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Documento BOE-A-2006-8344

Resolución de 13 de febrero de 2006, de la Secretaría de Industria del Departamento de Trabajo e Industria, por la cual se otorga la primera modificación no sustancial de la aprobación de modelo del manómetro digital de uso público destinado a medir la presión de los neumáticos de los vehículos automóviles, marca Cabeco, modelo Digipres, fabricado y presentado por la empresa Cabeco, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 2006, páginas 18168 a 18168 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2006-8344

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada por la entidad Cabeco, S.A. domiciliada en la calle Agregación 23-25-08041 de Barcelona, con registro de control metrológico 02-P.18, solicitando la autorización de la Primera modificación no sustancial de la Aprobación de modelo de un instrumento destinado a medir la presión de los neumáticos de los vehículos automóviles, marca Cabeco, modelo Digipres. Vista la documentación aportada y de acuerdo con el informe favorable emitido por el Centro Español de Metrologia con referencia CEM-CY-05/0255-2.5. Esta Secretaria de Industria del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, el Decreto 199/1991, de 30 de Julio, por el cual se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico y la Orden de 16 de enero de 1996 (BOE de 30 de enero de 1996 y de 22 de marzo de 1996) por la cual se regula el control metrológico del Estado sobre estos instrumentos. Ha resuelto:

Primero.-Otorgar la autorización de la Primera modificación no sustancial de la Aprobación de modelo de un instrumento destinado a medir la presión de los neumáticos de los vehículos automóviles, marca Cabeco, modelo Digipres, a favor de la entidad Cabeco, S.A., con Registro de Control Metrológico 02-P.18.

Segundo.-Esta Primera modificación no sustancial de la Aprobación de modelo consiste en:

1. Los dígitos indicadores de la medida pasarán a tener una altura de 25,4 mm o 50,8 mm.

2. La alimentación del aparato se hará a través de la red eléctrica de 220 Vc.a. en vez de por pilas de litio. 3. La activación del aparato será continua mientras exista tensión de alimentación. 4. Incorporación de retro-iluminación, de estado sólido, de la pantalla. 5. La instalación del aparato será sobre estructuras fijas.

Tercero.-Los instrumentos correspondientes a esta Primera modificación no sustancial de la Aprobación de modelo quedan sometidos a todas las condiciones impuestas en el anexo al Certificado que acompaña a esta resolución, y a las contenidas en el anexo que acompaña al Certificado de Aprobación de modelo número 01-02.014 de 31 de mayo de 2001.

Cuarto.-Esta Primera modificación no sustancial de la Aprobación de modelo queda sometida a los plazos de validez indicados en la Resolución de Aprobación de modelo número 01-02.014, de 31 de mayo de 2001.

Contra esta resolución que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada delante del consejero del Departamento de Trabajo e Industria en el plazo de un mes, a contar desde el día posterior al de su notificación, sin perjuicio de poder utilizar cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 13 de febrero de 2006.-Por delegación de firma (Resolución de 6 de octubre de 2005), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Lluís Gasull Poch.

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