las operaciones de desbroce, debiendo realizarse entre los meses de Julio a Marzo. Asimismo, se llevará a cabo un control de los vertidos de materiales, lubricantes y combustibles para evitar la contaminación de hábitats terrestre.

Impacto sobre el hábitat y población de Lince ibérico.-Ninguna de las alternativas propuestas en la Zona de Actuación 2 de Herencia, inciden de manera alguna sobre los montes denominados «Los Galayos», zona mejor conservada de bosque mediterráneo y posible hábitat del lince, ya que ambas parten de la actual CN-420 hacia el NE en dirección a Villafranca de los Caballeros y transcurren por terrenos cultivados, no afectos para la población del lince. Aún así se recomienda la alternativa que se acerque más al municipio de Herencia para evitar en lo posible la fragmentación del hábitat y el posible efecto barrera.

Impacto paisajístico.-Los impactos sobre el paisaje se originan fundamentalmente en la fase de construcción. Estos se ven potenciados por la presencia de maquinaria, movimientos de tierras, escombros, acopios de materiales y ocupación temporal de terrenos. Durante la fase de explotación de la obra, y debido a la horizontalidad de los terrenos afectados, cualquiera de las alternativas serían visibles desde los puntos elevados del área, lo que provocaría un impacto visual bastante acusado. Sin embargo, dado que el paisaje no posee una excesiva naturalidad siendo un mosaico agrario. El impacto se puede considerar en general bajo, tanto en la fase de construcción como en la fase de explotación, y por tanto, compatible. Impacto sobre el medio socioeconómico.-Las variantes de Campo de Criptana y Herencia, independientemente de las alternativas que se desarrollen, tendrán un impacto positivo sobre las actividades económicas de ambos municipios, a excepción de la pérdida de suelo, que venía siendo dedicada a cultivos en la actividad. De forma general, las variantes mejorarán las comunicaciones con la red regional y nacional de carreteras, lo que facilitará y abaratará el transporte y las comunicaciones de las empresas de la zona. Impacto sobre el patrimonio arqueológico y cultural: vías pecuarias.-Sólo habría que tener en cuenta la afección en la Zona de Actuación 1 en el Campo de Criptana, en donde se afecta de manera puntual a la vía pecuaria llamada Vereda de Quintanar, ya que los trazados de las alternativas cruzan irremediablemente por esta. Este impacto es puntual y recuperable, por lo que se la puede calificar como moderado. Tras el análisis multicriterio, de las dos zonas de actuación propuestas, la alternativa con menor impacto es la Zona de Actuación 2 y dentro de ésta, la Alternativa 2B. No se ha realizado prospección arqueológica por lo que se incorporará un programa de actuación compatible con el plan de obra, en coordinación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. La prospección debería cubrir 400 m de ancho con centro en el eje del trazado. En la fase de construcción se contará con la presencia de un arqueólogo. Impacto por la ubicación y explotación de préstamos y vertederos.-La construcción de las variantes en estudio implicará la gestión de grandes volúmenes de materiales. La ubicación de dichos materiales excedentes de la excavación, así como la selección de las zonas de préstamo, producirá una alteración de la geomorfología del área donde se produzca el vertido. Se han propuesto diferentes zonas por el promotor, sin embargo, a la vista de la Información de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, se excluye la zona PC-1 de préstamos para la Zona 1 de Campo de Criptana, ya que apunta que existen comunidades halófilas. Por lo tanto, sería deseable que se utilizara, a la vista de la información, la denominada PC-2 y PC-3. En todo caso, si fuese necesario utilizar otra zona de préstamos, se informaría previamente a la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. En cuanto a la Zona 2, semivariante de Herencia, asimismo la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, deshecha la zona de préstamos denominada PH-2, ya que está en un entorno de encinas y coscojas. Para la elección de vertederos se propone por la Junta, así como por el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, la antigua zona de préstamos en desuso, situada en el término municipal de Alcázar de San Juan, a menos de 1,5 km. de la conexión sur entre la variante de Campo de Criptana y la Autovía de los Viñedos a su paso por Alcázar de San Juan. En todos los casos se cumplirá la legislación municipal y autonómica. Con respecto a la ubicación de los vertidos, las zonas de préstamos y siguiendo una serie de criterios de protección ambiental. 8. Condiciones específicas.-Para minimizar la afección sobre las aves esteparias, se planteará un calendario concreto de actuación, en base a las épocas de reproducción, evitando actividades que alteren su hábitat normal. 9. Programa de vigilancia.-El proyecto de construcción incorporará un programa de vigilancia ambiental para el seguimiento y control de los impactos y de la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental. Así como para la propuesta de nuevas medidas correctoras se observa que los impactos son superiores a los previstos o insuficientes las medidas correctoras inicialmente propuestas. El programa de vigilancia contemplará las fases de construcción y de explotación. El programa de vigilancia ambiental desarrollará la totalidad de los controles propuestos por el estudio de impacto ambiental, los más destacados de los mismos son:

Verificar los estándares de calidad de los materiales (tierra, plantas, agua...) y medios empleados en el proyecto de integración ambiental.

Comprobar la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas y ejecutadas. Cuando tal eficacia se considere insatisfactoria, determinar las causas y establecer los remedios adecuados. Detectar impactos no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental y proponer las medidas adecuadas para reducirlos, eliminarlos o compensarlos. Informar al promotor sobre los aspectos objeto de vigilancia y ofrecerle un método sistemático, lo más sencillo y económico posible, para realizar la vigilancia de una forma eficaz. Además de los anteriores controles generales, se comprobará el estado de las plantaciones, siembras e hidrosiembras realizadas. Se comprobará, así mismo, la restauración de los vertederos generados por las obras. Y por otro lado, se verificará la idoneidad y buen estado de los pasos de agua y cauces de drenaje transversal y longitudinal del trazado. Con objeto de verificar el modelo acústico y el de vibraciones aplicados por el proyecto de construcción, el programa de vigilancia ambiental, durante la fase de explotación, incorporará campañas de mediciones, no sólo en las zonas en las que sea necesaria la implantación de medidas correctoras, sino también en aquellas en las que los niveles de inmisión previstos estén próximos a los objetivos de calidad establecidos en esta condición.

Además de estas consideraciones el programa de vigilancia ambiental deberá contener los siguientes argumentos:

Será necesario efectuar un seguimiento de la permeabilidad de la vía para la población, la fauna y la mortalidad por atropello, así como de la mortalidad por electrocución y colisión de la avifauna en los tendidos y en la catenaria. En función de los resultados de los citados seguimientos se interferirá la necesidad de modificar o completar las medidas correctoras aplicadas.

Se detallarán las actuaciones de control, inspección y documentación generada en cada actuación, enviando dicha documentación al órgano sustantivo para su revisión.

De los resultados del programa de vigilancia ambiental se inferirá en su caso, la necesidad de completar las medidas mitigadoras realizadas.

10. Conclusión.-En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio, de fecha 05 de abril de 2006, formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «CN-420. Alcázar de San Juan-N-IV. Variante de Campo de Criptana y Alcázar de San Juan y Semivariante de Herencia (Ciudad Real)», concluyendo que no se observan impactos adversos significativos sobre el medio ambiente para la realización de las alternativas 1A para la Variante Campo de Criptana, y la denominada 2B para la Semivariante de Herencia con el diseño finalmente presentado a declaración de impacto ambiental, y con los controles y medidas correctoras propuestas por el promotor.

Lo que se hace público y se comunica a la Dirección General de Carreteras para su incorporación en el proceso de aprobación del proyecto.

Madrid, 6 de abril de 2006.-El Secretario general, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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