Por Resolución de 26 de diciembre de 2006 (Boletín Oficial del Estado de 12 de enero de 2007) se convocaron las ayudas al desarrollo de guiones para películas de largometraje, al amparo de lo dispuesto en la Ley 15/2001 de 9 de julio, de fomento y promoción de la cinematografía y el sector audiovisual y en el artículo 13 del Real Decreto 526/2002, de 14 de junio, por el que se regulan medidas de fomento y promoción de la cinematografía y la realización de películas en coproducción. De conformidad con los criterios de valoración establecidos en el punto sexto de la citada resolución, el Jurado creado al efecto, en su reunión del día diez de septiembre de 2007 informó las solicitudes presentadas, que reunieran los requisitos exigidos. Teniendo en cuenta el informe del citado Jurado, vista la propuesta de la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 526/2002 de 14 de junio y los procedimientos establecidos por la Orden CUL/3928/2006 de 14 de diciembre, por Resolución de esta Dirección General de 8 de octubre 2007, se resolvió la concesión de ayudas a la creación de guiones para películas de largometraje, en la convocatoria del año 2007. Por ello, y como garantía del principio de publicidad establecido por el artículo 18 de la Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones, esta Dirección General ha resuelto:
Primero.-Hacer público el extracto de la Resolución de 8 de octubre de 2007 por la que se conceden, con cargo a la aplicación 24-101-470 «Fondo de Protección a la Cinematografía» del programa 335C «Cinematografía» del presupuesto de gastos del Organismo para 2007, las siguientes ayudas a los autores que se relacionan, por una cuantía de 20.000,00 € euros por proyecto:
Ayudas concedidas |
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Título |
Guionista |
DNI |
12 segundos de oscuridad. |
Juan Vicente Córdoba Navalpotro. |
2504210Q |
Abel. |
Masha Gabriel Lipschutz. |
5400033R |
Aita. |
Daniel Vázquez Villamediana. |
71123811Z |
José María de Orbe Klingenberg. |
15928361X |
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Alucos, Los. |
Ricardo Álvarez Van Der Feltz. |
RE008500010144 |
Debut, El. |
Gabriel Olivares Sanabria. |
44379105F |
Destacamento hospicio. |
Manuel Palacios González. |
50050201Q |
Hambre y la sed, El. |
Santiago Lorenzo Jiménez. |
11927459G |
Heroes del mal, Los. |
Zoe Berriatua Benavides. |
50739124C |
Hipo. |
Eduardo Giménez Rojo. |
4844647L |
Jaula de piedra, La. |
Alberto Martínez Vázquez. |
46342986 X |
Laura en el paraíso. |
Miguel Ángel Alcantud Díaz. |
52679345F |
Ona Planas Oliver. |
803414R |
|
Piedad de Dios, La. |
Aitor de Quintana Moraza. |
44679916R |
Reyes de África, Los. |
José María Rodríguez González. |
51397004P |
Royal gala. |
Lydia Zimmermann Ruoni. |
46742363S |
Suelo, pared, tejado. |
Arturo Redin Berdonce. |
15853653Y |
María Mercedes Álvarez la Mata. |
18208854F |
Total: 300.000 euros. Aquellos solicitantes que no figuren en la relación anterior se entenderá que su solicitud ha sido desestimada o excluida.
Segundo.-La Resolución de 8 de octubre de 2007, cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el Tablón de anuncios del Ministerio de Cultura, Plaza del Rey, s/n de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede interponerse en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.C de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Boletín Oficial del Estado de 14 de julio de 1998). En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En caso de interponerse el recurso de reposición, el recurso contencioso-administrativo no podrá interponerse hasta que el de reposición haya sido resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición es de un mes, transcurrido el cual podrá entenderse desestimado a efectos de interponer el recurso contencioso-administrativo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid 10 de octubre de 2007.-El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Fernando Lara Pérez.
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