El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación estableció la reserva marina de Masía Blanca por Orden de 21 de diciembre de 1999 para proteger la diversidad de especies de interés pesquero existentes en la zona de substrato duro, poco frecuente en ese lugar, favorecer su recuperación y evitar su deterioro en beneficio de los pescadores de la zona.
Por el estado de los recursos pesqueros en la zona, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación estableció una veda de tres años para todas las actividades permitidas dentro de la reserva marina, mediante la Orden de 20 de junio de 2001, por la que se modifica la Orden de 21 de diciembre de 1999 arriba citada, previo acuerdo con todas las instancias con intereses en la reserva marina.
La Orden APA/2265/2004, de 30 de junio, de prórroga de la veda establecida por Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell, estableció una prórroga de esa veda por un periodo de tres años.
Las evaluaciones y el seguimiento de la reserva marina realizadas durante la vigencia de la veda recomiendan no abrirla a la práctica de la pesca y el buceo de recreo.
En la elaboración de la presente orden han sido consultados la Comunidad Autónoma de Cataluña, los sectores afectados y el Instituto Español de Oceanografía.
De conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Reglamento (CE) 1626/94 del Consejo, de 27 de junio de 1994, por el que se establecen determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros en el Mediterráneo, se ha cumplido el trámite de comunicación del proyecto a la Comisión Europea.
La presente orden está amparada por la habilitación contenida en el artículo 149.1.19.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de pesca marítima y es desarrollo del artículo 12 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, relativo a las vedas.
En su virtud, dispongo:
1. Queda prorrogada por un periodo de tres años la veda establecida en el artículo 7 y en el apartado 1 del artículo 5 de la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell (Tarragona).
2. El periodo de veda señalado podrá, en su caso, ser prorrogado en función del seguimiento de la eficacia y utilidad de la veda.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de junio de 2007.–La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Elena Espinosa Mangana.
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