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Documento BOE-A-2006-9278

Orden CUL/1615/2006, de 26 de abril, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Respeto.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 2006, páginas 19926 a 19927 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2006-9278

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don José María Moraza Miranda y don Carlos María Castro Labara, solicitando la inscripción de la Fundación Respeto, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, así como el otorgamiento de poderes a favor de don José María Moraza Miranda y don Carlos María Castro Labara.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la fundación.-La fundación anteriormente citada fue constituida por don José María Moraza Miranda, don Eduardo Cortadi Olano, don José Luis Orella Unzue, don Andrés López-Carrasco Rodríguez, don Diego María Granados de Asensio y don Luis Ricardo Pedro Apestegui Cardenal, en San Sebastián, el 20 de junio de 2005, según consta en la escritura pública número dos mil treinta y cuatro, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Pamplona, don José Carlos Arnedo Ruiz, como sustituto del Notario don Diego María Granados Asensio, que fue subsanada por la diligencia autorizada el 8 de marzo de 2006, ante el mismo notario y ratificada por la escritura número dos mil trescientos sesenta y uno, otorgada el 20 de julio de 2005, ante el ya citado Notario. Segundo. Domicilio y ámbito de la fundación.-El domicilio de la fundación quedó establecido en Madrid, calle Juan de Mena, número 15, -1.º, D ,y, su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de ciento noventa y cuatro mil quinientos euros (194.500 euros). La dotación desembolsada en su totalidad consiste en la cantidad de ciento noventa y tres mil quinientos (193.500 euros), que corresponde al valor de la aportación en pleno dominio de 129 cuadros, pertenecientes al autor don José María Moraza Miranda, que forman parte de la obra descrita «Símbolos para el Respeto», según consta en la tasación efectuada por don Manuel Bretaña Sobrino, con fecha 24 de febrero de 2006, incorporada a la diligencia de subsanación de la escritura de constitución y la cantidad de mil euros (1.000 euros), como aportación dineraria, que ha sido ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la fundación.-En los Estatutos que han de regir la fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la fundación los siguientes: a) Promover el respeto como base imprescindible e irrenunciable entre personas y colectivos de diferentes tendencias ideológicas, políticas, religiosas y sexuales, para un entendimiento colectivo que fomente el desarrollo y la justicia social en todos los órdenes. b) Fomentar los derechos fundamentales de las personas. c) Participación en actividades artísticas de sectores sociales desfavorecidos y marginales, como una nueva vía de integración social a través del arte, e incentivando los grupos de trabajo como una nueva forma de corresponsabilidad. d) Promoción de artistas, sin límite de edad, en cuyos países la situación política, social y económica impida un desarrollo normalizado de los campos artísticos vinculados a las Bellas Artes. Esta promoción se llevará a cabo a través de becas de estudio o de investigación, o estancias pagadas en la propia fundación. e) Colaborar con otras fundaciones de todo el mundo que persigan los mismos objetivos que la Fundación Respeto. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don José María Moraza Miranda; Secretario: Don Andrés López-Carrasco Rodríguez; Tesorero: Don José Luis Orella Unzue y Vocales: Don Eduardo Cortadi Olano, don Diego María Granados de Asensio y don Luis Ricardo Pedro Apestegui Cardenal. Los Patronos designados y presentes en el acto de constitución acordaron conferir poderes a favor de don José María Moraza Miranda y don Carlos María Castro Labara. En la escritura de constitución y en la de ratificación de ésta, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, de delegación de competencias del Ministerio de Cultura, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Respeto en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento a la denominada Fundación Respeto, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, calle Juan de Mena, número 15 -1.º D, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones el otorgamiento de poderes conferidos por la Fundación a don José María Moraza Miranda y don Carlos María Castro Labara, en los términos que constan en la escritura número dos mil treinta y cuatro, otorgada el 20 de junio de 2005, por el notario don José Carlos Arnedo Ruiz, en sustitución de don Diego María Granados Asensio.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 26 de abril de 2006.-P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, BOE del 31 de julio), la Secretaria general técnica, María Concepción Becerra Bermejo.

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