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Documento BOE-A-2006-997

Resolución de 23 de diciembre de 2005, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Junta de Castilla y León, por el que se adecua para su mejor protección la declaración de bien de interés cultural que afecta al Castillo de Fuentes de Valdepero (Palencia), dentro de la categoría de monumento y se delimita su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2006, páginas 2840 a 2840 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2006-997

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 25 de agosto de 2005, acuerda adecuar para su mejor protección la declaración de Bien de Interés Cultural que afecta al Castillo de Fuentes de Valdepero (Palencia), dentro de la categoría de Monumento y se delimita su entorno de protección. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 23 de diciembre de 2005.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.

ANEXO Acuerdo 96/2005, de 25 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se adecua para su mejor protección la declaración de bien de interés cultural que afecta al Castillo de Fuentes de Valdepero (Palencia), dentro de la categoría de monumento y se delimita su entorno de protección

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 18 de junio de 1999, incoó procedimiento por el que se adecua para una mejor protección la declaración de Bien de Interés Cultural que afecta al Castillo de Fuentes de Valdepero (Palencia), en aplicación de la disposición adicional segunda de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, dentro de la categoría de Monumento, y se delimita su entorno de protección. Con fecha 17 de diciembre de 1999 la Universidad de Valladolid informa favorablemente la pretendida declaración. De conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y con el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto adecuar para su mejor protección la declaración de Bien de Interés Cultural que afecta al Castillo de Fuentes de Valdepero (Palencia), y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de agosto de 2005 ha adoptado el siguiente

ACUERDO

Primero.-Se adecua para su mejor protección la declaración de Bien de Interés Cultural que afecta al Castillo de Fuentes de Valdepero (Palencia), en aplicación de la disposición adicional segunda de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, dentro de la categoría de Monumento, y se delimita su entorno de protección.

Segundo.-Entorno de protección. Queda delimitado por una línea continua que recoge en su integridad las siguientes manzanas: 18, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32.

Ese entorno comprende las manzanas descritas, incluidas las del Castillo, calles y espacios públicos delimitados y encerrados dentro del perímetro definido por el eje de las calles Eleuterio de Juana, continuando por un tramo de la calle Manuel Díez, bordeando las manzanas 27 y 28 hasta enganchar con el Camino de los Huertos, para enlazar con la carretera provincial de Valdeolmillos y cerrar, siguiendo el eje de la carretera N-611.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Acuerdo, así como la zona afectada por la delimitación, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón. Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, a 25 de agosto de 2005.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo, Silvia Clemente Municio.

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