El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado c) 7.º del grupo 9 del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 1.2, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, y procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 4,1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:
1. Información del proyecto: Objeto y justificación. Localización. Promotor y Órgano Sustantivo. Descripción sintética.-El objeto del proyecto es la recuperación socio-ambiental y paisajística del paraje denominado «Islilla de la Barca» en la margen derecha del río Guadiana en el término municipal de Don Benito (Badajoz).
Este tramo del Guadiana está deteriorado como consecuencia de resultar afectado por una extracción de áridos, quedando como resultado dos grandes excavaciones en la margen del río, que posteriormente se cubrieron de agua, por lo que se han generado dos charcas, existiendo entre ambas una quebrada del río Guadiana. Las actuaciones pretendidas consisten en: el acondicionamiento de la quebrada del río, mediante la construcción de un dique, una zona hormigonada y zona de baño; acondicionamiento de los alrededores de las charcas mediante la limpieza de la vegetación, instalación de pesquiles, mobiliario, etc. y el acondicionamiento de la senda con adecuación del sendero y plantaciones. El promotor del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadiana siendo el órgano sustantivo esta misma Confederación Hidrográfica. A continuación se presenta un resumen de las actuaciones a desarrollar, desglosadas según elementos del proyecto:
Charca n.º 1: Limpieza manual de vegetación con motosierra y motodesbrozadora a lo largo de 290 m en la zona colindante con la quebrada del río Guadiana. Colocación de un pesquil flotante con pasarela.
Instalación de talanquera de madera de 600 m.
Charca n.º 2: Colocación de dos pesquiles flotantes con pasarela. Repoblación con 28.853 individuos de tenca (Tinca tinca). Instalación de talanquera de madera de 650 m. Quebrada del río: Construcción de dique de pedraplén de 50 m de longitud, colocando, a ambos lados del dique, una escollera de protección con un espesor medio de 50 cm. Extensión de capa de arcilla en el lado del dique en contacto con el río. Zona hormigonada de 5.000 m2. Siembra de césped rústico en 3.810 m2. Colocación de cartelería. Paso de agua a cielo abierto: Bombeo de agua desde la charca n.°1 a la zona hormigonada. Instalación de pasarela y paso de agua. Zona de mesas y barbacoas (0,9 ha): Limpieza de vegetación con motosierra y motodesbrozadora. Instalación de barbacoas, mesas, contenedores, etc. Plantación de 10 pies de Populus nigra y 10 pies de Fraxinus angustifolia. Zona de juegos infantiles (400 m2): Excavación mecánica de 40 cm de espesor en las zonas de seguridad de cada juego infantil. Instalación de juegos, mobiliario rústico y valla. Plantación de 6 pies de Fraxinus angustifolia. Senda (290 m): Limpieza manual y selectiva del margen izquierdo de la quebrada y nivelado de la misma. Construcción de escalinata. Instalación de mobiliario rústico. Zona de restricción de vehículos: Limpieza de terreno manual con motosierra y motodesbrozadora. Plantación de 5 pies de Populus alba y 4 de Fraxinus angustifolia. Edificio: (47,53 m2): Construcción de un edificio para aseos y almacén para mantenimiento. El saneamiento de los aseos irá conectado a un equipo de depuración en la trasera del edificio. Red de riego: Instalación de una red en las zonas de plantaciones y siembras.
2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.-El área de estudio está incluida en el valle fluvial del río Guadiana ocupando, en su tramo medio, parte de las Vegas Altas. La actuación se desarrolla en Dominio Público Hidráulico.
Los valores más relevantes del área de actuación son los relativos a:
Espacios protegidos de la Red Natura 2000 y taxones de la Directiva Hábitats
La zona de actuación, se encuadra dentro del Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) «Río Guadiana Alto-Zújar», con código ES4310026, dentro de la Red Natura 2000. Destaca por ser el mayor espacio estrictamente fluvial, que incluye un importante hábitat difícil de encontrar en Extremadura, que son los lagos eutróficos. También es reseñable la superficie de Bosques galería de Salix alba y Populus alba, así como de Galerías ribereñas termomediterráneas que alberga. Prácticamente todas las especies de peces están bien representadas, destacando el sábalo, saboga, boga de río, calandino, pardilla, jarabugo, barbo comiza y colmilleja. Existen asimismo importantes poblaciones de nutria, galápago europeo y galápago leproso. Destaca también la presencia de Marsilea strigosa. En la totalidad de dicho enclave se encuentran representados 20 elementos referidos en la Directiva Hábitat (9 son hábitats y 11 se corresponden con taxones del Anexo II). El hábitat de interés comunitario más destacado por su cercanía se encuentra a unos 150 metros del límite del paraje donde se va a desarrollar la actuación, y consiste en un polígono de Salicetum salvifolio-lambertianae con código 92A0 «Bosques galería de Salix alba y Populus alba». Pese a los anteriores datos hay que señalar que la zona de estudio, debido a que se corresponde con un entorno altamente modificado por las actividades extractivas llevadas a cabo con anterioridad, posee una reducida diversidad tanto en especies de flora como de fauna. Vegetación de ribera: Las formaciones de ribera presentan gran interés en la zona por su valor ecológico, acogen especies vegetales que requieren alto grado de humedad, y por ofrecer refugio y alimento a la fauna dentro de un entorno seco como es la cuenca del río Guadiana. Los bosques de galería igualmente destacan por su valor paisajístico y de control de la erosión. Se desarrollan especies de vegetación de ribera tales como fresno, taray, sauce blanco, repoblaciones del álamo negro, enea, carrizo, junco churrero, y numerosas herbáceas anuales. 3. Resumen del proceso de evaluación:
3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. 3.1.1 Entrada de documentación inicial. El 30 de septiembre del 2005 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) del Ministerio de Medio Ambiente, el documento comprensivo del proyecto «Adecuación medioambiental y social del paraje denominado Islilla de la Barca en el T.M. de Don Benito (Badajoz)» procedente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.-Con fecha 15 de febrero del 2006 se inicia el trámite de consultas previas en el que se informa del proyecto a 12 organismos entre administraciones públicas, ayuntamientos, asociaciones ecologistas, etc. El total de consultados se presenta en la siguiente tabla:
Relación de Consultados |
Respuestas recibidas |
Relación de Consultados |
Respuestas Recibidas |
Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente. |
X |
A.D.E.N.A. |
- |
Subdelegación del Gobierno en Badajoz. |
- |
Greenpeace |
- |
Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. |
X |
SEO/BirdLife |
- |
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura. |
X |
Amigos de la Tierra |
- |
Diputación Provincial de Badajoz. |
- |
Asociación para la Defensa de la Naturaleza de Extremadura (ADENEX). |
- |
Ayuntamiento de Don Benito. |
- |
Ecologistas en Acción Extremadura. |
- |
Un resumen de las principales sugerencias recibidas y organismos que las emiten es el siguiente: Espacios Protegidos de la Red Natura 2000. El proyecto se localiza en el LIC «Río Guadiana-Alto Zújar», tanto las obras como la explotación producirá una antropización del entorno con un incremento de la presencia humana que puede alterar los valores naturales que motivaron la declaración de dicha zona sensible.
Vegetación y Fauna. La posible afección a la calidad de los ríos puede afectar a los taxones de peces y resto de fauna que habita en el entorno o que esté utilizando la zona como área de alimentación, reposo y/o refugio. Además, los trabajos de acondicionamiento pueden alterar la orla de vegetación ribereña. Suelo y cursos fluviales. Las actuaciones pueden alterar la calidad de las aguas y el entorno de los cauces por generación de residuos o posible contaminación por efluentes u otros vertidos. Patrimonio cultural. En la Carta Arqueológica de Extremadura no se recoge ningún yacimiento, sin embargo, se indican una serie de medidas de protección arqueológica preventivas a llevar a cabo durante la fase de ejecución del proyecto. Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas. El resultado de las contestaciones a las consultas se trasladó al promotor el 12 de junio de 2006, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas, y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental. Con posterioridad el día 13 de julio del 2006 se envió copia de respuestas extemporáneas. 3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental El inicio del trámite de información pública del estudio informativo y estudio de impacto ambiental (EsIA) se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 17 de abril del 2007, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz del 20 de abril del 2007. Finalmente con fecha 19 de junio de 2007, tiene entrada en la DGCyEA el expediente de información pública y el estudio de impacto ambiental. Durante el periodo de información pública se han recibido un total de 3 alegaciones procedentes de la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura, y del Club Deportivo de Pescadores Dombenitenses. A continuación se incluye un resumen de los aspectos más relevantes:
La Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura considera que el EsIA ha tenido en cuenta las sugerencias emitidas en el trámite de consultas previas y que son procedentes las medidas preventivas y correctoras incluidas en dicho estudio. Por lo tanto esa Dirección General considera que se plantea adecuadamente la rehabilitación del área estudiada.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura emite informe favorable, ya que el EsIA asume las condiciones sugeridas en el trámite de consultas previas en cuanto a medidas preventivas de protección de los elementos culturales. El citado Club Deportivo indica que han realizado labores de acondicionamiento en una de las charcas que forman parte del proyecto mediante repoblaciones de varias especies de peces, así como arreglos y mejoras en camino y orillas. En su alegación sugieren varios cambios del proyecto a nivel constructivo y en cuanto a observaciones ambientales destaca la petición de coordinación de las obras, en concreto desbroces en orillas, para que no coincidan con la época de desove y alevinaje de las especies objeto de pesca en la zona. El promotor da respuesta a esta alegación indicando que se procurarán incorporar las peticiones a nivel de diseño del proyecto en su fase de ejecución y se incluye en el EsIA la temporalización de las obras supeditada a las épocas de especial sensibilidad faunística.
4. Integración de la evaluación:
4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.-En el EsIA se tienen en cuenta distintas opciones en cuanto al diseño de las actuaciones de acondicionamiento para la quebrada, las charcas y la senda proyectadas.
En todos los casos la primera alternativa considerada siempre es la alternativa cero o de no intervención. Debido a que la situación actual de la zona es de abandono y deterioro, se descarta esta alternativa como opción a elegir, ya que no se mejorarían ni potenciarían los valores ambientales de la zona. Asimismo al existir en la actualidad un uso social en el área, se considera conveniente su acondicionamiento para permitir la concentración de la población en los lugares habilitados al efecto. Para la quebrada se presentan, además de la alternativa cero, otras dos opciones que difieren básicamente en el tipo de dique a instalar, que puede ser de hormigón o pedraplén. Se opta por la solución de pedraplén debido a su menor afección al medio. Se colocará escollera a ambos lados del mismo para evitar posibles descalces, esta escollera en ningún caso se colocará en los taludes de la quebrada del río. En el diseño de las actuaciones de las charcas se plantean también otras dos soluciones añadidas a la alternativa de no actuación. Una de ellas opta por potenciar el uso social de la zona, fomentando su uso como lugar recreativo y de pesca, la otra promueve un acondicionamiento ambiental de la zona mediante plantaciones y delimitando las orillas de las charcas que presentan taludes de pronunciada pendiente. Puesto que es una zona con alta afluencia de público, ya que en ambas charcas se realiza la pesca principalmente de la tenca, se considera necesario llevar a cabo además de la restauración paisajística y ambiental la opción de desarrollar un acondicionamiento para el uso social de la zona. De esta forma el promotor indica que se conseguiría concentrar el uso público en un área que ya está alterada, y se conseguiría evitar la posible degradación de otras zonas mejor conservadas. En el caso de la senda, se plantea una única opción distinta a la alternativa cero, que consiste en acondicionar un sendero existente a lo largo de 290 m., y realizar plantaciones con especies autóctonas, dotando al paraje de una zona de paseo. 4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Los principales efectos ambientales del proyecto, sus causas, así como las medidas preventivas y correctoras propuestas, una vez consideradas las consultas previas, el estudio de impacto ambiental y las alegaciones recibidas en el periodo de información pública, se presentan a continuación según el elemento del medio que puede verse afectado. Todas las medidas de minimización de afecciones recogidas en este epígrafe, han sido incluidas por el promotor en el EsIA:
Espacios protegidos de la Red Natura 2000. Vegetación, Fauna y Hábitats de Interés Comunitario.
El EsIA recoge una serie de medidas preventivas y correctoras con el fin de minimizar las alteraciones que puedan provocar la circulación de maquinaria, el movimiento de tierras, la construcción de la zona hormigonada y la apertura de senda. Para ello no se localizarán las zonas auxiliares, parques de maquinaria, acopios de material, zonas de vertedero, etc. en zonas de exclusión como son el LIC «Río Guadiana Alto-Zújar», y hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE. Igualmente distingue zonas restringidas, que admitirán instalaciones de carácter temporal, que se incluirán dentro de las labores del proyecto de restauración ecológica y paisajística. En las zonas admisibles se establecerán las instalaciones y elementos de carácter permanente. Tal como indica el promotor se tendrá en cuenta el manual de buenas prácticas ambientales. Se utilizarán caminos ya existentes para el viario de la obra, se restaurarán los caminos, elementos singulares y servicios afectados. Las obras se realizarán en periodo diurno. Asimismo todas las labores sobre la vegetación se realizarán de forma manual con motodesbrozadora, motosierra, etc. Para la realización de las labores de desbroce se seguirá un cronograma de actuación. Dichos trabajos se ejecutarán en aquellos meses en que no se solapen con las épocas críticas del ciclo biológico de las especies de fauna del entorno de actuación, quedando las obras limitadas al periodo comprendido entre los meses de agosto y febrero, ambos inclusive. Asimismo, se limitarán y marcarán mediante estacas y balizas señalizadoras las zonas auxiliares, y caminos a utilizar, así como los ejemplares vegetales singulares y las formaciones que se encuentren incluidas en la Directiva Hábitats o sean susceptibles de albergar fauna de interés. En lo que se refiere a medidas específicas para la fauna el EsIA incluye la comprobación previa a las obras de la no existencia de nidos y madrigueras en la zona de actuación, la recuperación de hábitats mediante revegetación con especies autóctonas y la instalación de varios tipos de cajas nido destinadas a paseriformes entre los meses de diciembre y enero. Puesto que la mayoría de la fauna inventariada en la zona de estudio tiene como época crítica de su ciclo biológico los meses de marzo a julio, ambos inclusive, se recoge en el EsIA que se van a restringir y paralizar las actuaciones que puedan generar alteración de la calidad de las aguas y afección a la fauna piscícola, llevándolas a cabo fuera del periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de agosto. Del mismo modo se evitarán los movimientos de tierra que afecten al lecho del cauce durante el periodo reproductor de los anfibios de la zona. Asimismo durante las obras se facilitará un caudal suficiente de agua que asegure el normal desarrollo de la fauna acuática existente. Finalmente, el EsIA indica que se cumplirá lo establecido en el Decreto 54/1996, de 20 de abril, en el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura con el fin de minimizar los riesgos de incendios.
Restauración e integración paisajística: Como parte de las medidas destinadas a la recuperación de hábitats y mejora del paisaje cabe destacar las labores de revegetación, adecuación de terrenos y restitución de caminos que forman parte de la restauración proyectada en el EsIA. Las zonas objeto de restauración serán aquéllas con instalaciones de carácter temporal durante las obras, caminos de acceso y las que en la actualidad están degradadas por las actividades extractivas que sufrió el río con anterioridad.
En la zona de esparcimiento y alrededores de las charcas se realizarán plantaciones que incluyen: extendido de tierra vegetal; hidrosiembras; plantación por módulos de especies autóctonas edafohidrófilas procedentes de viveros acreditados, como son el álamo negro, sauce, fresno y taray. Se realizarán asimismo labores de mantenimiento que incluirán riegos, tratamientos fitosanitarios y abonados. Durante la obra y en concreto en la realización de los aseos y la zona de retención de vehículos, se utilizarán materiales con texturas y colores acordes con el entorno con objeto de disminuir la intrusión visual de las obras en el entorno. Suelo y cursos fluviales: El EsIA indica que se realizará una adecuada gestión de los residuos y desechos, tanto líquidos como sólidos, cumpliendo la normativa vigente y evitando la contaminación de suelos y agua. Los materiales sobrantes serán llevados a vertederos autorizados con planes de restauración aprobados, siendo el más cercano en situado en Don Benito. Los movimientos de tierra o remociones del lecho, las labores de hormigonado y el trasiego de maquinaria cerca del cauce pueden provocar turbidez o contaminación de las aguas. Para evitar esta afección se realizarán las excavaciones en secciones secas mediante ataguías o tablaestacas y se utilizarán diques provisionales. Del mismo modo se realizarán los trabajos de hormigonado y construcción del dique durante la época de estiaje y durante las obras nunca se interrumpirá la libre circulación de las aguas. Patrimonio cultural: La Carta Arqueológica de Extremadura no recoge ningún yacimiento en la zona afectada por el proyecto. El EsIA indica que se realizará una prospección arqueológica intensiva con carácter previo a la ejecución del proyecto. En el caso de que se detectara durante las obras la presencia de restos arqueológicos, se pondrá en conocimiento de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura y se tendrán en cuenta las medidas de protección propuestas por esta Dirección General. 5. Especificaciones para el seguimiento ambiental.-El EsIA incluye dentro del programa de vigilancia ambiental los indicadores y criterios de seguimiento para el control de las afecciones y la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas, tanto durante la fase de construcción como durante la fase de explotación. Serán objeto de vigilancia el jalonamiento de la zona de ocupación, la protección de la calidad del aire, la conservación de los suelos, la protección de los sistemas fluviales y de la calidad de las aguas, la protección y restauración de la vegetación y de la fauna, la protección del medio socioeconómico y la protección del patrimonio histórico-artístico. Este programa incluye la verificación de los estándares de calidad del proyecto de integración ambiental, la detección de impactos no previstos, y la realización de informes que recojan los resultados del seguimiento. Se nombrará al responsable de la Dirección Ambiental de la Obra que se encargará de la correcta adopción y seguimiento de las medidas de integración ambiental, así como de la emisión de los informes y cumplimiento de la presente Declaración de Impacto Ambiental. Finalmente, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el Boletín Oficial del Estado en el que se publica la presente Declaración de Impacto Ambiental.
Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 23 de agosto 2007 formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto adecuación mediambiental y social de la zona denominada Islilla de la Barca, t.m. Don Benito (Badajoz), concluyendo que siempre y cuando que se autorice en la alternativa y con las medias anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.
Lo que se hace público y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Guadina para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.
Madrid, 24 de agosto de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.
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