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Suscrito el Protocolo por el que se prorroga para el año 2007 el Convenio de colaboración suscrito el 30 de agosto de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de los citados Convenio, que figuran como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 5 de junio de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.
ANEXO Protocolo por el que se prorroga para el año 2007 el Convenio de colaboración suscrito el 30 de agosto de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo
En Palma de Mallorca, a 22 de mayo de 2007.
Reunidos
De una parte, don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, doña Encarnación Pastor Sánchez, Consejera de Inmigración y Cooperación, nombrada por Decreto 15/2005, de 18 de octubre, del Presidente de las Illes Balears, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de prórroga del Convenio reseñado (en adelante, Protocolo de Prórroga), y
Exponen
Primero.-Que, conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears suscribieron con fecha 30 de agosto de 2005 un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo de los mismos.
Segundo.-Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismos términos establecidos y acompañado de los correspondientes anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de Prórroga, que se regirá por las siguientes
Cláusulas
Primera. Prórroga del Convenio de colaboración.
En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 30 de agosto de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2007 y su correspondiente ejercicio económico al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Segunda. Contenido y programa de actuaciones a desarrollar.
Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga se ajustan a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2007», examinado en la reunión del día 6 de febrero de 2007, del Consejo Superior de Política de Inmigración, que se incorpora como anexo 1 al presente Protocolo de Prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes, medidas y líneas de intervención que en dicho documento se señalan.
Las actuaciones a desarrollar por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el presente ejercicio se recogen en el Plan de Acción 2007. Dicho plan ha sido aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por la Comunidad Autónoma, con anterioridad a la firma del Protocolo de Prórroga. La aprobación del Plan de Acción 2007 se formaliza por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, y la Consejería de Inmigración y Cooperación, a través de la Dirección General de Inmigración, Comunidades Baleares Radicadas en el Exterior y Casas y Centros Regionales en las Illes Balears, según el documento adjunto. Entre las actuaciones del Plan de Acción se recogen también las referidas al «Programa especial para la atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias», gestionado por el organismo de protección correspondiente de la Comunidad Autónoma, incluido el número de plazas de acogida puestas a disposición del mencionado programa.
Tercera. Coste del programa y aportaciones de las partes.
1. El coste total de las actuaciones objeto del presente Protocolo de Prórroga es de siete millones seis cientos sesenta y ocho mil ochenta y cuatro euros (7.668.084 €), del cual siete millones trescientos setenta y seis mil ochenta y cuatro euros (7.376.084 €) corresponden al coste de las actuaciones de refuerzo educativo y acogida e integración y dos cientos noventa y dos mil euros (292.000 €) al coste de las actuaciones del «Programa especial para la atención a menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias».
2. Las actuaciones se cofinancian entre ambas partes, siguiendo lo señalado a continuación:
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2007, consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231B.455.00, aporta, como participación a la financiación de este Protocolo de Prórroga, la cantidad de cinco millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y un euros (5.455.141 €), 1. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2007, aporta dos millones doscientos doce mil novecientos cuarenta y tres euros (2.212.943€), cantidad que supone como mínimo el treinta por ciento del coste total de las actuaciones de refuerzo educativo y de acogida e integración. Esta cantidad procede de las siguientes partidas presupuestarias: 13101.421A01.48021.
13101.421A01.48022. 13701.422A01.12001. 18401.411D01.42001.00. 18401.411D01.42002.00. 18401.411D01.42003.00. 18401.411D01.72001.00. 17401.431B01.78000.00. 23201.323A01.64000.00. 23201.323A01.64000.10. 24201.134A01.64000.10. 24201.313J01.FF23211.
3. Las actuaciones correspondientes a la participación de la Comunidad de las Illes Balears en «Programa especial para la atención a menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias», serán financiadas exclusivamente por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, siendo el coste indicado en el párrafo 1 de este apartado, el correspondiente a las 10 plazas indicadas en el Plan de Acción de la Comunidad.
En el supuesto de que la Comunidad de las Illes Balears ampliara, a lo largo del año 2007, el número de plazas arriba indicado, la financiación correspondiente a esta ampliación será objeto de una Addenda a este Protocolo.
Cuarta. Compromisos de las partes.
La Comunidad Autónoma de las Illes Balears se compromete a destinar la cantidad de dos millones ochocientos cuarenta y seis mil quinientos setenta y un euros (2.846.571€) de la aportación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a actuaciones encuadradas en las medidas prioritarias del eje de educación y la cantidad de dos millones seiscientos ocho mil quinientos setenta euros (2.608.570 €) a las medidas para el desarrollo de los otros ejes enunciados en el Plan de Acción 2007.
La Comunidad Autónoma se compromete a destinar la cantidad de dos cientos noventa y dos mil euros (292.000€) de la aportación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a las actuaciones enmarcadas en el «Programa especial para la atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias». Igualmente, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se compromete a derivar a las Entidades Locales de su territorio con una mayor presión migratoria, como mínimo el 40% de la asignación de 5.163.141 € (cinco millones ciento sesenta y tres mil ciento cuarenta y un euros) correspondientes a la aportación que realiza el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se compromete a prestar su colaboración en el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga y principalmente, en lo referido al seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el Plan de Acción 2007.
Quinta. Modificaciones en el desarrollo de las actuaciones.
La Comunidad Autónoma deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de las actuaciones comprometidas, tanto de contenido como de costes, con el fin de acordar el Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Comunidad Autónoma la aceptación expresa de dicha variación.
Sexta. Seguimiento y evaluación.
En cumplimiento de lo señalado en la cláusula novena del convenio de colaboración, la Comunidad Autónoma remitirá periódicamente al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información necesaria que permita conocer el desarrollo de actuaciones, así como aquella otra información requerida a efectos del seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan de Acción.
Séptima. Vinculación con el Convenio.
En lo no dispuesto expresamente en este Protocolo de Prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).
Y en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo de Prórroga, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.
Por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, María Consuelo Rumí Ibáñez, Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración (P. D. Orden Ministerial Comunicada de 15 de febrero de 2007).-Por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Encarnación J. Pastor Sánchez, Consejera de Inmigración y Cooperación.
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