Visto el expediente de indulto de don Pablo Torras Garnacho, condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda de lo Penal de Madrid, en sentencia de 21 de enero de 2005, como autor de un delito contra la libertad individual, a la pena de ocho años de inhabilitación absoluta y multa de 30 días con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de junio de 2007,
Vengo en conmutar a don Pablo Torras Garnacho la pena de inhabilitación impuesta por otra de un año de suspensión de empleo o cargo público, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de junio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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