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Documento BOE-A-2007-18230

Resolución de 24 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Castilla y León para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas, aulas de la naturaleza y centros de educación ambiental durante 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 18 de octubre de 2007, páginas 42445 a 42448 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-18230

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Castilla y León para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas, Aulas de la Naturaleza y Centros de Educación Ambiental durante 2007, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 24 de septiembre de 2007.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS, RUTAS CIENTÍFICAS, AULAS DE LA NATURALEZA Y CENTROS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL, DURANTE 2007

REUNIDOS

De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación y Ciencia, en virtud del Real Decreto 464/2006, de 10 de abril y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, en representación de la Comunidad de Castilla y León, el Sr. don Juan José Mateos Otero, Consejero de Educación de la Junta de Castilla y León, nombrado por Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, en ejercicio de la competencia referida en el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Reconociéndose que ostentan capacidad para formular el presente convenio

EXPONEN

Que el artículo 149.1.30) de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, y reformado por las Leyes Orgánicas 11/1994, de 24 de marzo y 4/1999, de 8 de enero, establece en su artículo 35 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30) y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía. Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación encomienda al Estado la promoción de programas de cooperación territorial dirigidos a alcanzar objetivos educativos de carácter general, a favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como a contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. La Ley determina, asimismo, que los referidos programas podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos con las diferentes Administraciones educativas competentes. Que de conformidad con esta normativa el Ministerio de Educación y Ciencia y la Junta de Castilla y León han venido colaborando desde hace años en diversos programas de cooperación territorial. En el año 2007 esta colaboración se extenderá a los siguientes programas:

Rutas Literarias,

Escuelas Viajeras, Rutas Científicas, Aulas de Naturaleza y Centros de Educación Ambiental.

Para poder realizar estos Programas, se hace preciso articular la colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Castilla y León en dicho año 2007.

Consecuentemente con todo lo anterior, el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Castilla y León, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio para la ejecución de dichos Programas conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.-Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Castilla y León de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo para llevar a cabo los Programas de Cooperación Territorial de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas, Aulas de Naturaleza, y Centros de Educación Ambiental durante el año 2007.

Segunda. Desarrollo de los programas.-El Ministerio de Educación y Ciencia convocará en régimen de concurrencia competitiva ayudas para participar en los programas que se relacionan en la cláusula anterior. Estas ayudas se librarán una vez resueltas las citadas convocatorias. Asimismo, contratará la organización y prestación del transporte durante el desarrollo de los programas de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas y Centros de Educación Ambiental y el seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes en todos los programas. La Comunidad de Castilla y León, por su parte, difundirá entre los centros docentes la oferta de los programas y efectuará la selección de los participantes de su comunidad de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria. Del mismo modo, la Comunidad de Castilla y León llevará a cabo la organización de estos programas en Castilla y León. Con excepción del programa de Aulas de Naturaleza, los alumnos participarán en las actividades acompañados por profesores de los que les imparten clase habitualmente, en el número que se establezca en la correspondiente convocatoria, que prepararán la actividad previamente con los alumnos, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de sus alumnos. Todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto de 2007 recogidos en el presente convenio están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes. Por parte del Ministerio de Educación y Ciencia las aportaciones en 2007 ascenderán a un máximo de 252.627,88 euros con el desglose por programas que se indica a continuación.

1. Rutas Literarias.-El desarrollo de este Programa se atendrá a lo acordado en el Convenio suscrito entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Castilla y León con fecha 28 de noviembre de 2003.

Para el curso 2006-2007, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

Alumnos y profesores participantes: Número máximo de grupos, de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de la Comunidad de Castilla y León que participarán en el Programa: 6 grupos.

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y 2 profesores, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta literaria» de la Comunidad de Castilla y León: 6 grupos.

Recursos financieros:

A) Por parte del Ministerio de Educación y Ciencia: a) Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la «Ruta literaria» establecida en dicha Comunidad.

Total aportación M.E.C. 31.190,40 euros. b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, que ascienden a un total de 14.192,00 euros.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante el curso 2006/2007, por Orden de 27 de diciembre de 2006. La Junta de Castilla y León ingresó el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilitó el crédito recibido en su presupuesto de 2007, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B) Por parte de la Comunidad de Castilla y León: La Comunidad de Castilla y León aportará los gastos de funcionamiento del programa en instalaciones propias.

2. Escuelas Viajeras.-El desarrollo de este Programa se atendrá a lo acordado en el Convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Junta de Castilla y León con fecha 28 de diciembre de 2000.

De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa de Escuelas Viajeras se desarrollará durante el año 2007 con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

Alumnos y profesores participantes: Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor procedentes de la Comunidad de Castilla y León que participarán en otra ruta: 72.

Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán las rutas de la Comunidad de Castilla y León:

Ruta de Burgos: 18.

Ruta de León: 18. Ruta de Salamanca: 24. Ruta de Soria: 24.

Recursos financieros:

A) Por parte del Ministerio de Educación y Ciencia: a) Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes en las rutas de dicha Comunidad: Etapa de Primavera: Ruta de Burgos: 8.291,490 euros.

Ruta de León: 8.237,575 euros. Ruta de Salamanca: 10.628,830 euros. Ruta de Soria: 13.378,315 euros.

Etapa de Otoño:

Ruta de Burgos: 8.291,490 euros.

Ruta de León: 8.237,575 euros. Ruta de Salamanca: 10.628,830 euros. Ruta de Soria: 8.026,989 euros.

Para sufragar gastos diversos que se originen en el desarrollo de las rutas. Total:

Etapa de primavera: Ruta de Burgos: 591,060 euros.

Ruta de León: 782,585 euros. Ruta de Salamanca: 1.047,650 euros. Ruta de Soria: 1.458,335 euros.

Etapa de otoño:

Ruta de Burgos: 591,060 euros.

Ruta de León: 782,585 euros. Ruta de Salamanca: 1.047,650 euros. Ruta de Soria: 875,001 euros.

Total aportación M.E.C. rutas de Castilla y León: 82.897,02 euros. b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, librará a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, que ascienden a un total de:

Etapa de primavera: 75.407,00 euros.

Etapa de otoño: 53.769,00 euros. Total: 129.176,00 euros.

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento que corresponden a la campaña de primavera no suponen coste para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas parcialmente las ayudas para participar en el programa por Orden de 27 de diciembre de 2006.

Los gastos y ayudas de la campaña de otoño, se financiarán por el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los presupuestos de 2007.

B) Por parte de la Comunidad de Castilla y León: Los gastos correspondientes al mantenimiento de las aulas en instalaciones propias de la Comunidad, necesarios para garantizar la adecuada prestación del servicio. 3. Rutas Científicas.-Descripción del programa: El programa «Rutas científicas» consiste en que grupos compuestos por 2 profesores y 20 a 24 alumnos que cursen estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en centros públicos ordinarios de la Comunidad de Castilla y León, recorran los itinerarios del Programa educativo «Rutas científicas» establecidos en otras Comunidades Autónomas. Durante la actividad los alumnos de la Comunidad de Castilla y León convivirán con alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas.

Por su parte, grupos procedentes de otras Comunidades y Ciudades Autónomas recorrerán la «Ruta Científica» de la Comunidad de Castilla y León. La «Ruta Científica» tendrá una duración de una semana, girará en torno a distintos temas de interés científico y tendrá como objetivo complementar la formación que se imparte en el aula, ofreciendo a los alumnos que la recorran un mejor conocimiento de la Comunidad de Castilla y León. El programa de 2007 se desarrollaría en la primavera del curso 2006/2007 y el otoño de curso 2007/2008.

Compromisos de las partes.

Corresponderá al Ministerio de Educación y Ciencia: 1. Asegurar, mediante la cofinanciación con la Comunidad de Castilla y León, el alojamiento, manutención y desarrollo de las actividades de los participantes.

2. Coordinar y supervisar las actividades relacionadas con el desarrollo del programa elaborando las oportunas instrucciones para la participación. 3. Determinar el itinerario y fechas concretas de participación de los alumnos procedentes de la Comunidad de Castilla y León, en función de la distribución prevista en la convocatoria de ayudas.

Corresponderá a la Comunidad de Castilla y León:

1. Diseñar en colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, la «Ruta científica», proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos a las restantes Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la debida coordinación en su desarrollo.

2. Asegurar, mediante la cofinanciación del Ministerio de Educación y Ciencia, el alojamiento, manutención y desarrollo de las actividades de los participantes. 3. Poner a disposición del programa un coordinador responsable tanto de la participación de los grupos procedentes de otras comunidades y ciudades autónomas, como de los grupos de la Comunidad de Castilla y León. 4. Poner a disposición del programa el personal de apoyo que resulte necesario que como mínimo incluirá un responsable que acompañará a los grupos durante el desarrollo de todas las actividades. 5. Adoptar las medidas que resulten necesarias para garantizar el correcto desenvolvimiento de las actividades ya sean las visitas programadas, el transporte durante la ruta, que en ningún caso deberá sobrepasar los 250 kms. de recorrido o las diez horas de duración, etc. 6. Seleccionar, de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación y Ciencia, los grupos de su Comunidad que participarán en el programa.

Alumnos y profesores participantes:

Etapa de primavera (curso 2006/2007): Número de grupos de la Comunidad de Castilla y León que participarán en otra «Ruta científica»: 4.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunidad de Castilla y León: 4.

Etapa de otoño (curso 2007/2008):

Número de grupos de la Comunidad de Castilla y León que participarán en otra «Ruta científica».

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán las «Rutas científicas» de la Comunidad de Castilla y León: 4.

Recursos financieros:

A) Por parte del Ministerio de Educación y Ciencia: a) Gastos del programa de la «Ruta científica» de la Comunidad de Castilla y León: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad. Etapa de primavera: 19.724,00 euros.

Etapa de otoño: 19.724,00 euros. Total: 39.448,00 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con las convocatorias de ayudas, el Ministerio de Educación y Ciencia, libra a la Junta de Castilla y León el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta científica» asignada, que ascienden a un total de:

Etapa de primavera: 14.034,00 euros.

Etapa de otoño: 11.248,00 euros. Total: 25.282,00 euros.

Total aportaciones del MEC: 64.730,00 euros. Los gastos y ayudas de la campaña de primavera no suponen coste para el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al ejercicio presupuestario 2007, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2006, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Científicas» durante el curso 2006/2007, por Orden de 22 de diciembre de 2006. La Junta de Castilla y León ingresó el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilitó el crédito recibido en su presupuesto de 2007, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

Las ayudas de la campaña de otoño se financiarán por el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los presupuestos de 2007.

B) Por parte de la Comunidad de Castilla y León: La Comunidad de Castilla y León aportará los gastos de funcionamiento del programa en instalaciones propias. 4. Aulas de naturaleza.-El desarrollo de este Programa se atendrá a lo acordado en el Convenio suscrito entre el Ministerio de Educación Cultura y Deporte y la Junta de Castilla y León con fecha 26 de mayo de 2003.

Para el verano de 2007, las partes acuerdan que el programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que se indican a continuación: Alumnos participantes.-Un grupo de entre 75 y 150 alumnos procedentes de la Comunidad de Castilla y León participarán en los diferentes centros en que se desarrolle este programa en el verano de 2007. Por su parte, la Comunidad de Castilla y León acogerá hasta un máximo de 240 alumnos procedentes de otras Comunidades, en el Colegio de Educación Especial «Santa Isabel» de Soria. Recursos financieros.-El Ministerio de Educación y Ciencia, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.482, librará los gastos de alojamiento, manutención y otros servicios necesarios para la estancia de los alumnos por un importe de 55.723,00 euros 5. Centros de Educación Ambiental.-El desarrollo de este programa se atendrá a lo acordado en el convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Castilla y León el 2 de octubre de 2002. De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa «Centros de Educación Ambiental», se desarrollará durante el año 2007 con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

Alumnos y profesores participantes: Número de grupos de 20 a 25 alumnos participantes en el programa: 42.

Número de grupos por semana: 2. Número de profesores participantes: 84. Número de profesores por grupo: 2. Número total de semanas: 21.

Recursos financieros:

A) El Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.482 del año 2007 financiará los siguientes gastos: Gastos de alojamiento, manutención y demás gastos necesarios para el desarrollo de la actividad en el Centro de Educación Ambiental de Villardeciervos. 73.682,70 euros.

B) Por parte de la Comunidad de Castilla y León: La Comunidad de Castilla y León garantizará el buen estado de conservación de las instalaciones y enseres del «Centro de Educación Ambiental» de Villardeciervos, donde se desarrollará el Programa.

Además, la Consejería de Educación nombrará un funcionario docente como Director del «Centro de Educación Ambiental» de Villardeciervos y contratará el personal preciso para el desarrollo del Programa, que contará como mínimo con cuatro educadores y tres personas de apoyo. C) Asimismo, con el fin de colaborar en el óptimo desarrollo de las actividades programadas en el Centro de Educación Ambiental, el Ministerio de Educación y Ciencia, destinará una cuantía máxima de 3.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.01.324N.630 de los Presupuestos Generales del Estado, para inversiones en material pedagógico, que se mantendrá de propiedad del Ministerio, con el fin de su utilización por los alumnos que participen en el programa educativo. Las inversiones se ejecutarán de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En la ejecución del Programa serán de aplicación las bases acordadas en el Convenio suscrito en fecha 2 de octubre de 2002.

Tercera. Justificación.-La Junta de Castilla y León justificará los libramientos efectuados en aplicación del presente convenio mediante la presentación de la documentación especificada y en los plazos establecidos en la correspondiente convocatoria debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas en la normativa vigente.

Cuarta. Comisión mixta.

1. Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión Mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por la Junta de Castilla y León, dos por el Ministerio de Educación y Ciencia, y uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Castilla y León que actuará en representación de la Delegación del Gobierno de dicha Comunidad.

2. Corresponde a la Comisión Mixta realizar la evaluación de los programas a que se refiere el presente convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos. 3. La Comisión Mixta se reunirá cuando una de las partes lo solicite.

Quinta. Difusión.-Ambos firmantes se comprometen a hacer constar la participación de la otra parte en la difusión en cualquier ámbito de los programas a que se refiere el presente convenio.

Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por la Junta de Castilla y León por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y Ciencia y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación y Ciencia». Del mismo modo, las publicaciones y notificaciones del Ministerio de Educación y Ciencia contendrán la mención expresa «Programa cofinanciado por las Comunidades Autónomas». Sexta. Naturaleza.-El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente convenio que no queden solventadas por la comisión prevista en la cláusula cuarta serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Séptima. Vigencia.-El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente al de su suscripción, teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2007, pudiendo prorrogarse para años sucesivos, siempre que no se proponga su revisión o denuncia con una antelación mínima de un mes antes del término de su vigencia.

En caso de prórroga, se incorporará un Anexo al presente Convenio, en el que se especificarán las aportaciones de cada una de las partes para el año de que se trate.

Madrid, 16 de julio de 2007.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por el Consejero de Educación, Juan José Mateos Otero.

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