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Documento BOE-A-2007-1999

Resolución de 28 de diciembre de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria para el impulso de prácticas seguras en los centros sanitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 2007, páginas 4483 a 4486 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-1999

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 20 de diciembre de 2006, Acuerdo de Encomienda de Gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria para el Impulso de Prácticas Seguras en los Centros Sanitarios, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 28 de diciembre de 2006.-El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO

Madrid a 20 de diciembre de 2006. De una parte don José Antonio Benedicto Iruiñ, Director General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, órgano competente por delegación de firma de Orden Ministerial de 8 de julio de 2004, publicada en el B.O.E. de 23 de julio de 2004.

Y de otra don Francisco Javier Muñoz Aizpuru, que actúa en nombre y representación del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en su condición de Director, cargo para el que fue nombrado por Orden SCO/1219/2005, de 20 de abril (B.O.E. n.º 108 de 6 de mayo). Ambos, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio de Colaboración y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene la responsabilidad de la mejora de la calidad en el sistema sanitario en su conjunto, cumpliendo las previsiones recogidas en la Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Para este fin, la citada ley en su artículo 60, prevé la creación de una Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud.

Segundo.-Que el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria tiene interés en colaborar en el impulso de proyectos para la mejora de prácticas seguras en los centros sanitarios de su territorio. Tercero.-Que la estrategia 8 del Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud tiene por objeto mejorar la seguridad de los pacientes atendidos en los centros sanitarios del sistema nacional de salud para lo que prevé la firma de convenios específicos entre las CC.AA. y el Ministerio de Sanidad y Consumo, que incluirán una financiación y un sistema de evaluación del cumplimiento de los proyectos. Cuarto.-Que ambas entidades reconocen la existencia de objetivos e intereses comunes en la mejora de la calidad asistencial y en concreto en los campos de la transferencia de conocimientos y la toma de decisiones basada en la evidencia, así como la voluntad de colaborar y establecer fórmulas de cooperación que contribuyan al cumplimiento de sus fines. Quinto.-Que ambas partes tienen intereses comunes y por ello acuerdan la presente encomienda de gestión que se regirá mediante las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto.-La presente encomienda tiene por objeto regular las condiciones de la colaboración entre ambas partes, para el desarrollo de la estrategia 8 del Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud para la mejora de la seguridad de los pacientes atendidos en los centros sanitarios con los siguientes objetivos específicos:

A. Desarrollar unidades específicas en calidad que permitan promover una estrategia unificada en seguridad de pacientes.

B. Prevenir la infección en herida quirúrgica. C. Promover la práctica de las manos limpias en todos los centros asistenciales.

En el anexo técnico se especifican las acciones concretas y los indicadores de resultado establecidos.

Segunda. Funciones y actividades del Ministerio.-Prestará el apoyo científico y técnico necesario para el desarrollo de las actividades previstas en la encomienda y colaborará con el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en la realización de las actividades previstas a través de sus propios servicios, si así es requerido y en la medida que las labores propias de sus funcionarios lo permitan. Aportará la información y documentación necesarias para el desarrollo del proyecto que le sea requerida por parte del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria siempre que ésta se encuentre en su poder. Actuará como coordinador D. Enrique Terol García, Subdirector General de la Oficina de Planificación Sanitaria y Calidad. Financiará las actividades objeto de la encomienda, tal como se detalla en la cláusula sexta. Tercera. Funciones y actividades del Instituto de Gestión Sanitaria.-Realizará las actividades previstas para cada uno de los objetivos tal como se detalla en el anexo técnico. Elaborará un informe de actividad en el que se detallen las acciones realizadas y los resultados obtenidos de acuerdo con lo especificado en el anexo técnico. Elaborará un informe financiero comprensivo de todo el gasto derivado de la encomienda. Cuarta. Comisión de seguimiento.-Se constituye, para el seguimiento de la presente encomienda, una Comisión mixta de seguimiento que se reunirán a petición de parte y al menos una vez antes del fin de su vigencia. Esta Comisión estará formada:

En representación del Ministerio de Sanidad y Consumo.

El Director General de la Agencia de Calidad del SNS. En representación del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. El Director del Instituto, o persona en quien delegue.

Además de la función genérica de vigilancia y seguimiento de la ejecución del presente convenio de colaboración, la Comisión resolverá las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del mismo y certificarán de conformidad, en su caso, los informes previstos en la cláusula sexta.

Quinta. Plazo de vigencia.-El plazo de vigencia de la presente encomienda se establece en el periodo comprendido entre la fecha de su firma y el 15 de diciembre de 2007. Con el acuerdo de ambas partes, se podrá prorrogar por periodos anuales, formalizándose por escrito las prórrogas antes de la expiración del plazo de vigencia de la encomienda o de la prórroga vigente. Sexta. Financiación y pago.-El coste de las actividades previstas en el presente convenio financiadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo ascienden a: 108.000,00 € IVA incluido. La división anual de las cantidades aportadas es la siguiente:

Ejercicio 2006: 81.000,00 euros.

Ejercicio 2007: 27.000,00 euros.

Las cantidades correspondientes al Ministerio de Sanidad y Consumo se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 26.13.311O.226.10 de sus presupuestos de gastos del ejercio 2006 y 2007, quedando las correspondientes al ejercicio 2007 vinculados a la existencia de crédito adecuado y suficiente el los presupuestos generales del Estado para ese ejercicio.

Las cantidades a abonar por el Ministerio de Sanidad y Consumo se realizarán en dos pagos:

1. el primero tras la firma de la encomienda y entrega por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria de un informe preliminar relativo al inicio de las actuaciones y cronograma del total de las mismas, por un importe correspondiente al 75 % del total de la aportación del Ministerio, 81.000,00 euros con cargo al Presupuesto del ejercicio 2006. El plazo final para la presentación del informe se establece en el día 15 de diciembre de 2006.

2. el segundo tras la recepción de un informe descriptivo de los trabajos realizados que contemplará las acciones acometidas y los indicadores de logro obtenidos, según lo explicitado en el anexo técnico para cada objetivo especifico, por un importe correspondiente al 25 % del total de la aportación del Ministerio, 27.000,00 euros con cargo al Presupuesto del ejercicio 2007. El plazo final para la presentación del informe se establece en el día 15 de diciembre de 2007.

Ambos informes, preliminar y final, necesitarán el certificado de conformidad de la comisión de seguimiento como requisito previo al pago.

Ambas partes estarán sometidas a los procedimientos de autorización y control presupuestario del gasto vigente en cada una de ellas, garantizando la correcta utilización de los fondos. Séptima. Publicidad sobre los resultados del Convenio.-La divulgación de los resultados de los proyectos objeto del presente convenio, sea cual sea el soporte en que se realice, hará mención expresa al hecho de ser producto del mismo, figurando en todo caso tanto el logotipo del Ministerio de Sanidad y Consumo como el del Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud junto al del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. Octava. Resolución.-La presente encomienda podrá quedar sin efecto por mutuo acuerdo de las partes, bastando con que los representantes de ambas entidades expresen su voluntad de resolver el convenio de forma expresa y por escrito. Podrá procederse igualmente a la resolución unilateral por incumplimiento de las obligaciones en él contenidas por cada una de las partes, previo aviso con un plazo no inferior a tres meses a la fecha prevista para la resolución del convenio o de sus prórrogas. Novena. Marco jurídico.-La presente encomienda de gestión tiene naturaleza administrativa de los previstos en el artículo 3.1.l) del Real Decreto Legislativo 2/2001 de 16 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación sin perjuicio de los principios y criterios en él contenidos para resolver las lagunas que pudieran suscitarse. Décima. Jurisdicción.-Las dudas y controversias que puedan surjan con motivo de la interpretación y aplicación de la presente encomienda, y que no puedan ser resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento, se resolverán de conformidad con las normas aplicables en Derecho, y serán de la competencia de la jurisdicción contencioso administrativa.

Y para que conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio en el lugar y fecha arriba indicados. Firmado.-El Director General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios, José Antonio Benedicto Iruiñ.-El Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, Francisco Javier Muñoz Aizpuru

ANEXO TÉCNICO

A. Desarrollar unidades específicas en calidad que permitan promover una estrategia unificada en seguridad de pacientes

Justificación: La consolidación de una política en seguridad de pacientes se facilitaría creando unidades o grupos de trabajo específicos en calidad que permitan promover una estrategia unificada en seguridad de pacientes en las diferentes CCAA y que tengan como funciones: la adecuada información y formación sobre seguridad, la propuesta de objetivos ligados a incentivos, la promoción de prácticas seguras, la unificación de sistemas de información en seguridad y la evaluación de las acciones emprendidas.

Acción: se constituirán Unidades Funcionales preferentemente con profesionales pertenecientes a otras unidades de los equipos directivos, cuyas funciones serán: Promover la información y formación de los profesionales en seguridad de pacientes.

Promover la cultura de buenas prácticas en las instituciones sanitarias. Promover el cumplimiento de objetivos en seguridad ligados a incentivos o programas de gestión. Promover la evaluación interna y realizar la evaluación externa de las acciones de seguridad desarrolladas y de los indicadores pactados. Para la evaluación de eventos centinela se utilizarán análisis de causas exhaustivos.

Proyecto presentado:

Implantar Unidades Funcionales en Seguridad de Pacientes en las Áreas Sanitarias Únicas de INGESA.

Objetivos:

Promover la cultura de Seguridad y sensibilizar a profesionales y pacientes de la necesidad de las prácticas seguras, así como liderar la implantación o mejora de las mismas.

Para esto la Unidad de Seguridad tendrá los siguientes objetivos:

1. Coordinará la formación e información a pacientes y profesionales en Seguridad del Paciente.

2. La unidad llevará el seguimiento de los objetivos específicos en Seguridad fijados en el Contrato de Gestión de las Áreas Sanitarias Únicas. 3. Diseñar junto con el Equipo Directivo de las Áreas Sanitarias Únicas un Plan de Seguridad del Paciente siguiendo las recomendaciones del Plan del MSYC para el SNS. 4. Coordinar la edición y distribución del Plan de Seguridad para Pacientes a todos los profesionales de ambas Áreas, así como de cualquier otro folleto o carteles divulgativos. 5. Evaluara las acciones desarrolladas en el plan de seguridad del paciente, mediante indicadores de las mismas, análisis de causas y propuesta e medidas correctoras si precisa.

Metodologia de trabajo:

1. Información. Colocar carteles informativos de Seguridad de Pacientes en sitios de atención al público en los Centros Sanitarios de ambas Áreas.

Repartir trípticos informativos de los puntos más relevantes para la Seguridad a los Pacientes que asisten a los Centros Sanitarios de nuestras Áreas.

2. Formación.

Impartir cursos de formación en Seguridad de los Pacientes y Gestión de Riesgos Sanitarios a los profesionales de ambas Áreas.

Asistir a cursos de Seguridad y Gestión de riesgos ofertados por el MSYC.

3. Plan de Seguridad del Paciente.

Diseñar e implantar un sistema de vigilancia y notificación de eventos adversos, priorizando todo lo relacionado con la infección asociada a cuidados sanitarios: obtener tasas de infección nosocomial, optimizar los protocolos de higiene de las manos, evaluar el cumplimiento de protocolo de profilaxis quirúrgicas y preparación del campo quirúrgico para la prevención de la infección de herida quirúrgica; obtener tasas de infección en úlceras por presión. Además evaluar y prevenir otros eventos adversos como caídas, errores de medicación, intervención quirúrgica en lugar erróneo, etc.

La mayoría de estas acciones están realizándose ya en nuestros Hospitales, mediante protocolos de actuación multidisciplinares; pero el objetivo de la Unidad de Seguridad es coordinar todas estas actuaciones y registrarlas dentro de un sistema informático único de eventos adversos en la Atención Sanitaria, con la intención de mejorar su vigilancia, notificación y en último término la prevención de los mismos.

Plan de trabajo:

1. Creación de la Unidad Funcional dentro del actual organigrama del Área Sanitaria. Responsables D. Francisco Rivas Clemente, Gerente Área Sanitaria Única de Melilla y D. Juan Carlos Querol Gutiérrez, Gerente del Área Sanitaria Única de Ceuta.

2. Nombrar responsable de Seguridad por cada Área Sanitaria, y grupo de profesionales que integrarán la Unidad de Seguridad de Pacientes. Responsables Equipo Directivo de Áreas Sanitarias Únicas de Ceuta y Melilla. 3. Diseño del Plan de Promoción y Concienciación de Pacientes y Profesionales en Seguridad para los años 2006 y 2007. Responsables Equipo de Profesionales de la Unidad funcional de Seguridad, junto con el Equipo Directivos de las Áreas Sanitarias Únicas de Ceuta y Melilla. 4. Diseño y puesta en marcha del programa informático para vigilancia y notificación de efectos adversos en las Áreas Sanitarias Únicas de Ceuta y Melilla. Responsables Unidad funcional de Seguridad y equipo directivo de ambas Áreas. 5. Edición y distribución a los profesionales en ambas Áreas Sanitaria Únicas del Plan para la Mejora e la Seguridad de los Pacientes, y los resultados de su evaluación, con propuestas de mejora si precisa.

Productos a presentar:

1. Documentación del Área Sanitaria Única que acredite la creación dentro de ambos organigramas de las Unidades funcionales de Seguridad, así como la designación del responsable y el Equipo de Trabajo.

2. Documento escrito que recoja el Plan de Seguridad de Pacientes para ambas Áreas Sanitarias Únicas. 3. Aportar en formato electrónico el Programa Informático de Vigilancia y Notificación de Efectos Adversos en ambas Áreas. 4. Presentar edición de imprenta del Plan de Seguridad de los Pacientes y documentación que acredite su difusión en las Áreas. 5. Resultados de evaluación de los efectos adversos registrados en el 2007 dentro del programa informático diseñado para tal fin. 6. Documento con resultados de evaluación del plan, con indicadores, análisis de causas, y propuestas de mejora si precisa. 7. Indicadores:

% de gerencias con unidades funcionales de seguridad de pacientes.

% de gerencias con actividades en formación en seguridad de pacientes. % de unidades que evalúan las acciones desarrolladas en seguridad. % de eventos centinela analizados.

Se considerará que se evalúan las acciones cuando se presente un informe de evaluación de las acciones desarrolladas e indicadores propuestos, precisando que se ha efectuado análisis de causas y propuesta de medidas correctoras específicas.

Cada Unidad determinará cuales son los eventos centinela a evaluar. Para la evaluación de los mismos se puede utilizar el Análisis Causa Raíz o el AMFE.

B. Prevenir la infección en herida quirúrgica

Justificación: la ocurrencia de infecciones en heridas quirúrgicas puede producir efectos que van desde la simple inflamación a considerable dolor, dehiscencia, septicemia e incluso muerte así como prolongación de estancias hospitalarias y re intervenciones quirúrgicas. La incidencia de infecciones puede ser reducida a través de medidas pre, intra y post-operatorias entre las que especialmente se encuentran una estricta higiene y el uso adecuado de profilaxis antibiótica (OECD, 2004; AHRQ, 2005.

Proyecto presentado:

Prevención de Infección en Herida Quirúrgica en las Áreas Sanitarias Únicas de Ceuta y Melilla.

Objetivos:

1. Elaborar y difundir una «Guía para la prevención de la Infección Post-quirúrgica», de formato cómodo y manejable, cuyas pautas estén estandarizadas y apoyadas en la evidencia científica disponible actualmente, de forma que los profesionales de nuestras áreas sanitarias dispongan en todo momento de las mejores recomendaciones para prevenir este tipo de infección.

2. Impartir seminarios/talleres de sensibilización y actualización de las medidas a adoptar por los distintos profesionales implicados en los procesos quirúrgicos. 3. Diseñar y poner en marcha un «Sistema de Vigilancia de la Infección del Sitio Quirúrgico», que permita la obtención de Tasas de IHQ estratificadas por riesgo, además de obtener otros Indicadores relacionados fijados en la Guía arriba citada. 4. Evaluar los resultados de los indicadores específicos previstos en la Guía, que nos permita comparar la efectividad de las medidas de prevención post-quirúrgica antes y después de la puesta en marcha del proyecto.

Plan de trabajo:

1. Elaboración de la «Guía para la prevención de la Infección Post-quirúrgica»: Selección del grupo multidisciplinar. Responsable Equipo Directivo del Hospital junto con la Unidad de Calidad y la Comisión de Infecciones.

Documento Preliminar de la Guía: Grupo multidisciplinar seleccionado y Unidad de Calidad. Documento definitivo de la «Guía» y edición de la misma. Responsables Comité de Infecciones y Equipo Directivo de los Hospitales. Difusión de la guía mediante sesiones clínicas de servicio, sesión general hospitalaria y reparto del documento a los profesionales. Responsables Comisión de Infecciones y Equipo Directivo del Hospital.

2. Seminarios/Talleres:

Selección de los profesionales diana de esta formación. Responsables Equipo Directivo y Unidad de Calidad y Formación.

Elegir responsables de impartir la formación. Equipo Directivo. Hacer y difundir Calendario de formación. Responsable Unidad de Calidad y Formación.

3. Diseñar e Implantar Sistema de Vigilancia IHQ:

Selección de profesionales que intervendrán en el diseño del programa de vigilancia. Responsable: Equipo Directivo del Hospital.

Revisión y adaptación a las necesidades de cada centro sanitario, de sistemas de vigilancia existentes actualmente a nivel nacional e internacional. Responsables Grupo de profesionales seleccionado por la Dirección. Creación de un programa informático que permita el registro de los datos necesarios para el desarrollo de la vigilancia epidemiológica y la obtención de los indicadores necesarios para evaluar las medidas adoptadas en el proyecto actual. Responsables: Equipo Directivo y Profesionales de las Unidades de Informática y de Calidad de ambas Áreas Sanitarias Únicas. Puesta en marcha del Sistema de Vigilancia y difusión al Hospital de este hecho. Responsables: Comité de Infecciones y Unidad de Calidad/Seguridad.

4. Evaluar resultados y comparar efectividad:

Obtención de tasas de prevalencia de infección de herida quirúrgica en todos los procesos quirúrgicos del Hospital. Responsables: Enfermera de vigilancia epidemiológica y Médico responsable del control de la infección en el hospital; Comité de Infecciones y Unidad de Calidad. Metodología: seguir Proyecto EPINE en 2007. En 2006 adoptar el EPINE del 2006 de forma provisional en Noviembre 2006.

Obtención de tasas de incidencia de infección en sitio quirúrgico, en los procesos más frecuentes en cada Hospital, estratificando por ASA y tipo de cirugía. Responsables: Enfermera de vigilancia epidemiológica y Médico responsable del control de la infección en el hospital; Comité de Infecciones y Unidad de Calidad. Porcentaje de cumplimiento del protocolo de profilaxis quirúrgica en todos los procesos. Responsables: Enfermera de vigilancia epidemiológica y Médico responsable del control de la infección en el hospital; Comité de Infecciones y Unidad de Calidad. Porcentaje de altas en procesos quirúrgicos con diagnóstico secundario de infección de herida quirúrgica (CIE-9: 998.51 y 998.52). Responsables: Unidad de Archivos y Documentación Clínica. Discusión de los resultados dentro del Comité de Infecciones, identificando los problemas más relevantes y proponiendo las medidas de mejora pertinentes. Responsables Comité de Infecciones y Unidad de Calidad. En Enero 2007 se hará un informe de lo establecido en este proyecto para el 2006 y, en Enero 2008 de lo propio respecto al 2007. Difusión a todos los profesionales de los servicios implicados de los resultados obtenidos con este proyecto. Responsables Comité de Infecciones y Unidad de Calidad. Febrero 2007 difusión del informe referente a los resultados del 2006, y en Febrero 2008. Informe Final de la efectividad de este proyecto en la prevención de la infección post-quirúrgica en nuestros Hospitales. Responsable Gerente del Área Única Sanitaria. Marzo 2008.

Productos a presentar:

1. Documento Impreso «Guía para la Prevención de la Infección Post-Quirúrgica».

2. Sistema de Vigilancia de IHQ documentada: donde incluya tipos de estudios a realizar, procesos seleccionados en el centro, responsables de la obtención de datos y responsable de la evaluación y propuesta de mejora de los mismos. 3. Actas del Comité de Infecciones y de la Comisión de Garantía de la Calidad: dónde se reflejen las actividades realizadas, y medidas que se ponen en marcha tanto en ambos comités como en los servicios del hospital para la elaboración, implantación y evaluación del seguimiento de las recomendaciones de la guía para la prevención de la Infección Post-Quirúrgica. 4. Indicadores:

% de procedimientos quirúrgicos que hayan seguido protocolos de profilaxis quirúrgica (excepto procesos urgentes).

% de altas quirúrgicas con administración de profilaxis antibiótica 60 minutos antes de la intervención, o en la inducción anestésica, según protocolo (excepto procesos urgentes). % de altas quirúrgicas con diagnóstico secundario de infección de herida quirúrgica (códigos diagnóstico secundario de CIE9: 998.51 y 998.52).

C. Promover la práctica de las manos limpias en todos los centros asistenciales

Justificación: la adecuada higiene de las manos antes y después de explorar a un paciente es una medida eficaz para reducir las infecciones nosocomiales y actualmente recomendada por las principales organizaciones sanitaria internacionales (OMS, 2003; WHO, 2005; AHRQ, 2005).

Proyecto presentado:

Implantar la solución hidro-alcohólica para la higiene de las manos en todos los Centros Sanitarios de las Áreas Únicas del INGESA.

Objetivos:

Prevenir la incidencia de infección asociada a la atención sanitaria mediante la adecuada higiene de las manos de los profesionales sanitarios con solución hidro-alcohólica: Implantar la solución hidro-alcohólica en zonas seleccionadas de atención directa a pacientes: Unidades de Hospitalización, Urgencias, Salas de Curas y Consultas, en toda el Área Sanitaria.

Actualización del protocolo vigente de procedimientos de higiene de las manos. Información y sensibilización a profesionales y pacientes a cenca de la importancia de la correcta higiene de las manos. Conocer el grado de adherencia al procedimiento antes y después de instaurado el proyecto.

Metodología:

Plan escrito de actuación donde conste el lugar específico donde se dispondrá las soluciones hidro-alcohólicas, las labores divulgativas que se van a realizar y las forma de evaluar las medidas tomadas y responsables de las mismas.

Actualización del Protocolo de higiene de las manos, incluyendo en el como y cuando debe usarse soluciones hidro-alcohólicas. Elaboración y edición de trípticos informativos sobre la importancia de la higiene de las manos y las ventajas de usar solución hidro-alcohólica, y en que situaciones. Estos trípticos se harán tanto para profesionales como para pacientes. Elaboración, edición y distribución de carteles informativos al respecto. Evaluación del cumplimiento de los objetivos propuestos mediante visitas improvisadas, observación directa programada, encuestas, etc. de acuerdo a las medidas propuestas en el «plan escrito de actuación».

Productos a presentar:

1. Documento que recoge el Plan de Actuación para la utilización de solución hidro-alcohólica en Centros Sanitarios del INGESA.

2. Protocolo de higiene de las manos que incluye el uso de solución hidro-alcohólica. 3. Trípticos y carteles informativos editados. 4. Resultados de la evaluación de las actuaciones según el Plan: Indicadores.

% de lugares identificados en el hospital y centros de salud en los que está disponible la solución hidro-alcohólica.

% de centros asistenciales en ambas Áreas Únicas dónde existen accesibles al público carteles y trípticos informativos. % de adecuación del uso de solución alcohólica en las unidades de los Centros Sanitarios previstas en el plan.

(Los carteles y trípticos estarán en sala de espera y consultas externas y espacios comunes de las plantas de los hospitales, y de los centros de salud. Los lugares con solución hidro-alcohólica serán las consultas externas, las plantas de hospitalización, y el servicio de urgencias.) Directora de los proyectos: D.ª M.ª Antonia Blanco Galán. Jefa de Área de Atención Especializada de la Subdirección General de Atención Sanitaria del INGESA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/12/2006
  • Fecha de publicación: 30/01/2007
Materias
  • Centros sanitarios
  • Consumidores y usuarios
  • Encomienda de gestión
  • Hospitales
  • Instituto Nacional de Gestión Sanitaria
  • Ministerio de Sanidad y Consumo
  • Salud
  • Sanidad
  • Servicios Públicos de Salud
  • Sistema Nacional de Salud

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