Visto el expediente de indulto de don Jordi Cros Garrido, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Tarragona, sección segunda, en sentencia de 1 de marzo de 2005, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de 35.000 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2003, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 2006,
Vengo en conmutar a don Jordi Cros Garrido la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 29 de diciembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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