De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 3), modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 29), en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y en el artículo 52 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos en la relación de puestos de trabajo aprobada por la Comisión Interministerial de Retribuciones para el Ministerio de Justicia.
Segunda.-Los interesados dirigirán sus solicitudes, a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, calle Ayala, n.º 5. 28001 Madrid, en el modelo de instancia publicado como anexo II de la presente Orden. Tercera.-El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Cuarta.-Los aspirantes acompañarán a la solicitud el currículum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.
Quinta.-Los nombramientos consecuencia de la presente convocatoria deberán efectuarse en el plazo máximo de dos meses contados desde la finalización del de presentación de solicitudes.
Madrid, 9 de julio de 2007.-El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/345/2005, de 7 de febrero), el Secretario de Estado de Justicia, Julio Pérez Hernández.
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