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Documento BOE-A-2007-17070

Resolución de 23 de agosto de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto «Modernización de los riegos de Cullera (Valencia)».

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 28 de septiembre de 2007, páginas 39663 a 39668 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-17070

TEXTO ORIGINAL

El proyecto al que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 9, apartado d), del anexo I del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 1.2, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, procediendo formular su declaración de impacto ambiental de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética.-El promotor del proyecto es la Sociedad Estatal de Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S. A. (Acuamed, S. A.) y el órgano sustantivo la Dirección General del Agua perteneciente al Ministerio de Medio Ambiente.

La Comunidad de Regantes de Cullera dispone de un área total de zona regable de 4.209 ha. En la actualidad no se utilizan los sobrantes del riego del arroz y tampoco hay presión suficiente para la implantación de riego por goteo. La existencia del cangrejo americano (Procambarus clarkii) en la zona, que realiza galerías en las acequias durante su ciclo vital, supone una disminución de la funcionalidad de las infraestructuras. El conjunto de obras del proyecto permitirán un ahorro de agua de unos 3,66 Hm3/año, permitiendo la sustitución del riego a manta por riego localizado en dos amplias zonas destinadas al cultivo de cítricos. La actuación se localiza en la Comunidad Valenciana, provincia de Valencia y comarca de la Ribera Baixa. Esta zona regable forma parte de los riegos de la Ribera Baja del Júcar, y se desarrolla cerca de su desembocadura, extendiéndose por ambas márgenes y regando terrenos ubicados en el término municipal de Cullera. La descripción del proyecto que se expresa en este apartado se corresponde con la alternativa seleccionada en el estudio de impacto ambiental (EsIA), la cual ha resultado modificada a lo largo del proceso de evaluación tal y como se indicará en la presente resolución.

Conversión a riego localizado de la zona de la Raconada, a ambas márgenes del río Júcar: La zona de la Raconada se divide en tres sectores para su puesta a riego localizado. En cada sector se proyecta una balsa enterrada, con llenado por gravedad y un sistema de bombeo para regular el suministro y proporcionar la presión adecuada en los puntos de servicio. La modernización supondrá un ahorro de agua de 2,39 Hm3/año.

En el siguiente cuadro se muestra la superficie de cada sector, el volumen de las balsas y la acequia desde donde se llenarían las balsas:

Sector

Superficie sector - (ha)

Volumen balsa - (m3)

Acequia

Raconada 1.

276,5

9.291

Dels Xops.

Raconada 2.

371,6

12.486,5

Del Rei.

Raconada 3.

201,8

6.781

Mare de la margen izquierda.

Conversión a riego localizado de la zona del Mareny de Cullera: En esta zona regable, que abarca una superficie de 424,4 ha, se proyecta una balsa de regulación y almacenamiento en la zona de Bassa Rassa, con un grupo de bombeo para regular el servicio y suministrar la presión adecuada en los hidrantes. La balsa, que se ejecutará enterrada, tomará agua de la acequia de San Salvador, llenándose por gravedad con un volumen de 14.230 m3. La modernización supondrá un ahorro de agua de 1,27 Hm3/año. Adecuación de la acequia de Les Mahomes: Consiste en la adecuación y acondicionamiento de la acequia mediante la instalación de una coraza con geomalla, con objeto de mejorar la eficiencia de riego de la acequia, así como aumentar la capacidad de los aliviaderos que transfieren el agua a los campos. La adecuación proyectada abarca una longitud total de 650 m, que se extendería desde el cruce con la carretera N-332 hasta aproximadamente unos 100 m pasado el cruce de la misma con la vía del tren. 2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.-El ámbito de actuación se localiza en el término municipal de Cullera (Valencia). La hidrología superficial viene determinada por una compleja red de acequias, que parten en su mayoría del río Júcar. La zona de actuación se sitúa sobre el detrítico cuaternario de la Plana de Valencia, perteneciente a la unidad hidrogeológica 8.26 «Plana de Valencia Sur».

La balsas, bombeos y líneas eléctricas de Bassa Rassa y Raconada 3 y la adecuación de la acequia Les Mahomes se localizan dentro del Parque Natural de L'Albufera, también catalogado como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) con el código ES0000023, espacios incluidos en la Red Natura 2000, además de estar reconocido como zona húmeda RAMSAR, Área de Importancia para las Aves (IBA) n.º 159 y dentro del grupo de albuferas y marjales del Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana. Asimismo la balsa, bombeo, y línea eléctrica de la Raconada 1 se sitúan muy próximos al LIC ES5232007 «Curso medio y bajo del Júcar» y la balsa, bombeo y línea eléctrica de la Raconada 2 se sitúan dentro de la Zona Húmeda «Marjal y Estany de la Ribera sur del río Júcar», incluida dentro del Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana. Dentro de estos espacios protegidos se encuentran hábitats naturales de interés comunitario recogidos en la Directiva 92/43/CEE, destacando la presencia de los siguientes hábitats prioritarios: 1150 «Lagunas costeras», 3170 «Estanques temporales mediterráneos», 6220 «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea» y 7210 «Turberas calcáreas del Cladium mariscus y con especies del Caricion davalIianae». Las singulares características de la zona de actuación han permitido la coexistencia de un gran número de especies de fauna protegida, destacando la posible presencia de ictiofauna como el Samaruc (Valencia hispanica), especie catalogada «en peligro de extinción» de acuerdo al Catálogo Valenciano de Fauna Amenazada (Decreto 32/2004, de 27 de febrero), y que cuenta con un Plan de recuperación aprobado por el Decreto 265/2004, de 3 de diciembre. Asimismo, existen varias especies de moluscos bivalvos como es el caso de Unio elongatulus y Potomida litoralis, catalogadas, respectivamente, «en peligro de extinción» y «vulnerable» de acuerdo con el Catálogo Valenciano de Fauna Amenazada, además de múltiples especies de anfibios, reptiles y aves catalogadas como «de especial interés» según el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (R.D. 439/1990, de 30 de marzo). Respecto a la vegetación, predominan los cultivos (arroz y cítricos) en detrimento de la vegetación natural, si bien en zonas no cultivadas y bordes de caminos y acequias se puede encontrar carrizo común, caña, juncia, junco, etc. En referencia al patrimonio arqueológico, son elementos de interés cercanos al proyecto las alquerías medievales de Alcorcox-Corcoix, Nora, Rafal-Mussa y Rafol. Es asimismo destacable la presencia en la zona de actuación de las vías pecuarias de Vereda de Nazaret a Gandía, Vereda de Alginet y Algemesí y Colada-Azagador de la Raconá. 3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. a) Entrada de la documentación inicial. La tramitación se inició el 6 de octubre de 2005, al recibirse el documento ambiental.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Con fecha de 21 de noviembre de 2005, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental inicia el período de consultas previas. En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la memoria-resumen:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente

-

Confederación Hidrográfica del Júcar. Ministerio de Medio Ambiente

X

Subdelegación del Gobierno en Valencia

-

Dirección General de Calidad Ambiental. Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana

-

Dirección General de Gestión del Medio Natural. Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana

X

Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano. Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana

X

Servicio de Medio Ambiente de la Diputación Valenciana

-

Ayuntamiento de Cullera

X

A.D.E.N.A

-

Ecologistas en Acción

-

Greenpeace

-

S.E.O

-

Amigos de la Tierra

-

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Hidrología: La Confederación Hidrográfica del Júcar indica que las actuaciones previstas mejorarán la eficiencia del riego y reducirán los recursos retraídos de la red fluvial, pero como se pueden reducir los aportes a zonas húmedas como la Albufera, se deberá realizar un adecuado seguimiento. Indica asimismo que el Plan de Vigilancia Ambiental debe incluir durante la fase de obras el control y vigilancia de los dispositivos temporales como zonas auxiliares, parque de maquinaria, etc., y de un plan de gestión de residuos. Durante la fase de explotación propone que se realice el control de pérdidas de agua en la red de riego por infiltraciones, seguimiento de la evolución de nutrientes y herbicidas en aguas superficiales, subterráneas y suelos, y el seguimiento de las operaciones de mantenimiento de las balsas y la acequia Les Mahomes.

Espacios protegidos: Al estar parte de las actuaciones dentro del Parque Natural de L'Albufera, que además está catalogado como LIC y ZEPA, se considera necesario obtener informe favorable preceptivo y vinculante del Consejo Directivo del Parque Natural, asimismo las acciones deben estar permitidas por el Plan Rector de Uso y Gestión o PRUG de dicho parque. El Consejo Directivo del Parque Natural de L'Albufera emite un escrito en el cual informa favorablemente la ejecución del acondicionamiento de la acequia de Les Mahomes, y desfavorablemente la ejecución de la balsa y bombeo de Raconada 3 dentro del Parque Natural de L'Albufera, considerando que esta infraestructura debería situarse fuera del ámbito territorial del citado Parque. Asimismo, considera necesario modificar la ubicación de la balsa y bombeo de Bassa Rassa, proponiendo situar la misma en la margen Este de la carretera CV-502, sobre suelo catalogado como área de uso agrícola-huerta. Vegetación: Se considera la alternativa más favorable para la fauna y flora la que mantenga los lechos y márgenes de tierra, y de no ser posible se debe elegir una opción que mantenga la interacción acequia-suelo. Será necesario la restauración y revegetación con especies autóctonas tanto de las acequias afectadas por las obras, como de los taludes exteriores de las balsas proyectadas. Fauna: Las márgenes de las acequias deben permitir la entrada y salida de fauna, para la que se estudiará la necesidad de crear pasos superiores. Asimismo los embalses evitarán que queden atrapados animales en su interior. Se establecerán limitaciones en los períodos de ejecución de las obras o en determinadas zonas en función de la fauna. Se indica que en el ámbito del Parque Natural, las líneas eléctricas deben ser enterradas. El Servicio de Conservación de la Biodiversidad de la Generalitat Valenciana considera que el proyecto puede afectar a la conservación de varias especies amenazadas como es el caso del samaruc y de los moluscos bivalvos Unio elongatulus y Potomida litorales, se debe por ello tener en cuenta el Plan de Recuperación del saramuc. Se considera que las soluciones como el revestimiento con coraza de geomalla, que no alteran los fondos y permiten el desarrollo de vegetación, pueden compatibilizar la conservación de los ecosistemas acuáticos. Patrimonio cultural: La Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano considera imprescindible la realización de una prospección arqueológica de la zona de actuación previa al inicio de las obras, con objeto de determinar la posible afección del proyecto sobre el patrimonio cultural, de acuerdo con la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. Del mismo modo indica que se debe recabar información relativa a elementos arquitectónicos y etnológicos en la zona. En cuanto al patrimonio paleontológico, esta Dirección General indica que no existen afecciones.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas.-El resultado de las contestaciones a las consultas se remite al promotor con fecha de 6 de abril de 2006, así como los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental. Posteriormente con fechas 26 de mayo de 2006, 15 de septiembre de 2006 y 6 de febrero de 2007, se envían contestaciones extemporáneas. 3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:

a) Información pública. Resultado. Se somete el proyecto y su estudio de impacto ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado número 185, de 4 de agosto de 2006, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 195, de 17 de agosto de 2006. Con fecha de 26 de abril de 2007, la Dirección General del Agua remite a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo, que comprende el proyecto informativo, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública.

Durante el período de información pública se recibieron dos alegaciones en relación con el proyecto, correspondientes ambas a la Comunidad de Regantes Sindicato de Riegos de Cullera. En dichas alegaciones se manifiesta lo siguiente:

El emplazamiento de las balsas Raconada 1 y Raconada 2 propuesto no resulta el más adecuado para el cumplimiento de la finalidad de las balsas, debiendo situarse en otras parcelas más cercanas al río Júcar, en concreto la de Raconada 1 en la zona cercana al bombeo de la Raconada, y la Raconada 2 en la zona de confluencia de la acequia del Molino de Bou y el Brazal del Cebollar. Asimismo, solicita que se incremente la capacidad de las balsas, para lograr una mayor capacidad de regulación de cada sector regable.

Considera que la solución adoptada para el acondicionamiento de la acequia de Les Mahomes no es la más adecuada para el uso y buena práctica agraria, solicitando la reconstrucción de las acequias en hormigón y adoptando las medidas medioambientales oportunas y con los mismos criterios adoptados en otras obras realizadas en la zona. El promotor, en su respuesta a las alegaciones presentadas, señala que la localización de las balsas proyectadas se estableció, de acuerdo con los usuarios, en los lugares más adecuados para dotar de regulación a los sectores regables, y que los nuevos emplazamientos propuestos presentan unas similares características medioambientales. Asimismo, indica que en el Proyecto Constructivo se tendrá en cuenta la posibilidad de incrementar el volumen de las balsas de cara a obtener beneficios adicionales, llevando a cabo los correspondientes estudios complementarios. La Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana considera en informes enviados que la alternativa seleccionada de coraza con geomalla para el revestimiento, es adecuada desde el punto de vista ambiental, al asegurar la relación acequia-sustrato y permitir el crecimiento de vegetación en los taludes, mientras que el revestimiento con hormigón no permite ese crecimiento y puede poner en peligro la conservación de varias especies amenazadas. Asimismo, el Consejo Directivo del Parque Natural de L'Albufera informa favorablemente la actuación de adecuación de la acequia de Les Mahomes, por lo que el promotor no considera viable la modificación de la solución adoptada para el revestimiento de la misma.

b) Modificaciones introducidas por el Promotor en el proyecto y estudio. Con fecha 6 de junio de 2007 el promotor presenta documentación complementaria en relación a la nueva ubicación y características de las balsas. De esta forma se incluyen las consideraciones indicadas por el Consejo Directivo del Parque Natural de L'Albufera en las consultas previas. La balsa y bombeo Raconada 3 se han desplazado fuera del Parque Natural de L'Albufera, a unos terrenos situados entre la acequia de Cullera y el río Júcar. La balsa y bombeo de Bassa Rassa se han desplazado a unos terrenos catalogados de Uso Agrícola-Huerta situados en el margen Este de la carretera CV-502. Asimismo se modifica el emplazamiento de balsa la Raconada 1, que se situará junto al río Júcar en su margen Este, en la zona denominada de la Raconá por la acequia que la atraviesa. Igualmente la balsa Raconada 2 se situará en la margen derecha del río Júcar, entre las acequias del Brazal del Cebollar y la del Molino del Bou.

Estas nuevas balsas se diseñan en el proyecto constructivo elevadas y tendrán las siguientes características:

Sector

Capacidad - m3

Acequia

Raconada 1

10.007,90

El Raconá .

Raconada 2

9.217,50

El Cebollar.

Raconada 3

14.698,20

Les Mahomes.

Bassa Rassa

16.567,21

San Salvador.

Las líneas eléctricas que alimentarán el bombeo de las balsas Raconada 3 y Bassa Rassa serán subterráneas al pasar por el límite y por dentro del Parque Natural de L'Albufera, siendo de 381 m y 550 m respectivamente. Raconada 1 dispondrá de una línea aérea de 340 m de longitud y Raconada 2 de una línea eléctrica aérea de 3.500 m de longitud, mientras que el tramo de 10 m que atravesará el Marjal y Estany de la Ribera Sur del Xúquer, se proyecta enterrado.

c) Consultas a Administraciones ambientales afectadas. Resultado. La Secretaría Autonómica de Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, emite informe recibido el 3 de julio de 2007 en relación al EsIA y la documentación complementaria posteriormente aportada por el promotor. En el informe se indica que la nueva disposición de las balsas y bombeos Raconada 3 y Bassa-Rasssa se ajustan a las consideraciones ya emitidas por Consejo Directivo del Parque Natural de la Albufera y no se observan nuevas afecciones de carácter ambiental en las nuevas ubicaciones propuestas. Tampoco se observan afecciones distintas a las iniciales en la variación de la ubicación de las balsas y bombeos Raconada 1 y Raconada 2. No obstante se indica que en la fase de replanteo de obras deberá realizarse un estudio de la zona afectada por la balsa Raconada 2 en la zona húmeda Marjal y Estany de la Ribera Sur del Xúquer. Asimismo tal como se indica en el EsIA, cualquier actuación en el ámbito del Parque Natural, deberá ser supervisado por la Dirección de dicho Parque. Con el fin de evitar nuevas afecciones a la Zona Húmeda o al Parque Natural, se deberá tener en cuenta los posibles efectos acumulativos o sinérgicos con obras de similares o distintas características. Con fecha 19 de julio de 2007 se recibe documentación del promotor en la que se indica que se tendrán en cuenta en el proceso de desarrollo y ejecución del proyecto las consideraciones establecidas por la Secretaría Autonómica.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.-En cuanto a las alternativas contempladas para el revestimiento de la acequia se ha estudiado mantener los canales sin revestimiento, emplear el revestimiento de escollera (rip-rap), geotextil, colchones o gaviones de recubrimiento y coraza con geomalla. En el análisis de alternativas se desestima la alternativa «0» o sin revestimiento ya que la situación provoca pérdidas en el recurso e imposibilita su correcta gestión, asimismo impide la conservación de las acequias a largo plazo debido a la existencia del cangrejo americano. Finalmente se selecciona la alternativa de coraza con geomalla, ya que se adapta a los condicionantes técnicos y ambientales necesarios. Esta tipología conserva la relación entre acequia y sustrato, permitiendo el crecimiento de vegetación en los taludes. Asimismo esta malla metálica acompañada con geomalla entrelazada que recubrirá los taludes, crea una doble red que forma una barrera para el paso de los cangrejos.

Respecto a la instalación de las líneas eléctricas se ha contemplado la opción de que sean aéreas o subterráneas. La alternativa elegida propone tendidos eléctricos aéreos en zonas de bajo valor ambiental y subterráneos en zonas de importancia biológica. 4.2 Cuadro sintético de relación entre los impactos previstos y las medidas correctoras.-Analizado todo el expediente del proceso de evaluación ambiental se determinan los siguientes impactos previstos y las medidas preventivas y correctoras propuestas:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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