En el expediente de indulto de don Antonio Manuel Santos Fernández, condenado por la Audiencia Provincial, sección sexta, de A Coruña con sede en Santiago de Compostela, en sentencia de 7 de mayo de 2003, como autor de un delito de lesiones causantes de deformidad, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de septiembre de 2007, dispongo:
Conmutar la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 10 de septiembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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