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Documento BOE-A-2007-13573

Resolución de 22 de mayo de 2007, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación. FINNOVA-2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 13 de julio de 2007, páginas 30590 a 30591 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-13573

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 29 de marzo de 2007 Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Servicio Regional de Empleo) y el Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación. FINNOVA-2006, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de mayo de 2007.-El Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, José Martínez Olmos.

ANEXO

Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Servicio Regional de Empleo) y el Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos de Investigación

FINNOVA-2006

En Madrid, a 29 de marzo de 2007.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan José Güemes Barrios, Consejero de Empleo y Mujer, en calidad de Presidente del Consejo de Administración del Servicio Regional de Empleo, Organismo Autónomo Administrativo, creado por Ley 5/2001, de 3 de julio, adscrito a la Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, actúa en nombre y representación del citado organismo, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 9 apartado a) de la mencionada Ley.

De otra parte, el Sr. D. Francisco Gracia Navarro, como Director del Instituto de Salud Carlos III, nombrado por Real Decreto 1345/2004, de 28 de mayo (BOE n.º 130, de 29 de mayo), y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, y por el artículo 1 del Estatuto del Instituto de Salud Carlos III aprobado en el capítulo III, sección 3.ª, artículo 11, del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril.

Ambas partes se reconocen capacidad suficiente para obligarse en el presente Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.-Que el Servicio Regional de Empleo, creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, tiene como fines la realización, orientada al pleno empleo estable y de calidad, de todas aquellas actividades de formación para el empleo y de intermediación en el mercado de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid dirigidas a facilitar a los trabajadores desempleados la obtención de un puesto de trabajo digno y adecuado y a facilitar a los empleadores la contratación de trabajadores con formación y experiencia adecuada a sus necesidades de producción de bienes y servicios, de manera pública y gratuita y en coordinación con otros organismos similares de ámbito regional, nacional o europeo, de tal manera que se garantice la igualdad de oportunidades para el empleo, la libre circulación de trabajadores, la unidad del mercado de trabajo y la igualdad de trato, así como la modernización del sistema de atención al demandante de empleo y la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que entre sus funciones se incluye el suscribir convenios y programas con las empresas para la realización de prácticas y contratación del primer empleo, para alumnos procedentes de FP (Formación Profesional), Universidades e Institutos Universitarios. Segundo.-Que, en cumplimiento de las funciones expuestas en el párrafo anterior, se ha convocado el Plan FINNOVA 2006 por Orden 1878/2006, de 6 de septiembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, que se regula la concesión de ayudas para el desarrollo del programa de puestos de becas FINNOVA 2006 (BOCM número 222). Tercero.-Que el Instituto de Salud Carlos III, en la consecución de los fines que le son propios, posee los medios técnicos suficientes para crear en su seno puestos de prácticas para la formación de auxiliares técnicos vinculados a proyectos de investigación y nuevas tecnologías, contribuyendo al desarrollo de los mismos. Cuarto.-Que ambas instituciones complementan sus esfuerzos con el fin de permitir a personas desempleadas la realización de prácticas en el centro de trabajo, que puedan contribuir a su posterior inserción laboral.

En consecuencia, coincidiendo ambas partes en los objetivos aquí expuestos, acuerdan desarrollar el presente Convenio de colaboración de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-Es objeto del presente Convenio el establecimiento de un Plan de apoyo a la formación de los jóvenes técnicos mediante la adquisición de una serie de habilidades y destrezas de forma práctica en disciplinas innovadoras para mejorar la inserción laboral de los mismos en Centros de Investigación del Instituto de Salud Carlos III.

Segunda.-El Servicio Regional de Empleo, a través del Plan de Formación de Auxiliares Técnicos para la Innovación (FINNOVA 2006), concede trece becas de prácticas para la formación en el ámbito de los proyectos de investigación y nuevas tecnologías, atendiendo a la descripción de los perfiles que figuran en el mismo. Tercera.-La concesión de las becas, y las características de las mismas, estará sujeta a lo dispuesto en la Orden 1878/2006, de 6 de septiembre, de la Consejería de Empleo y Mujer. Cuarta.-La selección de los becarios, de entre los solicitantes que reúnan los requisitos mínimos señalados para cada puesto, se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la orden de convocatoria citada. Quinta.-Los candidatos finalmente seleccionados, percibirán una beca de una cuantía mensual de setecientos veinte euros (720 euros). La condición de becario no dará lugar, en ningún caso, a la relación jurídica laboral con las partes del presente Convenio. Sexta.-Los becarios desarrollarán su actividad de prácticas para la formación en el Instituto de Salud Carlos III, bajo la dirección de un tutor que el Instituto designa para cada puesto. El control de seguimiento del aprendizaje y determinación del nivel de rendimiento de los participantes corresponderá al tutor designado para la dirección de la actividad del becario. El Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid realizará el seguimiento general del Plan mediante los cuadernos de prácticas de los becarios que los tutores visarán periódicamente, las escalas de rendimiento que serán cumplimentadas trimestralmente por los tutores, así como las escalas de satisfacción de los alumnos. Las escalas de rendimiento y satisfacción, especificadas en el párrafo anterior deberán remitirse al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid con carácter trimestral. Las bajas que se vayan produciendo se podrán cubrir, durante el transcurso del 50 por 100 del tiempo de duración de la beca desde la fecha de inicio de la misma, con la lista de espera baremada y elaborada en la selección inicial, por un tiempo nunca superior al que reste de la duración total prevista inicialmente. Séptima.-El Instituto de Salud Carlos III suscribirá seguro de accidentes para la cobertura de los becarios durante el período de duración de la beca. Octava.-El Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, conforme se establece en la Orden de convocatoria citada, cubrirá el coste de las becas durante los primeros seis meses y aportará la cantidad de cincuenta y seis mil ciento sesenta euros (56.160 euros) una vez iniciadas las mismas de una sola vez, es decir mediante pago anticipado y sin presentación de aval, con cargo al Programa 960, Partida 48200, del ejercicio 2006, de forma que el Instituto de Salud Carlos III tenga con suficiente antelación, los créditos para hacer efectivos los pagos mensuales de las becas. Por su parte, el Instituto de Salud Carlos III, conforme se establece en la Orden de convocatoria, aportará el coste de las becas restante que asciende a cincuenta y seis mil ciento sesenta euros (56.160 euros). A esta cantidad se sumará el coste del seguro de accidentes que correrá a cargo también del Instituto. Novena.-El Instituto de Salud Carlos III justificará al Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid el destino de las cantidades recibidas. Asimismo, remitirá con carácter mensual y durante toda la duración de las becas la documentación acreditativa de la ejecución del programa objeto del presente Convenio, así como las altas y bajas que se hubiesen producido. Décima.-A fin de garantizar la eficacia en la coordinación de los aspectos señalados anteriormente, se crea una Comisión de Seguimiento, que estará integrada por dos representantes del Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid y dos representantes del Instituto de Salud Carlos III, que se reunirá al menos dos veces al año. Undécima.-El presente Convenio de colaboración permanecerá en vigor desde la fecha de su firma hasta la finalización de las becas del Plan FINNOVA 2006. Duodécima.-Cuantas controversias o litigios surgieran como consecuencia de la interpretación, modificación, resolución y efectos se entenderán siempre sometidas a la jurisdicción de los Tribunales Contencioso-Administrativos con sede en Madrid. Decimotercera.-El presente Convenio podrá quedar sin efecto por mutuo acuerdo entre las partes, bastando con que los representantes de ambas entidades expresen su voluntad de resolver el convenio de forma expresa y por escrito.

Podrá procederse igualmente a la resolución unilateral del Convenio por incumplimiento de las obligaciones en él contenidas por cada una de las partes, previo aviso con un plazo no inferior a tres meses a la fecha prevista para la resolución del convenio.

Y para que así conste, ambas partes suscriben el presente Convenio de Colaboración en triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.-Por el Servicio Regional de Empleo de la Comunidad de Madrid, don Juan José Güemes Barrios, Presidente del Consejo de Administración.-Por el Instituto de Salud Carlos III, don Francisco Gracia Navarro, Director General.

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