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Documento BOE-A-2007-14479

Resolución de 26 de junio de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto Aprovechamiento hidrológico en el río Besaya, en Arenas de Iguña (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2007, páginas 32818 a 32821 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-14479

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado C del grupo 4 del Anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental por escrito de 17 de abril de 2007 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor del proyecto es Hidroiguña, S.L. y el órgano sustantivo la Confederación Hidrográfica del Norte.

El proyecto consiste en la instalación de una minicentral hidroeléctrica en el río Besaya, en un antiguo aprovechamiento hidráulico situado aguas abajo del núcleo de La Serna, en el término municipal de Arenas de Iguña, provincia de Cantabria. Se va a mantener el azud existente, así como la traza del circuito hidráulico. Las características del nuevo aprovechamiento son:

El tipo de aprovechamiento es de tipo fluyente.

El azud en el río Besaya es de sección rectangular irregular, de 3 m de altura, 7,7 m de anchura y una longitud aproximada de 92 m. Su estado de conservación es aceptable, debiendo únicamente regularizarse la cresta de vertido, a la cota 182, 5 m. Explotación de caudal máximo de 7 m3/s y salto bruto de 7,70 m (salto neto de 6,67 m), siendo el caudal mínimo turbinable de 1,75 m3/s. Regulador del canal de alimentación mediante compuertas de 2,50 m de ancho por 2,75 m de altura, que funcionará a través de una doble consigna de nivel aguas arriba y aguas abajo. Sobre la trazado el antiguo canal, se construirá un canal de alimentación rectangular con altura de cajeros entre 1,40 y 1,56 m y base de 5,50 m; longitud total de 321,401 m y pendiente del 0,05%. Mantiene el trazado del antiguo canal hasta el desagüe intermedio, punto en el que se ubicará la instalación generadora de energía eléctrica. Los aliviaderos de la central se han calculado para una capacidad de desagüe de 8,40 m3/s. Estarán formados por un canal central de 34,66 m y un ancho variable entre 5,50 m y 4,70 m. Minicentral: edificio con planta de 9,40 m x 8,55 m en única planta. El equipo electromecánico productor de energía estará compuesto de una turbina Semi-Kaplan, con una potencia mecánica disponible de 430 kW. Canal de desagüe de 51,92 m con restitución al río Besaya. La distribución de electricidad se realizará a través de una línea eléctrica de 12 kV ya existente que atraviesa la parcela propiedad del promotor, y que cuenta con una torre de apoyo a quince metros del lugar donde se prevé ubicar el edificio de la central.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

El proyecto se ubica en el término municipal de Arenas de Iguña, situado en el valle de Iguña, cuyas características geológicas han propiciado que el fondo del valle presente una escasa pendiente, facilitándose así el desarrollo de una vega agrícola y, posteriormente, la urbanización y las infraestructuras viarias que lo acompañan.

Hidrología: De acuerdo con los datos contenidos en el estudio hidrológico, el caudal medio anual en el punto de toma es de 8,112 m3/s, siendo los caudales medios mensuales para el río Besaya son los siguientes:

OCT

NOV

DIC

ENE

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGO

SEP

Q (m3/s)

5.578

9.413

10.904

11.669

13.307

11.074

14.695

9.673

4.802

2.181

2.224

2.026

Vegetación:

La vegetación presente en el entorno afectado por el proyecto está formada básicamente por formaciones arbóreas dominadas por el aliso (Alnus glutinosa), sensiblemente degradadas en forma de estrecha franja discontinua en ambas márgenes del río Besaya. Junto al aliso aparecen otras especies arbóreas, como fresno (Fraxinus excelsior), arce (Acer pseudoplatanus), sauce (Salix alba) y chopo (Populus x canadensis); y arbustivas como el cornejo (Cornus sanguinea), avellano (Corylus avellana), el saúco (Sambucus nigra) o el salce (Salix atrocinerea).

En las áreas más próximas al canal de alimentación del antiguo aprovechamiento hidráulico se encuentra una vegetación muy antropizada, encontrándose en el tramo medio prados de siega que llegan hasta el mismo margen izquierdo del canal.

Fauna:

La fauna terrestre está compuesta por especies características de zonas pobladas y prados de siega, aunque algo enriquecida por la presencia del río Besaya y sus riberas, que actúan como corredor ecológico y zona de refugio y alimentación para otras especies ligadas a las aguas dulces como la rana verde (Rana perezi), el tritón jaspeado (Triturus marmoratus), el martín pescador (Alcedo tais) o el mirlo acuático (Cinclus cinclus).

Respecto a la fauna piscícola, destaca la trucha común (Salmo trutta), encontrándose el tramo de río afectado por el aprovechamiento dentro del coto de pesca «Iguña». Otras especies presentes son el piscardo (Phoximus phoximus), la anguila (Anguila anguila) y la madrilla (Chondrostoma miegii), incluida esta última en al anexo II («especies animales o vegetales de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación») de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Espacios Protegidos:

En lo relativo a los espacios protegidos, el proyecto no queda incluido en ninguno, ni tampoco en ningún espacio perteneciente a la Red Natura 2000.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. 3.1.1 Entrada documentación inicial.-Con fecha 17 de noviembre de 2005 se recibe la memoria resumen del proyecto «Aprovechamiento eléctrico en el río Besaya« para analizar la necesidad de sometimiento a procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental.

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.-Con fecha 2 de diciembre de 2005 se inicia el periodo de consultas.

En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe en relación con la documentación ambiental:

Organismos consultados

Resultado de la consulta

Dirección General para la Biodiversidad.

X

Delegación del Gobierno en Cantabria

X

Dirección General de Agricultura. Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria

Dirección General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria.

Dirección General de Medio Ambiente. Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria.

Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza. Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria.

X

Ayuntamiento de Arenas de Iguña

Ecologistas en Acción de Cantabria

S.E.O.

ADENA Santander

WWF-ADENA

Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (ARCA)

Confederación Ecologista de Campoo y Reinosa

Grupo de Estudio Defensa Ecosistemas Naturales

Cantabria Nuestra

Las principales cuestiones tratadas en las respuestas recibidas son las siguientes:

Estudio y justificación del caudal ecológico, según apunta tanto la Dirección General para la Biodiversidad como la Dirección General de Montes y Conservación para la Naturaleza.

Efectos sobre las especies de fauna fluvial, entre las que destacan: anguila, trucha común, madrilla y piscardo, como señala la Dirección General de Montes y Conservación para la Naturaleza. Identificación y descripción de las instalaciones auxiliares a la actuación, entre las que se encuentran las líneas eléctricas, como apunta la Dirección General para la Biodiversidad. Efecto barrera sobre especies piscícolas migradoras, según exponen tanto la Dirección General para la Biodiversidad como la Dirección General de Montes y Conservación para la Naturaleza. Efectos sobre la pesca deportiva, según considera la Dirección General de Montes y Conservación para la Naturaleza.

Con fecha 10 de abril de 2006 se dio traslado al promotor de las respuestas recibidas.

3.2 Fase de información pública.-Con fecha 3 de octubre de 2006 se publica en el Boletín Oficial de Cantabria núm. 190 el anuncio de la Confederación Hidrográfica del Norte, sometiéndose a información pública el proyecto y el estudio de impacto ambiental. Transcurrido el plazo de información pública no se recibieron alegaciones.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.-El proyecto aprovecha las instalaciones existentes de un antiguo aprovechamiento hidroeléctrico, lo cual determina tanto la ubicación del proyecto como las características del azud y la traza del canal de derivación.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida.-Los principales efectos ambientales del proyecto, así como las principales medidas preventivas y correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental, se resumen a continuación:

Vegetación y paisaje:

Con el objeto de minimizar la afección a la vegetación de ribera, ésta será señalizada convenientemente. Se protegerán los troncos de los elementos arbóreos frente a posibles golpes o roces de la maquinaria.

Se procederá a la restauración de la vegetación que se vea afectada mediante plantaciones con especies autóctonas (alisos, sauces arbustivos y arbóreos, arces, etc.). Se revegetarán las áreas próximas al canal, así como la zona adyacente al regulador, con especies autóctonas con el objetivo de ocultar la caja de hormigón del nuevo canal

Régimen de caudales:

Uno de los principales impactos derivados de la construcción de un aprovechamiento hidroeléctrico se debe a la reducción del caudal circulante por el cauce entre el azud y el punto de devolución del caudal desviado, lo que se puede traducir en una afección negativa sobre la vegetación rupícola y la fauna piscícola fundamentalmente.

En este caso, se trata de un aprovechamiento preexistente en el que ya se detrae caudal del río Besaya, por lo que la alteración será menor. Como medida correctora, el estudio de impacto ambiental indica que se respetará un régimen de caudales ecológicos, calculado de acuerdo con metodologías contrastadas científicamente, que permita el mantenimiento de las comunidades biológicas y un correcto funcionamiento del ecosistema fluvial. En cualquier caso, durante la época de freza de la trucha (Noviembre-Febrero) se mantendrá en el tramo afectado un caudal no inferior al 20% del caudal medio interanual (1,6 m3/s) y al 10% (0,8 m3/s) durante el resto del año.

Fauna piscícola:

El azud supone una barrera en el paso de los ejemplares de trucha común procedentes del tramo medio del río Besaya que ascienden en sus migraciones hacia las zonas de freza de los afluentes de cabecera. Además, supone un obstáculo en el descenso de los juveniles de esta especie hacia las zonas de crecimiento situadas en el tramo medio del curso principal.

Se construirá un dispositivo de franqueo en el azud, del cual deberá informar favorablemente la Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza del Gobierno de Cantabria. Para evitar que los peces entren en la obra de toma, se instalará una barrera sónica de tipo BSP en la toma de agua, que produce un «campo de sonido» en el agua, con un radio de acción de 1-1,5 metros. El sistema a instalar se diseñará específicamente teniendo en cuenta el emplazamiento y las características del aprovechamiento proyectado. Además de la barrera sónica, en el interior del canal de alimentación, aproximadamente a unos veinte metros antes de la central, se instalará una reja de 2,15 m de ancho y 2,55 de longitud, compuesta de pletinas de 80x8 cada 80 mm entre ejes. En caso de plantearse necesario, una vez en funcionamiento el aprovechamiento hidroeléctrico, podrá instalarse otra barrera sónica para evitar el paso ascendente de peces por el canal de descarga de la central. En la programación de las obras se tendrán en cuenta las épocas críticas para las poblaciones piscícolas (periodos de desove y emergencia de juveniles), realizándose las obras en el periodo de estiaje. No se podrá actuar en el cauce en periodos críticos de reproducción de la trucha (Nov-dic-ene y feb). Cuando se realice la derivación del caudal actualmente circulante por el canal de alimentación se procederá a la recogida y traslado a zonas de similares características del río Besaya de la fauna que se pueda ver afectada por la disminución del caudal. Se realizará un seguimiento del posible riesgo de caída al canal de la fauna, para en caso necesario, adoptar las medidas correctoras precisas (cerramiento del canal, vallado, etc.).

Pesca deportiva:

Las obras que afectan al cauce del río y al caudal se realizarán fuera de la época hábil de pesca deportiva (trucha: Marzo-Julio)

4.3 Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras que a continuación se detallarán:

Impactos ambientales

Medidas correctoras

Vegetación y paisaje

Impacto sobre vegetación de ribera. Impacto visual de los nuevos elementos introducidos.

Señalización y protección de las vegetación de ribera. Operaciones de revegetación de las zonas afectadas por las obras.

Hidrología

Derivación de caudales.

Establecimiento de un caudal ecológico.

Fauna

Efecto barrera que supone el azud. Aumento de mortandad de la fauna piscícola derivado del funcionamiento de la turbina.

Escala de peces. Calendario de obras. Rejillas y barreras sónicas para impedir el paso de fauna piscícola.

Pesca deportiva

Afección a la pesca deportiva

Las obras que afectan al cauce del río y al caudal se realizarán fuera de la época hábil de pesca deportiva (trucha: Marzo-Julio)

5. Condiciones al proyecto

En función de la documentación generada a lo largo de este proceso de evaluación, además de las medidas propuestas por el estudio de impacto ambiental, se estima necesario incluir, a los solos efectos ambientales, las siguientes condiciones de protección ambiental específicas: El aceptable estado, tanto ambiental como hidráulico, del canal hace aconsejable reconsiderar la alternativa propuesta por el promotor del proyecto consistente en una intervención profunda sobre el mismo cajeando los 321 m del canal de alimentación y sustituyendo el canal actual por uno de hormigón de sección rectangular de 5,50 m de base y altura variable entre 1.40 y 1.56 m. En consecuencia, excepto que el promotor justifique razones técnicas que imposibiliten la viabilidad de la actividad, el proyecto desarrollara una solución que aproveche el canal actual y suponga una mínima intervención tanto en su lecho como en el entorno del propio canal.

El emplazamiento más adecuado para la instalación de una escala de peces en el azud actual es el estribo derecho, tal y como propone el estudio de impacto ambiental. No obstante, la morfología del cauce hace factible una intervención diferente a la propuesta por el estudio de impacto ambiental (escala de artesas o diques sucesivos) consistente en la recreación de una sección naturalizada del río con una mayor pendiente y con zonas de remanso, que permitiría remontar el azud a la fauna piscícola. En cualquier caso el azud actual precisaría de una redefinición de su coronación actual para dirigir el caudal a la escala de peces. En consecuencia, el proyecto incorporará el detalle de la escala de peces y de las intervenciones precisas en el actual azud. Estas actuaciones deberán ser aprobadas por la Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria previamente a la aprobación definitiva del proyecto. Igualmente, la Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria, deberá informar sobre la necesidad de incorporar una segunda barrera sónica para evitar el paso de peces al canal de descarga de la central. En caso de la citada Dirección General estime necesaria su instalación la misma deberá incluirse en el proyecto.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental

El estudio de impacto ambiental incluye un Plan de Vigilancia Ambietal para el cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras y correctoras contenidas en el estudio de impacto ambiental.

Se controlará que las obras se desarrollan de acuerdo con el proyecto autorizado y que los posibles impactos se corresponden con los previstos por el estudio de impacto ambiental. En caso de indentificarse algún impacto no previsto, se paralizarán las obras responsables de su aparición mientras se adoptan las medidas correctoras adicionales necesarias. El promotor remitirá al órgano sustantivo un informe con periodicidad trimestral durante el tiempo que dure la ejecución del proyecto, con la descripción de las acciones ejecutadas y con el grado de ejecución de las medidas preventivas y correctoras contenidas en el estudio de impacto ambiental. Se emitirá un informe en caso de que se presenten circustancias o sucesos excepcionales, y un informe final, donde se reflejarán todas las circustancias ocurridas en relación con los aspectos ambientales de las obras y las medidas correctoras realmente ejecutadas. Para la fase de explotación, se presentará un Programa de Vigilancia, en el que se detalle un sistema de control de caudales y se analice la eficacia de la escala de peces construida. Además se deberá vigilar la evolución del estado de la vegetación, la influencia de las variaciones de caudal, y la posible caída al canal de fauna, en cuyo caso deberían adoptarse las medidas correctoras precisas. También se deberá observar la necesidad de instalar una segunda barrera sónica con el objeto de evitar el paso de peces al canal de descarga de la central. Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA. Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 25 de junio de 2007, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Aprovechamiento hidrológico en el río Besaya, término municipal de Arenas de Iguña (Cantabria)» concluyendo que siempre y cuando que se autorice en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público y se comunica a Confederación Hidrográfica del Norte para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 26 de junio de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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