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Documento BOE-A-2007-16322

Resolución de 10 de septiembre de 2007, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se conceden becas de formación convocadas por Resolución de 28 de mayo de 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 13 de septiembre de 2007, páginas 37500 a 37502 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-16322

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 13 de junio de 2007, se publica en el B.O.E., Resolución de 28 de mayo de 2007, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se convocan becas de formación, regulada por la Orden SCO/3945/2006, de 14 de diciembre (publicada en el B.O.E. con fecha 27 de diciembre de 2006), conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 4.3 de la anteriormente citada. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se ha procedido a la valoración de las mismas por la Comisión de Evaluación de acuerdo a los requisitos y disposiciones exigidos en la citada Resolución de convocatoria, por lo que esta Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios dicta resolución con arreglo a los siguientes:

Hechos

Primero.-Con fecha 27 de diciembre de 2006, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden SCO/3945/2006, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria y concesión por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios de becas de formación.

Segundo.-Con fecha 13 de junio de 2007, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 28 de mayo de 2007, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se convocan 10 becas de formación. Tercero.-El plazo para la presentación de las solicitudes finalizó el día 6 de julio de 2007, recibiéndose 331, admitiéndose de ellas 330, desestimándose 1 por haberse presentado fuera de plazo. Cuarto.-Efectuada la evaluación de las 330 solicitudes admitidas por dicha Comisión, la misma ha formulado propuesta de adjudicación de las 10 becas de formación y que se recoge en el acta de la reunión de la Comisión de Evaluación de fecha 26 de julio de 2007, elevándose propuesta de Resolución de fecha 4 de septiembre por parte de la Secretaría General de la Agencia de Medicamentos y Productos Sanitarios a la Directora de la misma, en conformidad al artículo 24 de la Ley General de Subvenciones.

Fundamentos de Derecho

Competencia.-Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Estatuto de la Agencia, aprobado por Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, y el artículo 5.2 de la citada Orden SCO/3945/2006, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria y concesión por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios de becas de formación, al Director de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios le corresponde «la decisión y firma de los acuerdos o resoluciones que hayan de adoptarse por la Agencia». Motivación.-Según consta en el acta de la reunión de la Comisión de evaluación de 26 de julio de 2007, las 10 becas cuya concesión se propone, corresponden a las solicitudes que más se ajustan, a los requisitos exigidos en el anexo I de la Orden de convocatoria para cada una de las becas, y conforme a los criterios de valoración que se recogen en el apartado 6.2 de la Orden SCO/3945/2006, de 14 de diciembre y en el apartado 6.3 de la Resolución de convocatoria. Concesión.-Procede proponer, por tanto, la concesión de las becas convocadas a las diez solicitudes propuestas por la Comisión de Evaluación. En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Orden SCO/3945/2006, de 14 de diciembre, en la Resolución de 28 de mayo de 2007 y demás disposiciones aplicables, y conforme a la propuesta de resolución formulada por el Secretario General, resuelvo:

Conceder diez becas de formación de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en la cuantía indicada en el artículo 7 de la Orden 3945/2006 en la que se establecen las bases de convocatoria a los candidatos/as que figuran como titulares en el anexo A de esta Resolución.

Los adjudicatarios de las becas habrán de incorporarse a sus correspondientes Divisiones y Unidades de la Agencia de acuerdo a lo establecido en el apartado 5.2 de la citada Resolución de convocatoria.

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en el supuesto de silencio administrativo el plazo es de tres meses desde que se entienda la desestimación por silencio administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de tres meses desde la notificación o publicación si el acto es expreso. En caso de silencio administrativo el plazo es de tres meses desde que se entienda desestimada la solicitud en virtud del silencio.

Madrid, 10 de septiembre de 2007.-La Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, Cristina Avendaño Solá.

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