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Documento BOE-A-2007-1972

Resolución de 27 de marzo de 2006, de la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se aprueba la ampliación de determinados ficheros automatizados de datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 2007, páginas 4400 a 4400 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-1972
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/03/27/(4)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el Diario Oficial correspondiente. Mediante la Orden de 27 de julio de 1994 se regularon los ficheros de datos personales de la Agencia Tributaria, conteniendo en dos anexos la relación y descripción de los distintos ficheros automatizados; dicha Orden fue parcialmente modificada por la Orden de 4 de agosto de 1995. Con posterioridad, la Orden de 21 de diciembre de 1999 vino a sustituir los anexos de la Orden de 27 de julio de 1994, siendo a su vez modificada por la Orden HAC/2632/2002, de 16 de octubre, que modificó y aprobó nuevos ficheros y cuya Disposición Adicional Única autoriza al Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, a crear, modificar o suprimir ficheros titularidad de la misma. En virtud de dicha autorización, dispongo:

Única.-Se amplían los ficheros destinados al cumplimiento de los fines institucionales de la Agencia Tributaria, incorporando el fichero n.º 138, cuya denominación y características se recogen en el anexo de esta Resolución. Disposición Final. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 27 de marzo de 2006.-El Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Luis Pedroche Rojo.

ANEXO Ficheros destinados al cumplimiento de los fines institucionales de la Agencia Tributaria (Anexo I a la Orden de 21 de diciembre de 1999)

N.º 138 Expedientes electrónicos del Servicio Jurídico

Finalidad:

Registro, tramitación y archivo de expedientes electrónicos del Servicio Jurídico.

Personas o colectivos obligados a suministrar los datos:

Órganos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, otras Administraciones Públicas, Órganos Judiciales y Abogacías del Estado.

Personas a las que se refieren los datos:

Partes de procesos o actuaciones judiciales o administrativos, intervinientes en los mismos y demás personas a ellos vinculadas.

Procedimiento de recogida de los datos:

Se recogen manualmente de los documentos remitidos por órganos judiciales y administrativos y de forma automática mediante la captura de datos de otros ficheros de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Estructura básica del fichero:

Expedientes consultivos, asistencia preventiva y coordinación jurídica, expedientes precontenciosos, expedientes contenciosos, organización y asuntos generales, personal y administración económica.

Cesiones específicas de datos:

A la Abogacía General del Estado.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/03/2006
  • Fecha de publicación: 30/01/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 31/01/2007
Referencias anteriores
  • AMPLÍA el anexo I de la Orden de 21 de diciembre de 1999 (Ref. BOE-A-2000-1329).
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Ficheros con datos personales

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