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Documento BOE-A-2007-1801

Resolución de 13 de diciembre de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el «Proyecto de la actuación U17 de restauración de riberas del río Gállego. Tramo: Autopista A2-Desembocadura del río Gállego en la provincia de Zaragoza», promovido por el Ayuntamiento de Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 27 de enero de 2007, páginas 3997 a 3999 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-1801

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental establece, en el artículo 1.3, que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del Anexo III. El «Proyecto de la actuación U17 de restauración de riberas del río Gállego, tramo Autopista A2-Desembocadura del río Gállego, en la provincia de Zaragoza», se encuentra en este supuesto por poder afectar a espacios incluidos en la Red Natura 2000, tales como los LIC´s «Sotos y mejanas del Ebro» (ES2430081) y «Bajo Gállego» (ES2430077). Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El proyecto se engloba dentro de una serie de actuaciones para mejorar las riberas de los ríos Ebro, Huerva y Gállego y del Canal Imperial, todos ellos dentro del término municipal de Zaragoza, con motivo de la próxima EXPO 2008 que se celebrará en Zaragoza. La actuación tiene por objeto la protección y mejora del río Gállego para su integración en la zona periurbana de la ciudad de Zaragoza. Se pretende la regeneración de su bosque de ribera, la protección de las márgenes inestables y degradadas y la naturalización del río. La actuación afectará a las riberas del río en el tramo que va desde el puente de la autopista AP-2, hasta la desembocadura del río en el Ebro, incluyendo el tramo de conexión de la margen derecha del Gállego con la ribera izquierda del Ebro. La longitud del tramo afectado es de unos 3300 m y transcurre por zona periurbana. El proyecto de mejora se presenta dividido en cinco zonas de actuación. En todas ellas se realizarán obras de:

Regeneración de riberas mediante repoblación, desbroce y eliminación de ramas y árboles muertos.

Limpieza de márgenes y riberas de escombros, árboles caídos. Cierre de caminos que no tengan servidumbre al paso de vehículos particulares. Instalación de paneles informativos y mojones de referencia.

De igual modo, según las zonas se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:

Zona 1: entre el puente de la A-2 y el de Sta. Isabel.

Retranqueo de la margen derecha, con la consiguiente eliminación de una de las líneas de defensa existentes. Creación área de especies de monte. Limpieza de acequias existentes.

Zona 2: 550 m aguas abajo del puente de Sta. Isabel.

Creación de un parque en el que se integre una zona de juegos ya existente. Creación área de plantas aromáticas. Acondicionamiento de la explanada de aforo. Creación de pasarela que conecte los dos márgenes. Acondicionamiento de la rotonda de acceso al camino paralelo al cauce.

Zona 3: punto anterior hasta zona de bifurcación de caminos en margen derecha.

Apertura de miradores al río como zonas de descanso y recreo. Creación área de plantas agrícolas.

Zona 4: últimos metros del Gállego hasta llegar al Ebro.

Apertura de miradores al río y observatorio de aves. Pasarela de acceso a la desembocadura. Creación de un parque y una zona de aparcamiento. Protección de un tramo de talud que se encuentra erosionado, por medio de escolleras revegetadas.

Zona 5: espacio entre margen derecha Gállego, en desembocadura, hasta conectar con ribera izquierda del río Ebro.

Revegetación o continuación del soto ya existente. Integración del río con los barrios colindantes. Canalización del tramo de desagüe entre el puente de la autopista y el del ferrocarril. Carril bici y zona de aparcamiento.

El promotor del proyecto es el Ayuntamiento de Zaragoza y el órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Ebro.

2. Tramitación y Consultas

De acuerdo con el artículo 1.5 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, la Confederación Hidrográfica del Ebro remitió, con fecha 21 de junio de 2006, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente (DGCyEA), la documentación relativa al proyecto, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Así mismo, se adjunta escrito elaborado por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), donde tras analizar el proyecto y exponer que con la ejecución del mismo no se prevén afecciones significativas sobre Red Natura 2000; se informa favorablemente a la ejecución del proyecto de restauración. Con fecha 18 de octubre de 2006 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental consultó a los siguientes organismos y entidades:

Relación de Consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente.

-

Confederación Hidrográfica del Ebro.

-

Dirección General del Patrimonio Cultural. Consejería de Educación y Cultura. Gobierno de Aragón.

X

Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA). Departamento de Medio Ambiente. Gobierno de Aragón.

X

Centro Regional de Investigaciones y Desarrollo del Ebro.

-

Ecologistas en Acción Aragón.

-

Sociedad de Conservación de los Vertebrados.

-

ADENA.

-

SEO/BirdLife.

-

Ayuntamiento de Zaragoza.

X

El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) informa que las obras se van a desarrollar en la parte final del río Gállego, zona de escaso valor ambiental y muy influenciada por la actividad urbana de la ciudad de Zaragoza. Considera de interés, que se cause la menor afección posible a la vegetación natural de la zona. Expone que dada la tipología del proyecto y lo antropizado de la zona de actuación, no se prevén afecciones significativas sobre los espacios de la Red Natura 2000 ni sobre los Hábitats de Interés Comunitario, que existen en la zona. El Ayuntamiento de Zaragoza informa que el proyecto, tiene su origen en un convenio firmado con el Ministerio de Medio Ambiente para la recuperación de riberas del río Gállego, con motivo de la Expo 2008. Adjunta informes favorables a su ejecución, emitidos por el Área de Servicios Públicos del mismo Ayuntamiento y del INAGA. La Dirección General de Patrimonio Cultural. Departamento de Educación y Cultura. Gobierno de Aragón considera suficientes las medidas de protección al patrimonio arqueológico y etnográfico, presentadas en el proyecto. No estima necesario que el proyecto, sea sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Para mayor protección al patrimonio arqueológico aragonés propone, la realización de un control y seguimiento arqueológico de todos los movimientos de tierra que se produzcan. Estas actuaciones deberán ser realizadas por técnico cualificado y bajo su supervisión.

3. Análisis según los criterios del Anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986.

Características del proyecto: En el desarrollo del proyecto, no se dará un incremento reseñable en la utilización de recursos naturales. Se generarán residuos en la eliminación de ciertas obras de fábrica, con la limpieza de las acequias existentes y durante la construcción y acondicionamiento de diversas áreas. Todos ellos serán adecuadamente tratados y trasladados a vertedero. No se prevé incremento en la contaminación ambiental de la zona. Ubicación del proyecto: El tramo inicial, está incluido en el ámbito territorial de aplicación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de los Sotos y Galachos del Ebro. Asimismo, el tramo de la desembocadura afecta al LIC «Sotos y Mejanas del Ebro» (ES2430081). Hay que destacar, que los tramos objetos de actuación transcurren cercanos a zonas urbanas, encontrándose muy transformados por la actividad humana. Se tratan en su mayoría de huertas existentes junto al cauce, o zonas degradadas de escombreras y fuertes taludes. La vegetación presente en la zona es casi en su totalidad de repoblación.

Según el informe remitido por el INAGA, no se prevén afecciones significativas sobre los espacios pertenecientes a Red Natura 2000 ni sobre Hábitats de Interés Comunitario. Características del potencial impacto: Durante la fase de obra se producirán afecciones ambientales de ámbito local, restringido y recuperable, que serán mitigadas con el cumplimiento de las medidas correctoras y protectoras contempladas en la documentación presentada. Con el proyecto, se pretende regenerar el medio y adecuarlo al uso público. Teniendo en cuenta todo ello y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 12 de diciembre de 2006, se concluye que el proyecto es viable ambientalmente, al no observarse impactos adversos significativos, por lo que

4. Resuelvo

No someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 13 de diciembre de 2006.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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