En el expediente de indulto de don José Fernández Pérez, condenado por la Audiencia Provincial, sección quinta, de Madrid, en sentencia de 21 de marzo de 2000, como autor de un delito de tráfico de drogas a la pena de nueve años y un día de prisión y multa por el importe de 6.268.500 pesetas, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de julio de 2007, dispongo:
Conmutar la pena privativa de libertad impuesta por otra de seis años de prisión a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 13 de julio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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