Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-19981

Resolución de 13 de noviembre de 2007, de la Secretaría General del Senado, por la que se convoca la provisión, en régimen de contratación laboral, de plazas de electricista.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 2007, páginas 47581 a 47584 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2007-19981

TEXTO ORIGINAL

En ejecución del acuerdo tomado por la Mesa del Senado en su reunión celebrada el día 23 de octubre de 2007 y, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Senado, se procede a la convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de dos plazas de Electricista con destino en la Dirección Técnica de Infraestructuras de la Secretaría General del Senado. Dicho proceso se realizará con sujeción a las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria. 1.1 Se convocan pruebas selectivas para la provisión de dos plazas, en régimen de contratación laboral de carácter indefinido, una vez superado un período de prueba de dos meses, cuyas características se indican a continuación:

Denominación del puesto/plaza

N.º plazas

Complemento de destino

Grupo profesional

Electricista.

2

Oficial.

Brigada de mantenimiento.

1.2 Dichas plazas estarán dotadas con la remuneración establecida en el vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Senado, en la cuantía fijada presupuestariamente para cada ejercicio.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

2.1 Para tomar parte en la convocatoria pública los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad. c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Graduado en Educación Secundaria, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. d) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado, por cualesquiera causas, para el ejercicio profesional en el desempeño de funciones públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. Tercera. Comisión de Selección.

3.1 La resolución del proceso selectivo será realizada por la Comisión de Selección designada por la Mesa del Senado, que estará integrada por los siguientes miembros: Excmo. Sr. Damián Caneda Morales, Secretario Tercero del Senado, que presidirá la Comisión.

Ilma. Sra. D.ª Ana Álvarez Pablos, Letrada Mayor Adjunta para Asuntos Administrativos del Senado. Ilma. Sra. D0. Isabel María Abellán Matesanz, Directora de Recursos Humanos y Gobierno Interior del Senado. D. Ciriaco González Fernández, Jefe de la Unidad de Audiovisuales de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado. D. Jesús Tomé Lara, Profesor técnico de Formación Profesional, Especialidad de Instalaciones Electrotécnicas. D.ª María Victoria Gallego Paredes, Responsable del Área de Personal y Protección Social de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior, que actuará como Secretaria.

La Comisión de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, cuando menos, de tres de sus miembros. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presidente de la Comisión de Selección.

Los representantes del personal laboral podrán participar como observadores en el proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1 del Convenio Colectivo del personal laboral del Senado. Si se estimase oportuno, la Comisión de Selección podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que crea necesarios. 3.2 La Mesa del Senado designará a los miembros suplentes de la Comisión de Selección, que sustituirán a los titulares en caso de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función. 3.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Selección tendrá su sede en el Palacio del Senado (Plaza de la Marina Española, n.º 8, 28071 Madrid). 3.4 Corresponde a la Comisión de Selección las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de las pruebas y a la calificación de los aspirantes, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

Cuarta. Solicitudes.

4.1 Quienes deseen tomar parte en este proceso de selección deberán presentar solicitud, cuyo modelo se acompaña a la presente convocatoria como Anexo I, dirigida al Letrado Mayor del Senado, que podrá recogerse en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado o que puede ser objeto de descarga en la página Web de la Cámara (http://www.senado.es/inforpractic/index.html).

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La presentación de las solicitudes podrá hacerse en el Registro de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General de dicha Cámara (plaza de la Marina Española, n.º 8, 28071 Madrid), en días laborables -excepto sábados- de diez a catorce horas -o remitirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común-. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de su certificación. A la instancia se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del D.N.I.

b) Fotocopia del título exigido en la convocatoria.

4.2 El domicilio que figure en las instancias se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación al organismo convocante de cualquier cambio. Quinta. Admisión de aspirantes.

5.1 Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes y a la vista de las mismas, la Comisión de Selección dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la realización del proceso de selección, con expresión de los motivos de exclusión en cada caso. La relación provisional de aspirantes excluidos se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos se hará pública en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Sección Senado, así como en el tablón de anuncios y en la página Web de la Cámara. A efectos de lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con esta publicación se considerará realizada la oportuna notificación a los interesados.

5.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial del Estado, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el motivo de exclusión serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. 5.3 Una vez finalizado dicho plazo, la Comisión de Selección hará pública, mediante el mismo procedimiento, la resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y en la que, cuando proceda, se indicarán lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes. 5.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios se harán públicos por la Comisión de Selección en el tablón de anuncios del Senado y en la página Web de la Cámara (http://www.senado.es/inforpractic/index.html), con setenta y dos horas, al menos, de antelación al comienzo de los ejercicios correspondientes. 5.5 Si, en cualquier momento del proceso de selección, la Comisión de Selección tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá acordar, previa audiencia del interesado, la exclusión del mismo.

Sexta. Discapacidad.-Los aspirantes que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y/o medio oportunos. Los interesados deberán reflejar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria. Con el fin de que la Comisión de Selección pueda resolver con objetividad la solicitud planteada, el interesado deberá aportar, junto con la solicitud, dictamen técnico-facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó la minusvalía. A tal efecto, la Comisión de Selección podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos correspondientes.

Séptima. Procedimiento de selección.

7.1 El proceso de selección constará de tres ejercicios: Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test, con respuestas alternativas, que versará sobre el contenido del programa que se incluye como Anexo II a esta convocatoria. El tiempo máximo para la realización del ejercicio y los aspectos concretos se determinarán por la Comisión de Selección en el momento de la convocatoria del mismo.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de los supuestos prácticos que determine la Comisión de Selección en el plazo máximo que ésta fije, de acuerdo con el contenido del programa que se incluye como Anexo II a esta convocatoria. Para la realización de este ejercicio se permitirá el uso de todo tipo de manuales y de calculadora. Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un trabajo práctico simulado o a pequeña escala relacionado con las tareas propias de la categoría a la que opta el aspirante, utilizando los materiales y elementos reales cuyo contenido se describe en el programa que se incluye como Anexo II a esta convocatoria. Para la realización de esta fase se les entregarán a todos los aspirantes los materiales y herramientas necesarios.

En este ejercicio se tendrán en cuenta la destreza y habilidad de los convocados, así como la presentación de los trabajos, su correcto funcionamiento, cableado, protecciones, seguridad y ejecución de los esquemas y circuitos con su simbología adecuada.

7.2 Los ejercicios serán todos eliminatorios y se calificarán de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para aprobar cada uno. Al final de cada ejercicio se hará pública en el tablón de anuncios del Senado y en la página Web de la Cámara una relación de los aspirantes aprobados, con expresión de la puntuación alcanzada. Juntamente con la publicación de los resultados del ejercicio, se harán públicas, salvo que se estime otra cosa por la Comisión de Selección, la fecha, la hora y el lugar de realización del ejercicio siguiente. La Comisión de Selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios cuyas características técnicas así lo permitan, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Aquellos aspirantes en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas o cualquier otro signo que permita conocer su identidad podrán ser excluidos del proceso selectivo. La Comisión de Selección podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su identidad en cualquier momento. 7.3 La Comisión de Selección queda facultada para determinar el mínimo exigido para la obtención de las citadas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.

Octava. Aspirantes propuestos.-Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión de Selección hará pública en el tablón de anuncios del Senado y en la página Web de la Cámara la relación de los aspirantes aprobados cuya contratación se proponga, elevando dicha propuesta a la Mesa del Senado para su aprobación.

Novena. Presentación de documentos.-Con carácter previo a la formalización del contrato y, en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en que se hagan públicos los nombres de los aspirantes propuestos para su contratación, éstos deberán presentar en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Senado los documentos siguientes:

a) Documento nacional de identidad original, así como una fotocopia del mismo para su compulsa.

b) Documento original del título por el que hayan sido admitidos a participar en las pruebas selectivas, con arreglo a lo dispuesto en la base segunda de la convocatoria, así como fotocopia del mismo para su compulsa.

Décima. Formalización contractual y período de prueba.-Una vez aprobada por la Mesa del Senado la propuesta de la Comisión de Selección, el órgano competente procederá a la formalización del contrato previa justificación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Transcurrido el período de prueba que se determina en la base primera de la presente convocatoria, el personal que lo supere satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.

Undécima.-Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Mesa del Senado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.

Palacio del Senado, 13 de noviembre de 2007.-El Letrado Mayor del Senado, Manuel Cavero Gómez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO II

Programa

Temario teórico específico

1. Conceptos generales y fenómenos eléctricos: Producción y consumo de la electricidad. La electricidad básica y sus magnitudes fundamentales. Potencial. Capacidad. Condensadores tipos y conexiones. Propiedades de los dieléctricos, intensidad y resistencia eléctrica. Resistencia eléctrica de los materiales y clases de resistencia. Potencia y energía eléctrica. El efecto Joule y sus aplicaciones. 2. Circuitos eléctricos de corriente continua: Fuerza electromotriz. Ecuación de los circuitos. Diferencia de potencial entre puntos de un circuito. Voltaje en los bornes de un generador. Potenciómetro. Conexión de las resistencias en serie y paralelo. Circuitos mixtos. Leyes de Kirchhoff. 3. Aparatos de medida: Símbolos, esquemas y conexionado de los aparatos de medida eléctricos fundamentales. Errores en las mediciones. Clasificación de los aparatos de medida. Aparatos de medida analógcos y digitales. Galvanómetros, Amperímetros, Voltímetros, Ohmetros, Vatímetros, Contadores de energía. 4. Conceptos y fenómenos electromagnéticos: Propiedades magnéticas de la materia. Magnetismo y electromagnetismo. Inducción electromagnética. Autoinducción. 5. Corrientes alternas: La onda senoidal y sus valores fundamentales. Receptores de corriente alterna, resistencia, bobina y condensador. Circuitos en serie. Circuitos derivados. Resonancia. Potencia en los circuitos de corriente alterna. Sistemas polifásicos. Mejora del factor de potencia. 6. Electrónica: Resistencias y condensadores, código de colores y tolerancias. Elementos no lineales. El diodo como elemento semiconductor. Polarización directa e inversa de los diodos. Tensión umbral y línea de carga de los diodos. Resistencia directa e inversa de los diodos. Rectificación y circuitos rectificadores. El transistor. Ganancia, corriente inversa y tensión de ruptura. Fundamentos elementales de la amplificación. 7. Máquinas eléctricas: Generalidades, clasificación, definiciones y símbolos, potencia de las máquinas eléctricas, pérdida de potencia, rendimiento, calentamiento y protección. Dínamos y motores de corriente continua. Alternadores. Motores asíncronos y síncronos. Motores monofásicos. Motores de rotor en corto-circuito. Transformadores y autotransformadores. 8. Luminotecnia: Naturaleza de la luz. Frecuencia y longitud de onda. Magnitudes fundamentales empleadas en luminotecnia. El color, su clasificación y temperatura. Fuentes luminosas. Lámparas incandescendentes, fluorescentes, vapor de mercurio, mezcla, vapor de sodio a alta y baja presión y halogenuros metálicos. Cálculos de alumbrado. Luminarias, clasificación y definiciones. Grados de protección. Clases y tipos de alumbrado de interior y exterior. 9. Conocimientos básicos de sistemas de comunicación: Altavoces. Amplificadores. Micrófonos. Intercomunicadores. Antenas de TV para sistemas terrestres y parabólicas. Líneas de telefonía. Radio frecuencia. 10. Reglamento electrotécnico para baja tensión: Articulado. Instrucciones técnicas complementarias (ITC 001 a ITC 051 y Anexos). Normas particulares de las empresas suministradoras de energía eléctrica sobre instalaciones de enlace. 11. Generalidades sobre peligro y seguridad eléctrica: Peligros de la corriente eléctrica. Primeros auxilios. Normas de prescripción contra los accidentes eléctricos. Sistemas de protección.

Temario práctico específico

1. Simbología, uso y conexionado de aparatos de medida.-Voltímetro. Amperímetro. Ohmetro. Vatímetro. Pinza Amperimétrica. Serie. Polímetro. Telurómetros. Medidores de aislamiento. Comprobadores de fugas. Contadores de energía monofásicos y trifásicos, activa y reactiva. 2. Simbología, uso y conexionado de circuitos básicos.-Lámparas incandescendentes. Lámparas fluorescentes y de descarga. Interruptores. Conmutadores. Cruzamientos. Pulsadores. Tomas de corriente. Telerruptores. Relés eléctricos. Automáticos de escalera, etc. 3. Simbología, uso y conexionado de protecciones.-Diferenciales. Plas. Cuadros generales de mando y protección para viviendas, locales comerciales e industriales. 4. Simbología, uso y conexionado de equipos de medida.-Contadores de energía activa, simple y múltiple tarifa. Contadores de energía reactiva. Relojes discriminadores. Monofásicos. Trifásicos. Medida directa e indirecta. Baterías de condensadores para corrección del factor de potencia. 5. Simbología, uso y conexionado de circuitos básicos de automatismo.-Guardamotor. Inversores manuales y automáticos. Arrancadores estrella-triángulo. Maniobras con contactores y automatismos. 6. Simbología, uso y cálculo de instalaciones de enlace e interiores.-Manejo del R.E.B.T. Cálculo de secciones de conductores eléctricos para líneas repartidoras, derivaciones individuales e instalaciones de enlace. Cálculo de secciones para alimentación de aparatos receptores. Previsiones de carga. 7. Reparación de aparatos receptores.-Soldadura eléctrica con estaño. Circuitos y componentes electrónicos discretos en placas. Reparaciones en componentes de comunicación

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid