Visto el expediente de indulto de don Juan Luis Monje Núñez, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Cádiz, en sentencia de 16 de febrero de 2004, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión y multa de 6,01 euros, con la accesoria de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de junio de 2007,
Vengo en conmutar a don Juan Luis Monje Núñez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de junio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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