Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 27 de septiembre de 2007.-El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Fernando Puig de la Bellacasa Aguirre.
Acuerdo de la Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra en relación con la Ley Foral 17/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2007
La Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra, en su reunión celebrada el día 26 de septiembre de 2007 y de acuerdo con la propuesta del Grupo de Trabajo constituido por Acuerdo de la Junta de Cooperación de 27 de marzo de 2007, ha adoptado el siguiente Acuerdo en relación con las discrepancias surgidas sobre la Ley Foral 17/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2007:
1.º La Administración General del Estado y la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional, se reconocen mutuamente la competencia exclusiva de la Comunidad Foral en materia de régimen estatutario del personal funcionario y la competencia exclusiva del Estado para establecer los límites máximos de incremento de los gastos de personal al servicio del sector público, a los que tendrán que acomodarse las disposiciones de la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra.
2.º En el marco de las relaciones de colaboración entre la Administración General del Estado y la Comunidad Foral de Navarra, por parte de la Administración de la Comunidad Foral se remitirá, con anterioridad a su aprobación, el texto del proyecto de Presupuestos Generales de Navarra en materia de gastos de personal, a fin de cooperar en su adecuación a los criterios señalados en el punto anterior. 3.º Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Navarra. 4.º Comunicar este Acuerdo a la Presidenta del Tribunal Constitucional a los efectos oportunos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid