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Documento BOE-A-2007-20022

Resolución de 15 de noviembre de 2007, del Departamento de Justicia, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslado convocado por la Resolución JUS/1436/2007, de 27 de abril, entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2007, páginas 47725 a 47743 (19 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2007-20022

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a consecuencia del concurso de traslados convocado por la Resolución de 27 de abril de 2007, de plazas vacantes entre funcionarios de los cuerpos y escalas de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia (BOE núm. 118, de 17.5.2007, y DOGC núm. 4885, de 17.5.2007); Dado lo que establece el título VIII de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el artículo 43 y siguientes y la disposición derogatoria única del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal al servicio de la Administración de justicia, aprobado por el Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre; Dado lo que establecen las bases 7,8 y 9 de la Resolución de 27 de abril de 2007, de convocatoria del presente concurso de traslado, resuelvo:

1. Hacer públicas, en el anexo de esta Resolución, los destinos que con carácter definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso de traslado convocado por la Resolución de 27 de abril de 2007, los cuales se corresponden con los relacionados en el anexo 1 de la Resolución de convocatoria, modificada por la Resolución de 22 de mayo de 2007, por la cual se incluyeron plazas a resultas en el ámbito territorial de Cataluña.

2. Excluir del concurso de traslados a los funcionarios que se detallan en la página web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.es, así como en la página web del Departamento de Justicia, www.gencat.cat/justicia. 3. Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en este concurso que no hayan obtenido destino, por lo cual no serán tenidas en cuenta en futuros concursos de traslados. 4. Declarar desiertas las plazas que no han sido adjudicadas en este concurso, a menos que se pretendan amortizar mediante la modificación de la plantilla orgánica o la reordenación de efectivos de un centro de destino, por lo que se cubrirán por funcionarios de nuevo ingreso. 5. Para los funcionarios que se encuentren en activo y no reingresen en ninguno de los cuerpos o escalas a los que se refiere el presente concurso, el cese deberá efectuarse en las fechas siguientes: cuerpo de tramitación procesal y administrativa, el 23 de noviembre de 2007; cuerpo de gestión procesal y administrativa y cuerpo de auxilio judicial, el 26 de noviembre de 2007. La toma de posesión en el nuevo destino obtenido por concurso se producirá en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario; o en los ocho días naturales siguientes al cese, si implica cambio de localidad dentro de la comunidad autónoma; y veinte días naturales, si implica cambio de comunidad autónoma, con excepción de la comunidad autónoma de Canarias, la comunidad autónoma de las islas Baleares, y las ciudades de Ceuta y Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de trabajo adjudicado en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. El plazo de toma de posesión será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en el concurso. Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo en la Administración de justicia en los cuerpos o escalas de gestión procesal y administrativa, de tramitación procesal y administrativa o de auxilio judicial, el mismo plazo posesorio establecido en el párrafo anterior deberá computarse desde el 23 de noviembre de 2007, si se reingresa en el cuerpo o escala de tramitación procesal y administrativa, y desde el 26 de noviembre de 2007, si se reingresa en el cuerpo o escala de gestión procesal y administrativa o de auxilio judicial, pero en este caso, dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en los cuerpos o escalas de gestión, de tramitación, o de auxilio y, por lo tanto, no puede ser computado como servicios efectivos. En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encuentren en activo en otro cuerpo de la Administración de justicia y no quieran que se interrumpa su relación de servicio con la Administración, bastará con que tomen posesión en el nuevo cuerpo o escala, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de posesión en la nueva plaza de reingreso. En este caso, dada la necesidad de disponer del tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia de su actual destino o, en su caso, a los órganos correspondientes de las comunidades autónomas con competencias asumidas, un permiso retribuido de un día, si no hay cambio de localidad, o de dos, en caso contrario, excepto aquellos que hayan de desplazarse a las Canarias, las islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. La comunidad autónoma competente o la gerencia territorial que corresponda les concederá la excedencia de oficio en el cuerpo de procedencia si se produce en un cuerpo o escala al servicio de la Administración de justicia, y en este destino se les tendrá por cesados en la fecha anterior a la de posesión en los cuerpos o escalas de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa o auxilio judicial, con el fin de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes. Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas, deberán cesar como consecuencia de la posesión del titular. 6. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en el que esta Resolución se haya publicado; o bien pueden impugnarla directamente mediante recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo competente de Barcelona, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en el que esta Resolución se haya publicado, de conformidad con lo que establecen los artículos 14.2, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

De acuerdo con el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 49 de la Ley reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, la interposición de los recursos contenciosos administrativos que se deban notificar a las personas interesadas se notificarán mediante la publicación en el DOGC y mediante la exposición en los tablones de anuncios de los órganos siguientes: Departamento de Justicia (c. Pau Claris, 81, 08010 Barcelona); Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona Ciudad (c. Pau Claris, 158, ático, 08009 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Norte y Cataluña Central (Torres Cerdà c. General Almirante, 2-28 9.ª planta (torres centro) 08014 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Sur y Ciudad de la Justicia de Barcelona y L'Hospitalet de Llobregat (Torres Cerdà c. General Almirante, 2-28 9.ª planta (torres centro) 08014 Barcelona); Servicios Territoriales del Departamento de Justicia de Girona (c. Güell, 89, 17005 Girona), Lleida (c. Sant Martí, 1, 25004 Lleida), Tarragona (c. Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona) y Les Terres de l'Ebre (c. Àngel, 6, 4.ª, 43500 Tortosa); Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (ps. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona); audiencias provinciales de Barcelona (ps. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona), Girona (pl. de la Catedral, 2, 17004 Girona), Lleida (c. Canyeret, 1, 25001 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); decanatos de Barcelona (ps. Pujades, 1, 08071 Barcelona), Girona (av. Ramon Folch, 4-6, 17001 Girona), Lleida (c. Canyeret, 3-5, 25007 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); sedes del Instituto de Medicina Legal de Cataluña en Barcelona (c. Balmes, 7, 08007 Barcelona), Girona (av. Ramon Folch, 4-6, 17001 Girona), Lleida (c. Canyeret, 1, 25007 Lleida), Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona) y Les Terres de l'Ebre (pl. de Els Estudis, s/n, 43500 Tortosa); en las fiscalías de Barcelona (c. Pau Claris, 160, 08009 Barcelona), Girona (pl. de la Catedral, 2, 17004 Girona), Lleida (c. Canyeret, 3-5, 25007 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona), y página web del Departamento de Justicia (www.gencat.cat/justicia).

Barcelona, 15 de noviembre de 2007.-La Consejera de Justicia, Montserrat Tura i Camafreita.

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