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Documento BOE-A-2007-14868

Resolución de 6 de julio de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del programa de difusión del DNI electrónico, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2007, páginas 33656 a 33659 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2007-14868

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Programa de Difusión del DNI electrónico, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 6 de julio de 2007.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE DIFUSIÓN DEL DNI ELECTRÓNICO EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 7 de junio de 2007.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. D. Benito Javier Mercader León, en su calidad de Consejero de Industria y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en la representación que ostenta y especialmente facultado para este acto en virtud de autorización por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 18 de mayo de 2007.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 28 de septiembre de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Consejería de Industria y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 9/2005, de 7 de mayo, de reorganización parcial de la Administración Regional, tiene entre sus fines el fomento y desarrollo de actuaciones orientadas a la incorporación de la Región a la Sociedad de la Información. Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

IV. El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su sesión de 15 de julio de 2005, aprobó el Plan para el desarrollo de la Sociedad de la Información 2005-2007, que tiene como objetivo «contribuir de manera efectiva a que la Región de Murcia consiga alcanzar los objetivos planteados por la Unión Europea para el año 2010 de constituirse en la economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo». Entre los objetivos que se establecen en el Plan, se recoge, entre otros, el de favorecer la alfabetización tecnológica de ciudadanos, profesionales y trabajadores en el uso de las tecnologías propias de la Sociedad de la Información. V. Que el Programa de Difusión del DNI Electrónico enmarcado en el área de actuación de confianza del Plan Avanza, pretende: a) aumentar el grado de concienciación, formación y sensibilización de los ciudadanos, empresas y AAPP, b) impulsar la identidad digital, y c) estimular la incorporación de la seguridad en las organizaciones como factor crítico para el aumento de su competitividad, promoviendo para ello la adopción de mejores prácticas. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán responder a alguna de las siguientes topologías:

Medidas de comunicación y divulgación del DNIe: Actuaciones centradas en reforzar la comunicación y la divulgación del DNIe como herramienta de seguridad de la información entre ciudadanos, empresas y administraciones. En particular, informar sobre los beneficios y la oportunidad que supone la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas y administraciones.

Medidas de impulso para la incorporación del DNIe: Actuaciones diseñadas para ayudar a la incorporación del DNIe en los procesos de negocio de las empresas y entidades públicas, para así facilitar y potenciar el desarrollo de servicios para los ciudadanos basados en el DNIe.

En virtud de lo expuesto, y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta adenda que se rige por los siguientes

ACUERDOS

Primero. Objeto.-El objeto de esta adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Programa de Difusión del DNI Electrónico en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el anexo de esta adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa de Difusión del DNI Electrónico en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia si lo solicita la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.-La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se compromete por la presente adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa de Difusión del DNI Electrónico en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa de Difusión del DNI Electrónico, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo, la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de la adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con fecha 28 de septiembre de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco. En particular,

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta adenda, directamente o a través de un ente de derecho público o una empresa pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Entre de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y los requisitos especificados en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las ayudas que se concedan al amparo de esta adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2007, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2007

Financiadores

Aportaciones económicas (€)

MITYC

270.481,00

CARM

221.302,64

Total Administraciones Públicas

491.783,64

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a la firma de la presente adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 270.481,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

El importe de 221.302,64 €, que la CARM debe aportar con objeto de atender a las actuaciones derivadas de la presente adenda, será con cargo al crédito consignado en la partida presupuestaria 16.02.00.521A.787.20, proyecto de inversión número 37171, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2007. Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar o modificar las actuaciones a realizar, incluyendo las modificaciones que se consideren necesarias en el Anexo de esta adenda, siempre que no suponga la alteración sustancial del objeto de la misma. Asimismo, corresponde a la Comisión el Control y Seguimiento del Programa de Difusión del DNI Electrónico la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Séptimo. Duración.-Esta adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de un año. Si bien su vigencia se someterá a la del convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Plan Avanza. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente adenda por triplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.-El Consejero de Industria y Medio Ambiente, Benito Javier Mercader León.

ANEXO Programa de difusión del DNI electrónico

Descripción de las actuaciones Actuación 1. Desarrollo de servicios para ciudadanos en la administración regional basados en el DNI electrónico

1. Descripción.

El objetivo, en el ámbito público regional, será impulsar la incorporación del DNIe en los servicios públicos telemáticos más cercanos al ciudadano y que tengan un mayor impacto y demanda. Se centrará en dar servicios que permitan a los ciudadanos utilizar el DNIe en trámites y gestiones que necesiten un certificado digital para su tramitación.

Estas acciones se complementarán con una campaña de difusión que permita al ciudadano conocer los servicios que la Administración regional pone a su disposición mediante la utilización del DNIe.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Número de aplicaciones.

Número de trámites realizados.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

MITYC

0,00 €

CARM

221.302,64 €

Total

221.302,64 €

El importe total será con cargo a la partida presupuestaria 16.02.00.521A.787.20, proyecto 37171, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2007. 4. Justificación de las inversiones y su plazo.

Año 2008

CARM

221.302,64 €

Total

221.302,64 €

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.

La Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información de la CARM.

6. Período de ejecución.

Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

Actuación 2. Desarrollo de servicios para ciudadanos en la administración local basados en el DNI electrónico

Descripción.

El éxito obtenido en el proyecto Molina Digital en el uso, por parte de los ciudadanos, de la tarjeta con certificado digital en más de 30 servicios ofrecidos por el Ayuntamiento de Molina de Segura nos lleva a trasladar esta experiencia a otros ayuntamientos de la región. Se centrará en dar servicios que permitan a los ciudadanos utilizar el DNIe en trámites y gestiones que necesiten un certificado digital para su tramitación.

Tipos de proyectos y actuaciones objeto de las ayudas:

Servicios, aplicaciones y equipamiento para una mejor administración electrónica en las corporaciones locales haciendo uso del DNI electrónico: Proyectos de implantación de herramientas o soluciones tecnológicas para la modernización de la gestión interna mediante procesos de autenticación o firma con DNI electrónico: servicios de intranet para empleados públicos, gestión de firma electrónica de documentos de expedientes administrativos, etc.

Actuaciones encaminadas a la puesta en marcha de servicios telemáticos dirigidos a ciudadanos, los cuales utilizarán el DNI electrónico para los procesos de autenticación o firma que dichos servicios requieran. Estas acciones se complementarán con una campaña de difusión que permita, al ciudadano, conocer los servicios telemáticos que las corporaciones locales ponen a su disposición y que necesitan la utilización del DNIe.

7. Medición con indicadores al final del desarrollo.

Número de ayuntamientos participantes

Número de aplicaciones. Número de trámites realizados.

8. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

MITYC

270.481,00 €

CARM

0,00 €

Total

270.481,00 €

El importe total será con cargo a la partida presupuestaria 16.02.00.521A.787.20, proyecto 37171, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2007. 9. Justificación de las inversiones y su plazo.

Año 2008

CARM

270.481,00 €

Total

270.481,00 €

10. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento del Convenio.

La Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información de la CARM.

11. Período de ejecución.

Esta acción se ejecutará durante los ejercicios 2007 y 2008.

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