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Documento BOE-A-2007-17487

Resolución CMC/2285/2007, de 27 de junio, por la que se incoa expediente de delimitación de un entorno de protección de los Pabellones de la Finca Güell y del Palacio de Pedralbes, en Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 5 de octubre de 2007, páginas 40637 a 40637 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2007-17487

TEXTO ORIGINAL

Por Decreto de 24 de julio de 1969 (BOE de 20.8.1969) se declararon monumento histórico-artístico los Pabellones de la Finca Güell. Por Decreto de 3 de junio de 1931 (Gaceta de 4.6.1931) se declaró monumento histórico-artístico el Palacio de Pedralbes. El 16 de mayo de 2007 el director general del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente para la delimitación de un entorno de protección de estos monumentos; Vistos los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de delimitación de un entorno de protección de los Pabellones de la Finca Güell y del Palacio de Pedralbes, en Barcelona (Barcelonès). Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente administrativo.

2. Notificar esta Resolución a los interesados, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Barcelona, y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución. 3. Abrir un período de información pública, de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación en Barcelona, c. Muntaner, 221, 08036. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el mencionado expediente.

4. Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 27 de junio de 2007.-El Consejero de Cultura y Medios de Comunicación, Joan Manuel Tresserras i Gaju.

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