Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-A-2007-19864

Orden ECI/3340/2007, de 19 de octubre, por la que se convoca concurso público para otorgar becas de formación en tecnologías de la información y de la comunicación.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 2007, páginas 47295 a 47303 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-19864

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia desarrolla, a través del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, planes para la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito educativo no universitario. Desde esa unidad se gestiona un plan telemático para ofrecer a las comunidades educativas española e iberoamericana, contenidos, servicios educativos y formación a distancia así como la coproducción y emisión de programas de televisión educativa mediante convenios con RTVE y ATEI. Igualmente, se trabaja sobre procesos de producción experimental de materiales multimedia y audiovisuales educativos, se participa en proyectos educativos internacionales, como los subvencionados por la Comisión Europea eTwinning (Servicio Nacional de Apoyo a la línea de acción Hermanamiento de Escuelas), MELT y otros desarrollos relacionados con las tecnologías de la información y la comunicación. El MEC tiene establecidos convenios de colaboración con todas las Comunidades Autónomas en las áreas de educación reglada a distancia, formación de profesores, personas adultas, servicios en Internet y participación en proyectos educativos conjuntos con el objetivo de desarrollar recursos en línea como apoyo al currículo de Educación Infantil, Educación Primaria, Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, así como de propuestas pedagógicas, su utilización en el aula, metodología y evaluación de su uso. Para dichas tareas, el centro cuenta con personal técnico cualificado en sus servicios, a los que pueden adscribirse becarios que, al colaborar en las tareas descritas, tienen la posibilidad de ampliar su formación en el campo de las nuevas tecnologías que es complementado con la asistencia a cursos de especialización. Así mismo, la integración de los beneficiarios en los correspondientes equipos de trabajo les aportará el aprendizaje necesario que facilitará su incorporación futura al mercado laboral, adquiriendo las destrezas, habilidades profesionales y de relación necesarias para ello. De esta forma, el Ministerio de Educación y Ciencia contribuye a la formación de profesionales en las herramientas de la Sociedad de la Información. La presente convocatoria se realiza de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE del 18 de noviembre), en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre (BOE del 30 de diciembre), que aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas, en la ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, así como en la Orden 1305/2005 del Ministerio de Educación y Ciencia de 20 de abril de 2005 (BOE del 12 de mayo) de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva. En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

Primero. Convocatoria.-Se convocan para el ejercicio 2008, setenta (70) becas de Formación en Tecnologías de la Información y la comunicación aplicadas a la educación.

Segundo.-Objeto y duración.

a) El objeto específico de las becas es la formación en tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a la educación y la colaboración en las tareas encomendadas al Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa.

b) El periodo de disfrute de las becas será por un año natural, desde enero a diciembre de 2008. c) Adicionalmente, procedente de las subvenciones de la Unión Europea a proyectos gestionados por el Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, se generará crédito en la aplicación presupuestaria 18.10.322J.485.00 del ejercicio de 2008, en módulos de 12.354,96 euros por beca, que se destinará a incrementar el número de becas, según se vayan produciendo los correspondientes ingresos en la cuenta del Tesoro. Dichas plazas se cubrirán a partir de las correspondientes listas de suplentes que se deriven del proceso de selección de la presente convocatoria. Si la generación de crédito se realizara en un mes distinto al mes de enero, cada módulo económico de crédito generado deberá ser dotado con los fondos suficientes para cubrir la cuantía económica del número de meses restantes del año, a razón de 1.029,58 euros por mes y beca.

Tercero.-Características de las becas.

a) El número total de becas está distribuido en dos tipos según la titulación académica requerida (anexo II).

b) Los becarios seleccionados realizarán su proceso de formación en la sede del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, sito en Madrid, Calle Torrelaguna, 58. En casos excepcionales, el director del CNICE podrá autorizar, a propuesta del tutor y estableciendo la oportuna planificación de tareas, que una parte del proceso de formación de la beca se desarrolle fuera de la sede del CNICE durante el tiempo que se establezca.

Cuarto.-Requisitos de los candidatos.

a) Podrán solicitar las becas aquellas personas de nacionalidad española, o nacionales de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea con perfecto dominio de la lengua española y residencia en España en el momento de su incorporación al disfrute de la beca.

b) Estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca y haberla obtenido con posterioridad al 1 de enero del 2001. A los efectos de esta convocatoria, los estudiantes que hayan finalizado los tres primeros cursos de una carrera de grado superior tienen la consideración de titulados de grado medio, pudiendo, por tanto, participar en ella. Los títulos universitarios obtenidos en universidades no españolas deben estar convalidados en España. c) La titulación aludida tendrá relación con la especialidad adecuada a la beca o becas que se soliciten y se valorará según el grado de idoneidad detallado en el anexo II. d) No podrán participar en esta convocatoria quienes hayan percibido más de 24 mensualidades por estas becas hasta el 1 de enero de 2007. Así mismo, no podrán ser beneficiarios de la beca aquellas personas que habiéndola obtenido en otra convocatoria anterior hayan perdido los beneficios de la misma por el procedimiento enunciado en el apartado séptimo, d.

Quinto.-Presentación de solicitudes.

a) Las solicitudes estarán dirigidas al director del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, calle Torrelaguna 58, 28027 Madrid y podrán presentarse en cualquiera de los registros del Ministerio de Educación y Ciencia, en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el BOE.

La presentación también se podrá realizar en los registros, oficinas de correo, oficinas consulares de España o en cualquier otra de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo establecido en el párrafo anterior. En caso de remitirse la solicitud por correo, el envío deberá ser certificado para garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria. b) Las instancias de solicitud, presentadas siguiendo el modelo del anexo I, deberán acompañarse de la siguiente documentación:

1. Currículum vitae, con exposición de los méritos académicos y profesionales, así como relación de los trabajos y publicaciones relacionados con el objeto de la beca, debidamente acreditados.

2. Certificación académica completa de los estudios realizados, con detalle de las materias cursadas y las calificaciones obtenidas. Para facilitar la valoración del expediente académico, se debe incluir en la certificación la nota media obtenida. 3. Certificaciones de los méritos alegados que deberán detallar el número de horas, días o meses de formación y/o actividad, así como las funciones o tareas realizadas. 4. Copia de aplicaciones o publicaciones que tengan sistemas de numeración internacionales (ISBN, ISSN, ISRC, ISWC...) o depósito legal y guarden relación con la beca solicitada, o en su defecto, certificación de la autoría de las mismas emitida por las correspondientes entidades responsables de la publicación. 5. Los documentos presentados serán originales, fotocopias compulsadas o debidamente cotejadas por el funcionario receptor de las mismas y deberán cumplir los requisitos exigidos en la ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 6. Cada aspirante podrá solicitar un máximo de dos tipos de beca, indicando el orden de preferencia de las mismas según se indica en el anexo I.

c) Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que, en el plazo máximo de diez días, subsane las faltas o remita la documentación requerida.

Si en este plazo no se realiza la subsanación, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la ley 4/99 de 13 de enero.

Sexto. Dotación económica.-El presupuesto global máximo para las becas, en el año 2008, será de 859.990 euros, siendo la remuneración anual íntegra de 12.354,96 euros por cada beca a la que se acceda por titulación universitaria media o superior (46 becas), y a una remuneración anual íntegra de 10.625,76 euros por cada beca a la que se acceda por titulación de técnico superior de Formación Profesional o FP II (24 becas) Estas cantidades, que estarán sujetas a las retenciones que procedan, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 214/1999 de 5 de febrero (BOE del 9 de febrero) por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, serán pagadas en doce mensualidades de 1.029,58 euros y 885,48 euros respectivamente, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.322J.485.00.

Los becarios serán beneficiarios de un seguro de asistencia médica y un seguro de accidentes que, al igual que los costes de formación de los mismos, se cubrirán con cargo a la citada aplicación. En caso de producirse la incorporación o el cese del disfrute en la beca en un día distinto al primero o al último de cada mes, respectivamente, el becario percibirá la cantidad proporcional correspondiente al número de días del mes que ha permanecido en su puesto. Los becarios que renuncien a la beca antes de finalizar el periodo anual, deberán notificarlo con quince días naturales de antelación mediante instancia dirigida al Director del CNICE. La presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones de la misma en el ejercicio 2008. Los procedimientos de control financiero, reintegro y revisión de actos se regirán por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Séptimo.-Obligaciones de los beneficiarios.

a) Los beneficiarios deberán desempeñar actividades de formación y de colaboración, en relación con las tareas de los departamentos a los que se adscriban, con una dedicación de treinta y cinco horas semanales, de acuerdo con la distribución que realice el Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa.

b) El periodo vacacional será de un mes, o el tiempo proporcional al periodo de disfrute de la beca. El mes de vacaciones será de forma general el de agosto, salvo necesidades del servicio. Igualmente, se dispondrá de seis días de libre disposición, o la parte proporcional al periodo de disfrute de la beca. c) Con el fin de facilitar su proceso de formación, los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y dirección de un tutor, que definirá las tareas a realizar, así como la formación que deberán recibir según el plan de formación de becarios del centro. A este respecto, será obligatoria la realización y superación de las actividades de formación indicadas. d) Los beneficiarios deberán mantener una actitud participativa, de colaboración y respetuosa con los demás miembros del centro, sin obstrucción de las tareas encomendadas en los diferentes servicios. e) Al final del periodo de disfrute de la beca, el adjudicatario deberá entregar una memoria de actividades que será supervisada por su tutor. f) El disfrute de una beca otorgada al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca que suponga remuneración directa o ayuda financiada con fondos públicos españoles. También será incompatible con salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los que tengan carácter esporádico con una duración acumulada inferior a dos meses por año y dedicación no mayor de media jornada, siempre que ello no afecte a la actividad habitual en el ejercicio de la beca, y que se trate de ocupaciones no vinculadas directa o indirectamente con la Unidad. Los solicitantes propuestos para beca deberán presentar en su toma de posesión, declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias enunciadas en este apartado. g) Los beneficiarios deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se hallan al corriente de sus obligaciones tributarias, salvo exoneración de acuerdo a lo establecido en el apartado 4 del artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria. El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicable a los becarios será el establecido en el Título IV de la citada Ley 38/2003. h) El Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, a propuesta justificada de la Comisión de selección, seguimiento e interpretación, constituida de acuerdo al apartado octavo de la presente convocatoria, podrá revocar la concesión de la beca, si el beneficiario incumple las condiciones impuestas con motivo de su concesión así como las establecidas en los apartados anteriores. i) Estas becas no conllevan ni implican relación laboral alguna con el Ministerio de Educación y Ciencia, ni suponen ningún compromiso de incorporación posterior de los becarios a sus plantillas. j) Los materiales realizados por los beneficiarios en relación al disfrute de su beca pasarán a ser propiedad del Ministerio de Educación y Ciencia, que se reserva la posibilidad de modificarlos, reproducirlos, distribuirlos y comunicarlos públicamente.

Octavo.-Comisión de selección, seguimiento e interpretación.

Para los procesos derivados de la selección, seguimiento e interpretación de la presente convocatoria se crea una comisión permanente de conformidad con los siguientes apartados: a) Composición: Presidente: El Director del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa.

Vocales: La Jefa de Área de Contenidos Web y Medios Audiovisuales, el Consejero Técnico de Nuevas Tecnologías, El Consejero Técnico de Planificación, el Director del CIDEAD, y los Jefes de Servicio de Medios Tecnológicos, Formación de Profesores, y Formación Abierta del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa. Secretario: El Jefe de Servicio de Gestión Económica y Administrativa del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa.

b) Funciones:

Valorar a los candidatos presentados según los méritos y aptitudes requeridos en el anexo II de esta convocatoria.

Elevar la propuesta de selección de candidatos al Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa. Interpretar cuantas cuestiones se susciten en relación a los términos de la presente convocatoria. Elevar la propuesta de resolución justificada de la pérdida de condición de beneficiario en el caso de incumplimiento de lo establecido en el apartado séptimo de la presente convocatoria así como cuantas otras resoluciones se deriven de los procesos de la misma.

Noveno. Procedimiento de selección.-La comisión de selección, seguimiento e interpretación, previa a la valoración de los candidatos realizará las comprobaciones de los requisitos de acceso y elaborará la lista de admitidos a trámite que será publicada en la Web del CNICE.

Los candidatos serán valorados según las titulaciones y méritos alegados conforme al baremo establecido en el Anexo II. En caso necesario, la comisión podrá dirigirse a los candidatos para requerirles documentación adicional y constatar los méritos alegados. La comisión de selección, seguimiento e interpretación, elaborará una relación ordenada de aspirantes a la beca así como la lista de suplentes. En caso de empate en la puntuación total de dos o más aspirantes, precederán en la lista de seleccionados aquellos que hubieran obtenido la puntuación más alta por los méritos computados en el apartado de expediente académico para cada tipo de beca. El presidente de la comisión de selección, seguimiento e interpretación elevará la propuesta de resolución al Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación educativa, que incluirá la lista ordenada de beneficiarios así como la relación ordenada de suplentes. Décimo. Resolución.-La Resolución sobre la concesión de estas becas y la facultad de revocar su concesión, se halla delegada en el Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa de acuerdo con lo previsto en la Orden de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia de 14 de enero de 2005 (BOE del 28 de enero). Una vez elevada la propuesta de adjudicación definitiva, el Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, resolverá antes del 30 de diciembre del año en curso mediante Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. En el tablón de anuncios del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, C/ Torrelaguna, 58, Madrid, se hará pública una lista completa de las becas concedidas, así como listas de suplentes para cada uno de los grupos de becas convocadas, y se enviará una comunicación personal a los candidatos seleccionados. La lista también podrá ser consultada telemáticamente en las páginas web del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa: http://www.cnice.mec.es. Undécimo. Publicidad.-Además de la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, los pasos intermedios del procedimiento serán publicados en el tablón de anuncios y en la página web del CNICE (www.cnice.mec. es) que constituirán el sistema de información sobre las solicitudes recibidas y necesidad de subsanación de documentación, sin excluir otro tipo de comunicaciones personales complementarias, todo ello con el objeto de facilitar la mayor información para los solicitantes. Duodécimo. Procedimiento de sustitución en caso de producirse vacantes.-Se recurrirá a la lista de suplentes de cada grupo en caso de producirse alguna renuncia o revocación. Si se agotaran los suplentes de alguna de las listas, el Director General, a propuesta de la comisión de selección, seguimiento e interpretación, establecerá la incorporación como becario del primer suplente de aquella lista que a criterio de la unidad mejor se ajuste a la finalidad y los objetivos de centro, siempre que ello no comporte un incremento del gasto respecto al crédito total de la correspondiente aplicación presupuestaria, incluidas sus posibles modificaciones. A tal fin, la comisión podrá realizar cuantas valoraciones complementarias sean precisas. Decimotercero. Tramite de Audiencia.-Se prescinde del trámite de audiencia, según el artículo 84.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (BOE del 27), al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. Decimocuarto. Aceptación de la convocatoria.-La participación en el concurso supone la aceptación expresa de las condiciones de la presente convocatoria. Decimoquinto. Recursos.-Contra la presente orden, y contra la resolución de concesión de becas a que se refiere el apartado décimo podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, según previene la ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 19 de octubre de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO II Baremos de selección

Becas Grupo A. Titulados Universitarios y de Grado Medio. (46 becas)

Tipo I. (12 becas): Análisis y desarrollo de sistemas informáticos en entornos locales, web y cliente-servidor. Administración de sistemas telemáticos, comunicaciones, desarrollo y bases de datos. Se requerirá titulación universitaria de grado medio o superior de carrera técnica o de ámbito científico.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

14

Expediente académico: calificaciones y proyecto. Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: ingeniería superior o técnica, licenciatura o diplomatura en Informática (todas las especialidades); ingeniería superior o técnica de Telecomunicaciones (todas las especialidades); licenciatura en Ciencias Exactas (especialidad de Computación). Otras ingenierías superiores o técnicas, licenciaturas o diplomaturas de ámbito científico-técnico también podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.

6

Conocimientos de sistemas operativos: UNÍX/LINUX, entornos Windows.

6

Conocimientos de lenguajes de programación y entornos de desarrollo Cliente-Servidor y Web.

6

Conocimientos de administración de redes (LAN, WAN, TCP/IP.).

6

Conocimientos de administración y gestión de Bases de datos Relacionales.

6

Conocimientos de herramientas de gestión y diseño de plataformas Web.

6

Conocimientos de inglés.

50

Tipo II. (8 becas): Actividades relacionadas con análisis de páginas educativas en Internet, valoración y orientación de aplicaciones multimedia aplicables en el aula, elaboración y sistematización de directorios dirigidos a los diversos miembros de la comunidad escolar con materiales educativos obtenidos en Internet, e implementación y mantenimiento de recursos educativos ya existentes. Se requiere titulación universitaria media o superior.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico. Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: las licenciaturas de Filología Hispánica, Geografía e Historia y Filosofía (en el ámbito de las Humanidades) y las de Matemáticas, Ciencias Físicas y Ciencias Químicas y Ciencias Biológicas (en el ámbito de las Ciencias). Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.

7

Conocimientos de edición Web, Internet y herramientas ofimáticas.

7

Conocimientos y participación en actividades de formación a distancia a través de medios electrónicos.

7

Conocimientos de elaboración de materiales didácticos en cualquier formato.

7

Conocimientos sobre el sistema educativo español y europeo.

7

Conocimientos de inglés y otros idiomas.

50

Tipo III. (7 becas): Actividades relacionadas con el análisis de contenidos educativos y el diseño de materiales para la educación y la formación a distancia basada en Internet. Se requiere diplomatura en Formación del Profesorado, licenciatura en Psicopedagogía, Pedagogía o Psicología educativa.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico.

13

Conocimientos de edición web y materiales electrónicos (Dreamweaver, Flash, Fireworks, Acrobat, Photoshop, Frehand, javascript...).

13

Conocimientos sobre la elaboración de recursos educativos en educación a distancia.

5

Conocimientos sobre en el sistema educativo español.

4

Conocimientos de inglés y otros idiomas.

50

Tipo IV. (6 becas): Actividades relacionadas con el diseño y el dibujo gráfico, composición, maquetación de productos telemáticos y multimedia. Se requiere titulación universitaria, media o superior.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico. Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: licenciado en Bellas Artes y Comunicación Audiovisual. Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.

12

Conocimientos en la utilización de software de edición de imágenes, maquetación, CAD, edición multimedia, diseño y edición vectorial. Conocimientos de expresión plástica y su relación con la comunicación.

12

Conocimientos de diseño Web; páginas dinámicas; action script y javascript.

6

Conocimientos como dibujante e ilustrador gráfico digital.

5

Conocimiento de formatos gráficos, vídeo digital y animación.

50

Tipo V. (3 becas): Actividades relacionadas con la documentación y la publicación electrónica. Se requerirá titulación superior o media.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Certificación académica. Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: licenciatura en Ciencias de la Información (periodismo). Otras titulaciones podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.

14

Conocimientos y prácticas como redactor, especialmente en publicaciones electrónicas y documentación audiovisual.

12

Conocimientos y práctica en elaboración de páginas web y en herramientas ofimáticas. Utilización de Internet como fuente de información.

7

Conocimientos de herramientas de tratamiento de imágenes. Creación y mantenimiento de bases de datos.

2

Conocimientos de inglés.

50

Tipo VI. (3 becas): Actividades relacionadas con la producción de video y televisión y con la elaboración de guiones audiovisuales. Se requiere una de las siguientes licenciaturas: Ciencias de la Información, (especialidad en Comunicación Audiovisual), Periodismo, Publicidad y Relaciones Públicas, o Ciencias de la Imagen Visual y Auditiva.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico.

5

Conocimientos y prácticas como redactor de prensa, radio y/o televisión.

5

Conocimientos y prácticas en tareas asociadas a la figura del productor o del ayudante de producción en el proceso de elaboración de programas audiovisuales.

4

Conocimientos y prácticas en la realización de clips con destino a paquetes multimedia e Internet.

4

Conocimientos y prácticas en tareas de gestión económica.

3

Conocimientos y prácticas en la documentación y archivo de material audiovisual, especialmente videográfico.

3

Conocimientos y prácticas en el manejo de aplicaciones informáticas referidas al tratamiento de textos, gestión de bases de datos, hojas de cálculo y en el uso de herramientas para el tratamiento de imágenes.

3

Conocimientos y habilidades en el uso de técnicas de comunicación a través de Internet.

3

Conocimientos y prácticas como programador de continuidad en espacios televisivos.

2

Conocimientos y prácticas en el análisis y evaluación de programas de radio y televisión.

3

Conocimientos de inglés y otros idiomas.

50

Tipo VII. (2 becas): Actividades relacionadas con la documentación. Se requiere titulación universitaria superior o media.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico. Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: licenciatura de Documentación y diplomatura de Biblioteconomía y Documentación. Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.

15

Conocimientos de análisis documental, especialmente en materiales audiovisuales.

5

Conocimientos en el uso de lenguajes documentales.

8

Conocimientos y habilidades en el manejo de herramientas para el tratamiento de imágenes.

4

Conocimientos en el manejo de herramientas ofimáticas.

3

Conocimientos de inglés y otros idiomas.

50

Tipo VIII. (2 becas): Actividades relacionadas con las tareas de edición y post-producción de multimedia educativos para su difusión en Internet. Se requiere titulación universitaria media o superior.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico. Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: titulaciones superiores o de grado medio relacionadas con Comunicación, Imagen y Sonido. Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.

12

Conocimientos y experiencia en la creación de películas animadas con flash, así como del formato FLV (Flash Video) para transmisión de video digital por Internet.

10

Conocimientos en estándares, tipos de codificación y formatos de vídeo, así como experiencia en el tratamiento de los mismos para su transmisión a través de Internet.

6

Conocimientos en el manejo de herramientas para el tratamiento de imágenes tanto vectoriales como de mapa de bits.

5

Conocimiento en el manejo de software de mezclas y procesadores de audio.

2

Conocimientos de inglés.

50

Tipo IX. (1 beca): Actividades relacionadas con el análisis, la elaboración y la gestión de proyectos educativos internacionales y/o de trabajo en colaboración. Se requiere titulación universitaria media o superior y conocimientos de inglés.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico.

8

Conocimientos de herramientas de comunicación y en particular de herramientas de trabajo en colaboración.

5

Conocimiento sobre educación a distancia a través de medios electrónicos.

6

Conocimiento del sistema educativo español y europeo. Participación en prácticas docentes.

6

Conocimientos de ofimática.

8

Conocimientos de inglés.

2

Conocimientos de otros idiomas.

50

Tipo X. (1 beca): Actividades relacionadas con la realización de producciones audiovisuales. Se requiere licenciatura en Ciencias de la Información, especialidad Comunicación Audiovisual, o en Ciencias de la Imagen Visual y Auditiva.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico.

4

Elaboración de guiones técnicos, escaletas, desgloses y story boards; localización de escenarios y, en general, tareas asociadas a la primera fase de la producción audiovisual.

3

Conocimientos en el uso de herramientas para la implementación de escenarios virtuales.

2

Conocimientos en el manejo de aplicaciones ofimáticas.

3

Conocimientos en producción y realización de clips con destino a la televisión, a paquetes multimedia o a Internet.

3

Conocimientos en estándares, formatos y modos de tratamiento y transmisión de vídeo y televisión digitales.

3

Conocimientos en dirección de actores.

4

Conocimientos en la realización en estudio con sistemas multicámara y en otros entornos con sistemas ENG.

3

Conocimientos en la realización de programas en formato documental, entrevistas, debates, tertulias, ficción u otros.

3

Conocimientos como regidor.

2

Conocimientos en análisis y evaluación de programas de radio y televisión.

2

Conocimientos en el uso de técnicas de comunicación a través de la red Internet.

3

Conocimientos de inglés y otros idiomas.

50

Tipo XI (1 beca): Actividades relacionadas con la administración de proyectos internacionales educativos y/o tecnológicos. Se requiere titulación universitaria de grado medio o superior.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico. Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: Ciencias Económicas y Dirección de empresas. Podrán optar también a la beca los ingenieros con la especialidad de Organización Industrial o Dirección y Administración de Empresas, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.

8

Administración/coordinación de proyectos educativos o financiados por la Comisión Europea.

5

Participación en proyectos TIC en educación o financiados por la comisión europea.

7

Conocimientos de herramientas entorno Windows. Bases de Datos. Hojas de cálculo.

4

Conocimientos de gestión y mantenimiento de sitios Web.

9

Conocimientos de inglés.

2

Conocimientos de otros idiomas.

50

Becas Grupo B. Técnicos en Formación Profesional (24 becas)

Tipo XII (16 becas): Administración de sistemas informáticos, telemáticos, desarrollo, comunicaciones y bases de datos. Se requiere titulación de Formación Profesional de Técnico Superior o FP II, en cualquier especialidad relacionada con la Informática o la Electrónica.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico.

9

Conocimientos de mantenimiento de sistemas a nivel Software y Hardware.

9

Conocimientos de sistemas operativos: UNÍX/LINUX, entornos Windows.

4

Conocimientos de lenguajes de programación y entornos de desarrollo Cliente-Servidor y Web.

8

Conocimientos de administración de redes (LAN, WAN, TCP/IP.).

4

Conocimientos de administración y gestión de Bases de datos Relacionales.

1

Conocimientos de inglés.

50

Tipo XIII (3 becas): Actividades relacionadas con el apoyo a la gestión de proyectos. Se requiere titulación de Técnico Superior en Formación Profesional o FP II

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico. Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: Familia de Administración o de la rama Administrativa y Comercial. Otras titulaciones se podrán considerar de menor grado de idoneidad.

4

Conocimientos de sistemas Operativos: Entornos Windows, Linux.

9

Conocimientos de herramientas ofimáticas.

8

Conocimientos de diseño y creación de páginas Web.

6

Conocimientos sobre organización de eventos asociados a proyectos. Participación en la organización de dichos eventos.

8

Conocimientos de inglés y otros idiomas.

50

Tipo XIV (3 becas): Actividades relacionadas con la obtención de imágenes fijas y en movimiento para vídeo y televisión. Se requerirá titulación como Técnico Superior en Imagen dentro de la rama de Comunicación, Imagen y Sonido del grado superior de Formación Profesional.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Expediente académico.

8

Conocimientos en la operación de cámaras analógicas y digitales de estudio, así como de cámaras portátiles de ENG.

3

Conocimientos en la captación de imágenes fotográficas.

4

Conocimientos de medidas de calidad de la señal de video analógica y digital (SDI), y en el manejo de vectorscopios y monitores forma de onda.

4

Conocimientos de realización de funciones de control de imagen para producciones de estudio con multicámara.

4

Conocimientos en el manejo de aplicaciones de control remoto de cámaras robotizadas en entornos de escenarios virtuales.

5

Conocimientos de técnico de iluminación para producciones audiovisuales, y en el manejo de los distintos dispositivos de medida como fotómetros, así como de mesas de luminotecnia.

3

Conocimientos a nivel de usuario en aplicaciones informáticas de tratamiento de textos, hojas de cálculo y entornos gráficos de propósito general, así como en el uso de técnicas de comunicación a través de la red Internet.

4

Conocimientos de inglés y otros idiomas.

50

Tipo XV (1 beca): Actividades relacionadas con la captación, registro, tratamiento y reproducción de sonido en producciones audiovisuales. Se requiere titulación como Técnico Superior en Sonido dentro de la rama de Comunicación, Imagen y Sonido del grado superior de Formación Profesional.

Puntuación máx.

Formación y conocimientos

15

Certificación académica.

7

Conocimientos en la configuración y manejo de los dispositivos que integran un estudio de audio profesional: micrófonos, previos, compresores, mesas de mezclas, patch-pannels, puertas de ruido, DAT, conversores A/D y D/A, sistemas de intercomunicación y estaciones de trabajo.

7

Conocimientos en el manejo de aplicaciones informáticas orientadas al registro, edición y postproducción de ficheros de audio: editores de onda (Cool Edit / Adobe Audition o similares), secuenciadores audio-midi (Pro Tools). Conversión entre los formatos de audio más habituales (WAV, SDII, MP3, etc.).

6

Conocimientos básicos y habilidades para el mantenimiento de equipos de audio, cables y conectores.

7

Conocimientos de sonido tanto en estudios de televisión como en exteriores y en acústica de locales.

3

Conocimientos a nivel de usuario de aplicaciones ofimáticas.

2

Conocimientos y habilidades en el uso de técnicas de comunicación a través de la red Internet.

3

Conocimientos de inglés y otros idiomas.

50

Tipo XVI (1 beca): Actividades relacionadas con las tareas de edición y post-producción de audiovisuales para la televisión. Se requerirá titulación como Técnico Superior en Realización de Audiovisuales y Espectáculos dentro de la rama de Comunicación, Imagen y Sonido del grado superior de Formación Profesional.

Puntuación máx.

Formación y/o experiencia

15

Certificación académica.

4

Conocimientos en la edición lineal en formato profesional con editores Sony y VTRs convencionales, analógicos y digitales.

7

Conocimientos en la edición no lineal, especialmente con Avid Media Composer, Avid Symphony, Media 100, Premiere y Jaleo.

5

Conocimientos en el manejo de aplicaciones informáticas para tareas de diseño gráfico 2D y 3D: Maya, 3D Studio, Lightware o similares.

5

Conocimientos en el manejo de aplicaciones informáticas para tareas de postproducción: Combustión, After Effects, Digital Fusion o similares.

5

Conocimientos en el manejo de mezcladores de video profesionales, generadores de caracteres y DVE en tiempo real.

3

Conocimientos y habilidad en el manejo, a nivel de usuario, de aplicaciones ofimáticas y, a nivel experto, de paquetes de tratamiento de imágenes.

3

Conocimientos y habilidades en el uso de técnicas de comunicación a través de la red Internet.

3

Conocimientos de Inglés y otros idiomas.

50

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid