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Documento BOE-A-2007-12205

Orden SCO/1823/2007, de 11 de junio, por la que en ejecución de resolución estimatoria de recurso de reposición se nombra personal estatutario fijo y se declara en excedencia voluntaria a Médico de Familia en Equipos de Atención Primaria dependientes del Insalud.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 21 de junio de 2007, páginas 26952 a 26952 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-12205

TEXTO ORIGINAL

Por Orden SCO/3566/2006, de 14 de noviembre, publicada en el BOE el 22 de noviembre de 2006, se nombró y declaró en excedencia voluntaria de la categoría de Médicos de Familia en Equipos de Atención Primaria. Por Resolución de 17 de enero de 2007 del Ministerio de Sanidad y Consumo fue estimado el recurso de reposición interpuesto por don Valentín Sanz Sanz (DNI 51892396) contra las Resoluciones del Ministerio de Sanidad y Consumo de 10 de mayo de 2005, publicada el 12 de mayo de 2005, y de 11 de mayo de 2005, publicada el 13 de mayo de 2005, por las que se disponía respectivamente la publicación de las calificaciones definitivas del concurso y las calificaciones finales de la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Médicos de Familia en Equipos de Atención Primaria. En ejecución de la citada resolución, visto lo dispuesto en las bases de la convocatoria, y en las demás normas de general y pertinente aplicación, este Ministerio resuelve:

Primero.-Nombrar personal estatutario fijo como Médicos de Familia en Equipos de Atención Primaria procediendo a su declaración en situación de excedencia voluntaria a don Valentín Sanz Sanz (DNI 51892396).

Segundo.-De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, al personal que se declara por esta Orden en situación de excedencia voluntaria no resulta de aplicación la exigencia prevista en el artículo 67.2 del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en orden a la necesidad de que transcurran dos años para solicitar el reingreso.

Tercero.-Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa, y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución, podrá interponerse, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante este Ministerio, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 11 de junio de 2007.-La Ministra de Sanidad y Consumo, P. D. (Orden SCO/2475/2004, de 8 de julio), el Director General de Recursos Humanos y Servicios Económicos-Presupuestarios, José Antonio Benedicto Iruiñ.

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