Próximo a quedar vacante en la Relación de Puestos de Trabajo del personal al servicio del Consejo General del Poder Judicial un puesto de Profesor Ordinario dotado presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente para atender las necesidades docentes de la Escuela Judicial, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 146 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, 133 y concordantes del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo, aprobado por Acuerdo de 22 de abril de 1986 («Boletín Oficial del Estado» número 107, de 5 de mayo), y 34 del Reglamento de la Escuela Judicial, aprobado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial de fecha 7 de junio de 1995, ha acordado convocar concurso de méritos para la provisión del puesto de trabajo que se describe en el anexo I. El concurso se regirá por las siguientes normas:
Primera.-Podrán tomar parte en el mismo los Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y Funcionarios de las Administraciones Públicas del grupo A, a que se refiere el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dura la suspensión.
Segunda.-Los que deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud al excelentísimo señor Presidente del Consejo General del Poder Judicial (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid), las cuales deberán ser presentadas en el Registro General del propio Consejo o en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Tercera.-Con la solicitud se acompañará un currículum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y ejercicio acreditado de actividad docente en materias jurídicas, acompañando los documentos justificativos correspondientes. Cuarta.-Los candidatos podrán ser requeridos para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos podrán, asimismo, ser citados para una entrevista personal. Quinta.-A la vista de las instancias y documentación presentada por los concursantes, el Consejo apreciando conjuntamente los méritos alegados, resolverá el concurso. Si el Pleno entendiera que los solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo, podrá declarar el concurso desierto. Sexta.-El concursante al que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarado en situación de servicios especiales en su administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y estará sometido al Reglamento n.º 1/1986, de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (B.O.E. núm. 107, de 5 de mayo de 1986). Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.
Séptima.-Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 9 de mayo de 2007.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Francisco José Hernando Santiago.
ANEXO I
Denominación del puesto: Profesor Ordinario. Órgano técnico: Escuela Judicial. Número de puestos convocados: 1. Localización: Barcelona. Nivel de destino: 29. Complemento específico: 40.612,88 euros anuales. Adscripción: Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia, Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y Funcionarios de las Administraciones Públicas del grupo A.
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