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Documento BOE-A-2007-18988

Resolución 4BO/38193/2007, de 8 de octubre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se publica la cuenta anual del ejercicio 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 2007, páginas 44743 a 44761 (19 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2007-18988

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado tercero de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, 777/2005, de 21 de marzo por la que se regula la obtención, formalización, aprobación y rendición de cuentas a través de soporte informático para los Organismos Públicos a los que sea de aplicación la instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace público, una vez comunicada por la Intervención General del Estado la remisión al Tribunal de Cuentas, el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2006 del Organismo Autónomo Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

Madrid, 8 de octubre de 2007.-La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Carmen Briones González.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ORGANIZACIÓN Y ACTIVIDAD El Organismo Autónomo Instituto Social de las Fuerzas Armadas, en adelante ISFAS, adscrito al Ministerio de Defensa, fue creado por la Ley 28/1975, de 27 de junio, regularizada posteriormente por el Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las fuerzas Armadas, cuyo texto fue aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, BOE del día 14. Así mismo, es de especial mención el Reglamento General de la Seguridad Social de Las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 2330/1978, de 29 de diciembre, cuya actualización está pendiente de aprobación y publicación. Finalmente, hay que mencionar el Real Decreto 296/1992, sobre reestructuración de la composición, funcionamiento y atribuciones de los órganos de gobierno y administración del ISFAS.

El ISFAS es una entidad pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que depende de la Subsecretaría de Defensa y funciona en régimen de Organismo Autónomo de carácter administrativo. Su adaptación a la Ley 6/97, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE) se llevó a cabo en los artículos 62 de la Ley 50/1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y 50 de la Ley 55/1999, del mismo título, que lo configuran como Organismo Autónomo sometido al régimen común de la LOFAGE, salvo el régimen económico-financiero, patrimonial, presupuestario y contable, así como el de intervención y control financiero de las prestaciones y régimen de los conciertos para la prestación de asistencia sanitaria y farmacéutica, en las que se aplicará preferentemente su legislación específica Su actividad principal está constituida por la gestión del mecanismo de la Seguridad Social, excluido el sistema de pensiones, del personal de las Fuerzas Armadas, de la Guardia Civil, funcionarios civiles de Cuerpos adscritos al Ministerio de Defensa y el personal regido por el Estatuto de Personal del Centro Nacional de Inteligencia. Además, gestiona las prestaciones de las Asociaciones Mutuas Benéficas del Ejército de Tierra y del Aire, Mutualidades que, en su momento, optaron por integrarse en el Fondo Especial del ISFAS. Sus fuentes de financiación fundamentales son las cuotas obligatorias de los afiliados y la aportación del Estado, equivalente a la cuota patronal del Régimen General de la Seguridad Social, además recibe transferencias de la Administración General del Estado y los ingresos derivados de su patrimonio, su distribución en porcentaje del total es la siguiente:

Cuotas de los afiliados: 12,80.

Aportación del Estado: 81,34. Transferencias recibidas: 4,81. Otros ingresos: 1,05.

La estructura organizativa del Organismo es la siguiente:

Consejo Rector, que, presidido por el Ministro de Defensa, establece el criterio general de actuación del Instituto.

Junta de Gobierno, presidida por la Secretaria General Gerente del Organismo, con funciones consultivas y de asesoramiento. Gerencia, que es el conjunto de los servicios centrales del ISFAS. Organización periférica, distribuida por todo el territorio nacional.

La Gerencia, a 31 de diciembre de 2006, está integrada por:

Secretaria General Gerente (disposición adicional tercera del Real Decreto 64/2001, de 26 de enero, BOE del 27, por el que se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Defensa.

3 Subdirecciones:

Secretaría General.

Subdirección de Prestaciones. Subdirección Económico-Financiera.

Unidad de apoyo a la Gerencia.

Asesoría Jurídica. Intervención Delegada.

La Organización Periférica está formada por:

11 Delegaciones Regionales (Barcelona, Burgos, Cartagena, A Coruña, Granada, Madrid, San Fernando, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza).

6 Delegaciones Especiales (Illes Balears, Ceuta, Ferrol, Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife). 38 Delegaciones Provinciales (Resto de aquellas capitales de provincia no citadas en los apartados anteriores). 11 Subdelegaciones (Alcalá de Henares, Algeciras, Fuerteventura, Eivissa, Jerez de la Frontera, Lanzarote, Mahón, Ronda, El Puerto de Santa María, Santiago de Compostela y Vigo). 4 Oficinas Delegadas, situadas en Madrid. 2 Residencias de vacaciones Tercera Edad (Alicante y Benidorm). 14 Centros Asistenciales, dependientes directamente de la Delegación indicada:

Cartagena: 2 Consultorios.

Ceuta: 1 Consultorio. Ferrol: 1 Consultorio. Madrid: 4 Consultorios. 1 Centro de Salud. 1 Centro Especial. San Fernando: 1 Consultorio. Sevilla: 1 Unidad de Pediatría. 1 Centro de Medicina de Familia. Valencia: 1 Consultorio. Zaragoza: 1 Consultorio.

4 Representaciones (Jaca, El Puerto de Santa María, Santa Cruz de La Palma y Academia General Básica de Suboficiales).

El número total de empleados a 31 de diciembre de 2006, ejercicio al que se refieren las cuentas era de 791 personas, con la siguiente distribución:

270 Funcionarios.

226 Militares. 1 Guardia Civil. 294 Laborales.

Finalmente, hay que indicar que el colectivo protegido por ISFAS a 31 de diciembre de 2006 se elevó 632.490 personas, distribuidas en la siguiente forma:

235.251 titulares cotizantes.

141.060 titulares no cotizantes. 256.179 beneficiarios.

con lo que la relación colectivo/cotizante se sitúa en 2,689 y el de beneficiario/ titular en 0,681, con tendencia a la estabilización de ambas proporciones.

1. Gestión indirecta de servicios públicos y convenios

La gestión del Isfas puede desglosarse en los siguientes campos: Prestaciones no sanitarias.

Prestaciones sanitarias complementarias. Prestaciones de las Mutuas Benéficas integradas. Asistencia sanitaria. Prestación farmacéutica.

El desarrollo de cada uno de estos grupos se puede realizar de la siguiente forma, en atención a la clasificación contenida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2006:

Prestaciones no sanitarias: Subsidios e indemnizaciones: Incapacidad temporal.

Inutilidad para el servicio (incluye la gran invalidez). Lesiones permanentes no invalidantes.

Protección a la familia:

Minusvalías.

Parto múltiple. Ayudas especiales por minusvalía.

Servicios sociales:

Ayuda económica por fallecimiento.

Ayuda económica a personas mayores. Programa tercera edad.

Asistencia social:

Ayudas sociales.

Ayuda económica por adquisición de vivienda. Otras prestaciones sociales.

Prestaciones sanitarias complementarias:

Por prótesis (dentarias, oculares, ortoprotésicas y ayudas técnicas). De gestión directa: Reintegro de gastos de farmacia.

Hospitalización psiquiátrica. Transporte sanitario. Reintegro de gastos por asistencia en el extranjero. Ayudas por atención a personas drogodependientes. Ayudas por atención de enfermos crónicos. Ayudas por tratamientos de psicoterapia. Ayudas para pacientes diabéticos.

Prestaciones de las Mutuas Benéficas integradas:

Capitalización de pensiones complementarias: Retiro.

Viudedad. Orfandad.

Prestaciones:

Socorros.

Auxilios especiales. Nupcialidad. Dotes infantiles.

Asistencia sanitaria, es la prestación más importante de las que presta el ISFAS a sus afiliados y constituye, junto a la Prestación farmacéutica la función fundamental de su actividad. El modelo de gestión corresponde a los siguientes modelos:

Conciertos con el Sistema Nacional de Salud, data de 1986 y fue establecido con el Instituto Nacional de Salud (INSALUD) y la Tesorería General de la Seguridad Social, su duración es indefinida. En la actualidad tan sólo genera gasto a ISFAS el colectivo correspondiente a las Ciudades Autónomas, toda vez que el resto queda incluido en la financiación a las Comunidades Autónomas.

Concierto con Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, que se suscribe por un año con posibilidad de prórroga por otros dos. Concretamente, fueron suscritos para 2006, con posibilidad de prórroga para 2007 y 2008. Concierto con la Sanidad Militar, de duración ilimitada, regulado por Orden Ministerial, de Defensa, núm. 52/2004, de 18 de marzo, cuyo anexo 1.º fue modificado mediante Resoluciones 4B0/12620/2004, de 13 de julio, y 4B1/19570/2004, de 10 de diciembre de la Secretaría General Gerente del ISFAS.

En conjunto, la Asistencia Sanitaria supuso a ISFAS, durante el ejercicio de 2006, un coste de 343,44 millones de euros, equivalente al 53,57 por ciento de la ejecución total del Presupuesto de Gastos, con la siguiente distribución:

Seguridad Social: 0,03 por ciento.

Entidades de Seguro: 93,14 por ciento. Sanidad Militar: 6,83 por ciento.

atendiendo al colectivo total según el siguiente reparto, en la modalidad de asistencia completa sin farmacia o de Sanidad Militar:

Seguridad Social: 5,24 por ciento.

Entidades de Seguro: 84,31 por ciento. Sanidad Militar: 10,10 por ciento. Otros/sin adscripción: 0,35 por ciento.

Prestación farmacéutica, se gestiona a través de Conciertos establecidos con el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos y con las Farmacias Militares. Durante el ejercicio de 2006, el coste de esta prestación se ha elevado a 158,68 millones de euros, equivalente al 24,75 por ciento del total del gasto del Organismo, lo que es exponente de su importancia.

2. Bases de presentación de las cuentas

a) Principios contables: Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria y en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado, y conforme con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución de su presupuesto.

b) Comparación de la información: La información de la situación económico-patrimonial del Instituto, que se detalla principalmente en el balance y la cuenta de resultados del año 2006, es perfectamente comparable con la del ejercicio anterior 2005, no siendo necesario por tanto modificar en modo alguno, la estructura general de la cuenta del organismo. c) Razones e incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización: Aunque la forma de cálculo del Remante de tesorería se ha visto modificada con respecto al ejercicio anterior como consecuencia de los establecido en el artículo primero de la OM EHA/ 405/2006, de 10 de febrero, no ha supuesto para este Organismo un incremento/disminución de su importe, con respecto al cálculo realizado de acuerdo con el criterio anterior.

3. Normas de valoración

d) Inmovilizado Inmaterial: Las inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición o por su coste de producción. La amortización de las mismas se realiza determinando las cuotas de acuerdo con el método lineal. Se toma como vida útil para el calculo de amortizaciones el siguiente parámetro

Naturaleza

Tipo

Cuenta

Año vida util

4400

215

4

e) Inmovilizado material, inversiones destinadas al uso general e inversiones gestionadas: Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición más, en su caso, las actualizaciones practicadas según las disposiciones legales correspondientes. Las cuotas de amortización del inmovilizado material se determinan por el método lineal. Se toma como vida útil el periodo establecido en las tablas de amortizaciones previstas en el anexo de la Resolución de la IGAE de 14 de diciembre de 1999, de la IGAE por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. Salvo las siguientes excepciones:

Naturaleza

Tipo

Cuenta

Año vida util

2300

1

223

10

2300

2

223

10

2500

1

226

10

2500

2

226

10

2510

226

10

2600

1

226

10

2600

2

226

10

2700

227

06

2800

227

06

3000

1

228

10

3000

2

228

10

3800

3

222

10

3800

4

222

15

3800

7

222

08

No existen inversiones destinadas al uso general.

f) Inversiones financieras: Las inmovilizaciones financieras reflejan los anticipos de pagas al personal de este Instituto desglosado a corto y largo plazo. g) Existencias: No existen existencias comerciales al ser un Organismo Administrativo. h) Provisiones para riesgos y gastos: Se dotan una provisión para responsabilidades, siguiendo la observación del Tribunal de Cuentas en su informe de fiscalización 2002-2003 a este Instituto, por existir una pequeña probabilidad de incurrir en futuras obligaciones como consecuencia de la pérdida de recursos contenciosos administrativos. Hasta la fecha, el porcentaje de los recursos contenciosos administrativos en favor de terceros, tanto en número como en su cuantía económica, ha sido irrelevante en cuanto a la totalidad de los presentados. i) Deudas: Las deudas a largo y corto plazo figuran contabilizadas a su valor de reembolso. j) Provisión dudoso cobro: La entidad dota provisiones por dudoso cobro por el procedimiento de seguimiento individualizado para aquellos créditos en los que se de alguna de estas circunstancias:

Que se haya transcurrido el plazo de un año desde el momento en el que se ha iniciado el periodo ejecutivo.

Que los créditos hayan sido reclamados judicialmente o sean objeto de un litigio judicial o procedimiento arbitral de cuya solución dependa su cobro.

k) Ingresos y gastos: Debido a las características propias de este Organismo autónomo, cuyo presupuesto de ingresos está confeccionado de un modo estimativo, y a que la dinámica de la gestión de los gastos y su compensación, hace imposible que las liquidaciones en los últimos meses de cada año puedan imputarse al ejercicio en que se devenga, entre otras razones por el retraso en el envío y facturación de los propios acreedores o deudores, y por las comprobaciones que lleva a cabo el propio Organismo. Por esta razón debe imputarse con criterio de Caja al ejercicio siguiente.

Las transferencias corrientes entregadas se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se reconocen las obligaciones que de ellas se derivan. Sin embargo, las transferencias recibidas han de imputarse en el mismo ejercicio en que, «el ente concedente, en su caso la Administración General del Estado, ha dictado el acto de reconocimiento de su correlativa obligación«. Por otro lado aplicar el criterio de devengo con estimaciones o aproximaciones, tan solo generaría problemas por falta de certeza, o en caso contrario obligaría a cerrar la contabilidad en fechas muy avanzadas del ejercicio siguiente, con un claro y grave incumplimiento de las normas existentes al respecto. Por todo ello, los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial en el momento del reconociendo los derechos y obligaciones tanto presupuestarias como extra-presupuestarias, siguiendo el criterio de Caja según la fecha real del ingreso o gasto, y no la fecha de devengo. l) Transacciones en moneda distinta del euro: Las cuentas a pagar o a cobrar en moneda distinta del euro se reflejan al tipo de cambio de fin de ejercicio. Las transacciones en moneda distinta del euro se reflejan en la cuenta del resultado económico patrimonial de la entidad al tipo de cambio aplicable en el momento de su realización. Todas la pérdidas y beneficios (realizados o no) se imputan al resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se generen.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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