Content not available in English

You are in

Documento BOE-A-2007-15428

Resolución de 25 de junio de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Abastecimiento a la futura Mancomunidad de Aguas de los núcleos colindantes a los embalses de Entrepeñas y Buendía (Cuenca y Guadalajara).

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2007, páginas 34751 a 34753 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-15428

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios de su Anexo III. El proyecto Abastecimiento a la futura Mancomunidad de Aguas de los núcleos colindantes a los embalses de Entrepeñas y Buendía (Cuenca y Guadalajara) se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el epígrafe A, Grupo 4 del referido Anexo II y por poder afectar a los lugares Natura 2000 LIC ES0000092 «Alto Tajo» y ZEPA ES4240016 «Alto Tajo». Al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, Esta Dirección General ha realizado un análisis cuyos elementos fundamentales son:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.-El objeto del proyecto es asegurar una dotación de agua de calidad con una nueva infraestructura que permita abandonar los actuales sistemas de abastecimiento de los núcleos colindantes a los embalses de Entrepeñas y Buendía. El proyecto permitirá paliar los déficits hídricos que sufre un sector muy amplio de la provincia de Guadalajara y Cuenca, debido a los frecuentes periodos de sequía que sufren estas zonas.

La descripción de las obras relacionadas con el proyecto es la siguiente:

Toma de agua en el río Tajo.

Estación de Bombeo de la Toma. Conducción de agua bruta. Balsa, Estación de Tratamiento de Agua Potable y Depósito principal o de cabecera: se encuentran en la zona norte del término municipal de Peralveche entre los parajes conocidos como Gallosal y La Sima. La balsa de forma cuadrangular, recibirá el agua del bombeo de la Toma y se situará junto a la ETAP. La ETAP se caracteriza por tener dos líneas de tratamiento: línea de aguas y línea de fangos. Red de conducciones en Alta: Con cuatro (4) líneas principales de distribución evitando así las zonas más montañosas del área de estudio, partiendo las dos últimas de la de mayor longitud. Estaciones de Bombeo: Cuentan con dos reimpulsiones apoyadas por tres depósitos de apoyo. Depósitos de distribución (4) y depósitos municipales(7). Líneas eléctricas de alta tensión: Para las distintas instalaciones que se proyectan para la mancomunidad será necesario alimentar eléctricamente el Bombeo de la toma, E.T.A.P., reimpulsión de Peralveche y reimpulsión de El Olivar. Caminos de acceso: Para la construcción de las instalaciones correspondientes a la toma del río Tajo, a la ETAP y a la impulsión de El Olivar y para hacerlos accesibles durante su funcionamiento, mantenimiento y conservación.

El proyecto se localiza en las provincias de Cuenca y Guadalajara para abastecer a distintos núcleos de población pertenecientes a los municipios que a continuación se citan.

Los municipios relacionados con el proyecto en la provincia de Cuenca son: Albendea, Arandilla del Arroyo, Buendía, Priego, Puebla de Don Francisco, Salmeroncillos, San Pedro Palmiches, Valdeolivas y Vindel. Los municipios relacionados con el proyecto en la provincia de Guadalajara son: Alcocer, Alhóndiga, Alique, Alocén, Arbeteta, Auñón, Berninches, Budia, Castilforte, Chillarón del Rey, Cifuentes, Durón, El Olivar, El Recuento, Escamilla, Fuentelencina, Mantiel, Millana, Pareja, Peñalver, Peralveche, Sacedón, Salmerón, San Andrés del Rey, Trillo y Valtablado del Río.

2. Tramitación y consultas.

El Ministerio de Medio Ambiente ha solicitado informe a todos los municipios afectados, así como a diferentes organismos e instituciones relacionadas con el proyecto. La relación de los ayuntamientos que han contestado y del resto de los consultados es la siguiente:

Relación de Consultados

Respuestas recibidas

D.G. para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente

X

D.G. de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Des. Rural de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha

X

Ayuntamiento de Arandilla del Arroyo

X

Ayuntamiento de Mantiel

X

Delegación del Gobierno en Castilla La Mancha

Diputación Provincial de Guadalajara

Ayuntamiento de Valdeolivas

X

ADENA

SEO

Universidad de Castilla-La Mancha. Facultad de Ciencias del Medio Ambiente

D.G. de Desarrollo Rural de la Consejería de Medio Ambiente y Des. Rural de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha

Ayuntamiento de Albendea

X

Ayuntamiento de Cifuentes

X

Ayuntamiento de Trillo

X

Diputación Provincial de Cuenca

D.G. de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha

X

D.G. del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente y Des. Rural de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha

Sociedad para la Conservación de los Vertebrados

Ecologistas en Acción

D.G. del Agua de la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha

El contenido ambiental de las respuestas recibidas es el siguiente:

Los ayuntamientos de Albendea, Arandilla del Arroyo y Valdeolivas consideran que las obras a realizar no inciden negativamente en el medio ambiente.

El ayuntamiento de Cifuentes indica que se han de valorar las afecciones del azud en el Parque Natural del Alto Tajo y propone medidas como la creación de pasos de fauna y revegetaciones. Indica también que se han excluido del proyecto las poblaciones de Cifuentes, Val de San garcía y Moranchel. El ayuntamiento de Mantiel propone modificar el proyecto realizando la toma de agua en el embalse de Entrepeñas en lugar de en las inmediaciones del Parque Natural del Alto Tajo, por afectar muy negativamente al ecosistema en ese tramo y por la detracción de los caudales previstos. Cuestiona las conducciones propuestas y los datos de población aportados. El ayuntamiento de Trillo informa de la existencia de la carta arqueológica de Trillo a la hora de valorar los bienes patrimoniales. Propone la toma de agua desde el azud de Azañon, ya existente, lo que evitaría la construcción de un nuevo azud en una zona tan sensible. La Consejería de Cultura de Castilla La Mancha indica que el promotor deberá realizar un Estudio de Valoración de Afecciones al Patrimonio Histórico previo al inicio de las obras. La Dirección General para la Biodiversidad propone realizar un Estudio de Impacto ambiental del proyecto, dónde se propongan medidas ajustadas a la protección de cada uno de los tipos de hábitat presentes en la zona de actuación, así como sobre las especies de fauna asociadas a éstos. Sugiere la necesidad de establecer un calendario de obras adecuado en función de la numerosa avifauna presente en la zona de obras. Propone, además, mantener un seguimiento adecuado a la finalización de las obras para la revisión o adecuación de las medias inicialmente planteadas. La Dirección General de Evaluación Ambiental de Castilla La Mancha informa de que no debería someterse el proyecto al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental si se cumplen las medidas preventivas y correctoras que se detallan en su informe. Entre estas medidas están las siguientes:

Medidas correctoras de las actuaciones sobre la vegetación.

Medidas correctoras de las actuaciones sobre la fauna. Medidas correctoras de las actuaciones sobre el suelo. Medidas correctoras de las actuaciones sobre las aguas. Actuaciones a contemplar en el Programa de Seguimiento y Vigilancia Ambiental. Detalle de informes adicionales a solicitar por el promotor.

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, se detectaron impactos sobre la dinámica fluvial, flora y fauna en el río Tajo por la construcción de un nuevo azud, potencial erosión y contaminación de los cauces presentes en el área de actuación, impactos sobre la vegetación, potencial afección al Águila Perdicera (Hieraaetus fasciatus) y la afección al Parque Natural del Alto Tajo por las actuaciones previstas en el interior del mismo. A la vista de lo cual, el promotor realiza modificaciones al proyecto según acredita su documentación de fecha 20 de abril de 2007, consistentes en:

Realizar la toma de agua en las infraestructuras ya proyectadas para la estación Hidroeléctrica de Carrascosa del Tajo, en la misma zona prevista, evitando la construcción de un nuevo azud en el río.

Excluir del proyecto todas las actuaciones que implican terrenos del Parque Natural del Alto Tajo o su Zona Periférica de Protección. Presentación de un Plan de Restauración de las áreas afectadas por el proyecto. Implementación de medidas para evitar procesos erosivos en las zonas cercanas a los cauces así como la contaminación de las aguas. Validación del trazado definitivo y el calendario de las obras por parte de la Consejería de Medio Ambiente de Castilla La Mancha, en relación con el Plan de Recuperación del Águila Perdicera, actualmente en elaboración.

3. Análisis según los criterios del Anexo III.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, y teniendo en cuenta el diseño finalmente adoptado para el proyecto, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986.

Características del proyecto:

El proyecto pretende crear nuevas infraestructuras para el suministro de agua potable a un número considerable de núcleos de población en una zona bastante amplia de las provincias de Cuenca y Guadalajara. Por lo tanto, el proyecto es apreciable en su magnitud, significando más de 300 km. de nuevas tuberías de conducción, dotación de nuevas líneas eléctricas para las estaciones de bombeo y la estación de tratamiento de agua, nuevos depósitos municipales de regulación y los caminos necesarios para acceder a estas instalaciones.

Sin embargo, las características del proyecto hacen que los potenciales impactos sobre el medio se produzcan en la fase de obra y sean mínimos en la fase de explotación. Esto, unido a la utilización de caminos e infraestructuras existentes a la hora de ubicar las nuevas instalaciones, junto con la escasa utilización de recursos naturales, lleva a considerar al proyecto como compatible con la protección del medio ambiente.

Ubicación del proyecto:

El proyecto, en una primera fase de diseño, proponía la ejecución de distintas instalaciones sobre terrenos del Parque Natural del Alto Tajo, que además forma parte de la Red Natura 2000 como LIC-ZEPA «Alto Tajo». Por otra parte, aledaños a las zonas de las infraestructuras proyectadas también se encuentran el LIC-ZEPA «Sierra de Altomira» y el LIC-ZEPA «Serranía de Cuenca».

Sin embargo, como ya se ha comentado antes, tras el proceso de análisis ambiental, el promotor ha descartado cualquier actuación en el Parque Natural del Alto Tajo. Por otro lado se han valorado como no apreciables las potenciales afecciones al resto de los espacios de la Red Natura 2000, no incidiendo ninguna de las infraestructuras previstas en su integridad. En el ámbito del proyecto también están presentes distintos hábitats de interés comunitario recogidos en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la flora y fauna silvestres. Con respecto a esta potencial afección, el promotor ha presentado un trazado de las conducciones y una ubicación de las instalaciones auxiliares y definitivas que aprovecha las infraestructuras existentes, acompañado por un Plan de Restauración de las áreas afectadas por el proyecto. Además, el soterramiento de las conducciones, que por otra parte suponen un porcentaje de ejecución muy importante con respecto al total del proyecto, permitirá devolver a la zona afectada su aspecto inicial.

Características del potencial impacto:

Después de las modificaciones del proyecto presentadas por el promotor como consecuencia del análisis ambiental del mismo, aún quedan una serie de potenciales impactos que pueden ser comunes a cualquier tipo de obra civil, que además se ejecuta en el medio natural: Contaminación atmosférica por ruido y polvo, potencial afección a los cauces naturales y las aguas, potencial afección a la fauna presente en la zona y potencial afección al Patrimonio Cultural.

Estos impactos potenciales quedan mitigados por las medidas preventivas y correctoras presentadas por el promotor, así como por las sugeridas por las entidades consultadas y aceptadas por el mismo. Entre éstas están:

Antes del inicio de las obras, el promotor presentará a la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la JCCLM, para su validación, un Calendario de Ejecución en el que se habrán considerado las épocas de cría y reproducción de las especies más sensibles de la fauna del entorno, un Plan de Restauración de las zonas afectadas por las obras con su valoración económica, un Plan de Prevención de Incendios con su valoración económica y un Plan de Vigilancia Ambiental con su valoración económica. Además se condicionará la ejecución de las obras a la autorización de descuaje de matorral o arbolado según la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza de la JCCLM, que deberá solicitar el promotor.

Antes del inicio de las obras se realizará un Estudio de Valoración de Afecciones al Patrimonio Histórico. Se controlarán las emisiones de polvo y gases procedentes de vehículos y maquinaria y se corregirá, si es necesario, con medidas como los riegos periódicos de las zonas de tránsito. Se controlará y evitará la llegada de contaminantes a las aguas durante la ejecución de las obras, jalonando convenientemente las zonas de obras y revisando la maquinaria a utilizar. Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 22 de junio de 2007, se concluye que el proyecto, en su versión modificada según se ha señalado con anterioridad, es viable ambientalmente al no observarse impactos adversos significativos, por lo que resuelvo:

No someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través de, Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 25 de junio de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid