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Documento BOE-A-2006-8960

Resolución 452/38049/2006, de 18 de mayo, de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, por la que se publica la composición y cometidos de la Comisión Permanente de Selección que se constituye para la reincorporación a las Fuerzas Armadas de los militares de complemento y militares profesionales de tropa y marinería a los que les es de aplicación la disposición final primera o la disposición transitoria primera de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 2006, páginas 19351 a 19351 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2006-8960

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la norma tercera 1.c) del Anexo a la Instrucción 73/2006, de 10 de mayo, por la que se aprueba el procedimiento para la reincorporación a las Fuerzas Armadas de los militares de complemento y militares profesionales de tropa y marinería a los que les es de aplicación la disposición final primera o la disposición transitoria primera de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, se publica la composición y cometidos de la Comisión Permanente de Selección:

Primero. Composición. 1. La Comisión Permanente de Selección estará presidida por el Excelentísimo Sr. General de División del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Manuel Jesús Solana Cortés, actuando como Vocales el Coronel del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Javier Fernández Recio, el Comandante del Cuerpo Militar de Sanidad don Eduardo Moreno Rodríguez, el Capitán de Corbeta de la Reserva Naval Activa don José Rodríguez Boullosa, el Capitán del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Ricardo Soria del Rey, la Teniente del Cuerpo General del Ejército del Aire Doña Elena Gordillo López, el Subteniente del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Antonio Corpas Alférez y el Comandante del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don José Francisco Navarro Pascual, que actuará como Secretario.

2. Como suplentes de dicha Comisión actuarán el Capitán de Corbeta del Cuerpo de Especialistas de la Armada don Vicente Casado Hernández, el Capitán de Corbeta de la Reserva Naval Activa don José David García García, el Capitán del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Manuel Fernández Moya, el Capitán del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Emilio Galindo López, el Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra don Jerónimo López González y el Brigada del Cuerpo de Especialistas del Ejército del Aire don Gonzalo Miguel Arce Llorente.

Segundo. Cometidos.

1. Dirigir y coordinar a los fines de reincorporación, el desarrollo del procedimiento de selección en todas las Áreas de Reclutamiento de las Delegaciones y Subdelegaciones de Defensa.

2. Declarar la idoneidad o no idoneidad de los solicitantes que opten a la reincorporación a las Fuerzas Armadas. 3. Notificar conforme a derecho a quienes sean declarados no idóneos, con expresa referencia a los motivos por los que se adopta. 4. Asignar los destinos o unidades de dependencia al personal declarado idóneo, entre los solicitantes de cada ciclo, en atención a las necesidades del servicio y a las preferencias de los interesados de acuerdo con los criterios establecidos. 5. Remitir la relación de solicitantes con el destino o unidad de dependencia asignados, el historial militar y la solicitud de reincorporación al Mando o Jefatura de Personal correspondiente o a la Dirección General de Personal, para el personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas. 6. Notificar conforme a derecho a cada solicitante el destino asignado o, en su caso, la Delegación o Subdelegación de Defensa más próxima a su domicilio de la que dependerá a efectos administrativos mientras se encuentre en la situación de servicio activo pendiente de asignación de destino. 7. Resolver en primera instancia sobre la declaración de idoneidad o no idoneidad. 8. Resolver en primera instancia sobre la asignación de destino o unidad de dependencia.

Tercero. Asesores especialistas.

El Presidente de la Comisión Permanente de Selección podrá requerir la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las actuaciones del procedimiento, de acuerdo con lo previsto en la Instrucción 73/2006, de 10 de mayo, por la que se aprueba el procedimiento para la reincorporación a las Fuerzas Armadas de los militares de complemento y militares profesionales de tropa y marinería a los que les es de aplicación la disposición final primera o la disposición transitoria primera de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.

Madrid, 18 de mayo de 2006.-El Director General, Alberto Barciela Rodríguez.

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