En el expediente de indulto de don Antonio Duque Rivas, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 23 de julio de 2002, como autor de un delito de robo con intimidación a la pena de seis años y un día de prisión mayor con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1987, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de julio de 2007, dispongo:
Conmutar la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación, abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 6 de julio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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