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Documento BOE-A-2007-15729

Resolución de 28 de junio de 2007, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Consumo, por la que se prorroga la habilitación al «Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid» como laboratorio principal para la realización de la verificación primitiva CEE de contadores eléctricos de inducción, clase 2, en conexión directa, a tarifa simple o tarifas múltiples, destinados a la medida de la energía eléctrica activa en intensidad de corriente eléctrica monofásica y polifásica de frecuencia de 50 Hz.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 2007, páginas 35540 a 35540 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2007-15729

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-El Consorcio «Centro de laboratorios y Servicios Industriales de Madrid» está habilitado por la Dirección General de Industria, Energía y Minas como laboratorio principal para la realización de la verificación primitiva CEE de contadores eléctricos de inducción, clase 2, en conexión directa, a tarifa simple o tarifas múltiples, destinados a la medida de la energía eléctrica activa en intensidad de corriente eléctrica monofásica y polifásica de frecuencia 50 Hz. Segundo.-Durante el periodo de habilitación, el «Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid» ha cumplido con diligencia todas las tareas a él encomendadas. Tercero.-Una vez transcurrido el periodo de la mencionada habilitación, se presenta en el Registro de esta Dirección General solicitud de prórroga de la misma firmada por D. José Manuel López Mejías, en nombre y representación de la citada empresa. Cuarto.-Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, estima que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.

Fundamentos Jurídicos

Primero.-Es competente esta Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y el Decreto 115/2004, de 29 de julio, que establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, en relación con la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 de junio, por el que se modifica la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, y se establece el control metrológico CEE, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones concordantes. Segundo.-El Real Decreto 597/1988, de 10 de junio, por le que se regula el Control Metrológico CEE, regula en su título III la verificación primitiva CEE, indicando que la misma será realizada por Laboratorios oficialmente autorizados. Tercero.-La Directiva 76/891/CEE, del Consejo, de 4 de noviembre de 1976, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los contadores de energía eléctrica, regula las fases de aprobación de modelo CEE y verificación primitiva CEE para el tipo de contadores objeto de esta prórroga de habilitación. Cuarto.-Siguen concurriendo en el «Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid» las debidas garantías tanto técnicas como humanas para la realización de las mencionadas verificaciones primitivas CEE,

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Primero.-Conceder una primera prórroga de habilitación de laboratorio principal de verificaciones primitivas CEE de los contadores eléctricos de inducción, clase 2, en conexión directa, a tarifa simple o tarifas múltiples, destinados a la medida de energía eléctrica activa en intensidad de corriente eléctrica monofásica y polifásica de frecuencia 50 Hz. al Consorcio «Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid». La autorización tendrá una validez hasta el 28 de junio de 2012.

Contra esta Resolución, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Consumo de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 28 de junio de 2007.-El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

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