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Documento BOE-A-2007-11016

Orden AEC/1563/2007, de 24 de mayo, por la que se crea una Oficina Consular, con categoría de Consulado General, en Dakar (Senegal).

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2007, páginas 24225 a 24226 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2007-11016
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2007/05/24/aec1563

TEXTO ORIGINAL

La prestación de los servicios consulares mediante Oficinas de distinto rango (Consulados Generales, Consulados o Secciones Consulares de las Embajadas) viene determinada, fundamentalmente, por el volumen de trabajo que ha de desarrollar cada una de ellas. En la actualidad, la Sección Consular de la Embajada en Dakar atiende a los servicios consulares de seis países: Senegal, Gambia, Guinea Bissau, Guinea Conakry, Sierra Leona y Cabo Verde; países todos en los que, si bien la colonia de españoles residentes no es muy numerosa, se ha de hacer frente a una fuerte presión migratoria hacia nuestro país, lo que hace necesario la elevación del rango de la Sección Consular de la Embajada, creando un Consulado General en Dakar. La creación de este Consulado General permitirá una mejor gestión de las migraciones dirigidas a España desde Senegal y restantes países de la zona. Por otra parte, la creación de este Consulado General en Dakar ha de enmarcarse dentro de las previsiones del Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueban las medidas de potenciación de la acción exterior del Estado, de 1 de septiembre de 2006 (publicado en el Boletín Oficinal del Estado de 12 de septiembre), y de la planificación estratégica diseñada para toda esta zona en el «Plan África 2006-2008». La apertura del nuevo Consulado General en Dakar permitirá una mayor visibilidad de la acción de España en esta región; en especial en lo referente a su preocupación y compromiso con la ordenación de las migraciones. Además, promoverá la coordinación con las autoridades senegalesas y mejorará la asistencia a los españoles residentes y a los visitantes temporales, dada la creciente presencia de españoles que se desplazan a Senegal por turismo, en viajes de negocios, o en actividades relacionadas con programas de cooperación internacional. Si bien la principal actividad del nuevo Consulado General se centrará en la tramitación de visados, haciendo frente al constante incremento en el número de solicitudes, habrá de realizar, igualmente, las restantes funciones de asistencia consular, con la exigencia que impone el progresivo desarrollo de las relaciones económicas y comerciales entre España y Senegal, acompañadas de un número creciente de comunicaciones aéreas y marítimas directas, destacando las existentes entre el Puerto de Dakar y las Islas Canarias. En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo, sobre organización de la Administración del Estado en el exterior, con la autorización del Ministerio de Economía y Hacienda, y previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, he tenido a bien disponer:

Artículo 1.

Se crea una Oficina Consular en Dakar, con categoría de Consulado General, dependiente de la Misión Diplomática Permanente de España en la República del Senegal y con jurisdicción sobre todo el país.

Artículo 2.

La Oficina Consular contará con un Jefe que tendrá la categoría de Cónsul General, y del personal que precise para su funcionamiento, cuyo número y características serán los que resulten de la correspondiente relación de puestos de trabajo de personal funcionario y del correspondiente catálogo de personal laboral en el exterior.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de mayo de 2007.-El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/05/2007
  • Fecha de publicación: 04/06/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 05/06/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 21 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-1987-11917).
Materias
  • Consulados
  • Relaciones Consulares
  • Senegal

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