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Documento BOE-A-2007-18940

Resolución de 19 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se anuncian, para su cobertura por el sistema de libre designación, plazas en los Servicios Periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 2007, páginas 44663 a 44665 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2007-18940

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/84, de 2 de agosto, modificado en su redacción por la Ley 23/88, de 28 de julio, de Medidas de Reforma de la Función Pública y en el artículo 52 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado (B.O.E.de 10 de abril de 1995), se acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo vacantes que se detallan en el Anexo I a la presente orden.

Bases de convocatoria

Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan, cuyas funciones quedan descritas en el Anexo III, podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos que se establecen para su desempeño en la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, debiendo utilizar modelo que figura como Anexo II. Segunda.-Los solicitantes dirigirán sus solicitudes a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, Subdirección General de Personal de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá número 38, 28014 Madrid. Tercera.-Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias o en los Organismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuarta.-Los aspirantes acompañarán junto con la solicitud, en la que harán constar sus datos personales y Número de Registro de Personal, su «Curriculum Vitae», en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de otro recurso que pudiera interponer.

Madrid, 19 de octubre de 2007.-El Secretario de Estado de Seguridad, P. D. (Orden INT/2853/2006, de 13 de septiembre), la Directora General de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo Llamas.

ANEXO I

Número de Orden: 1. Centro y denominación del Puesto de trabajo: Alicante II, Administrador. Vacantes: 1. Localidad: Villena. Grupo: AB. Nivel CD: 25. Complemento específico: 14.494,22. Número de Orden: 2. Centro y denominación del Puesto de trabajo: Madrid II, Subdirector Médico. Vacantes: 1. Localidad: Alcalá de Henares. Grupo: A. Nivel CD: 25. Complemento específico: 14.494,22.

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ANEXO III

Número

Denominación del puesto

Descripción de funciones

1

Subdirector Régimen-1. Subdirector Seguridad. Subdirector Jefe EOT. Subdirector Médico. Subdirector C.I.S.

Las recogidas en el artículo 277 del Reglamento Penitenciario aprobado por R.D. 1201/81, artículo 281 del Reglamento Penitenciario aprobado por R.D. 190/96, preceptos concordantes, y cuantas tareas les encomiende el Director concernientes a sus cometidos.

2

Administrador.

Las recogidas en el artículo 279 del Reglamento Penitenciario aprobado por R.D. 1201/81, artículo 282 del Reglamento Penitenciario aprobado por R.D. 190/96, preceptos concordantes y cuantas tareas les encomiende el Director concernientes a sus cometidos.

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