En el expediente de indulto de don Manuel Salvador Argumedo Villalba, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Madrid, en sentencia de 26 de junio de 2000, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de nueve años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 4.300.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de septiembre de 2007,
D I S P O N G O :
Conmutar la pena privativa de libertad impuesta por otra de seis años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de nueve años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 14 de septiembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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