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Documento BOE-A-2007-20044

Resolución de 7 de noviembre de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se ofertan vacantes a los aspirantes del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2007, páginas 47852 a 47861 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2007-20044

TEXTO ORIGINAL

Por Orden APU/617/2007, de 12 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 16) se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado. Concluidas las pruebas selectivas, por Orden APU/2704/2007, de 4 de septiembre (Boletín Oficial del Estado del 19) se hicieron públicas las relaciones definitivas de aspirantes que las habían superado. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria por todos los aspirantes procede efectuar la oferta de puestos de trabajo que han de desempeñar, como fase previa a su nombramiento como funcionarios de carrera. En consecuencia, esta Secretaría General para la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de redistribución de competencias en materia de personal de la Administración del Estado, en relación con lo establecido en el artículo 12.1.c) del Real Decreto 562/2004, de 19 de abril (Boletín Oficial del Estado del 20) por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales y el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 17) por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, a propuesta de la Dirección General de la Función Publica, resuelve:

Primero.-Ofertar a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado en la Oferta de Empleo Público 2007, los puestos de trabajo incluidos en el Anexo I de esta Resolución.

Segundo.-Los aspirantes deberán solicitar destino utilizando el Anexo II de esta Resolución disponiendo de un plazo de ocho días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. El citado Anexo II deberá ser presentado en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, o en el Registro de la Dirección General de la Función Pública (calle de María de Molina 50, de Madrid). Tercero.-La adjudicación de destinos se efectuará, a la vista de las peticiones presentadas, según el orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, excepto en lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 17) por el que se regula el acceso al empleo público y la promoción de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. Los aspirantes afectados por este último supuesto, podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, tal como precisa el artículo 9 del Real Decreto citado anteriormente, que deberán ser debidamente acreditadas, mediante informe del facultativo del Servicio Público de Salud, o en su defecto, mediante certificado Médico Oficial emitido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España. A los aspirantes que no presenten su solicitud de destino dentro del plazo señalado, o presentada ésta en tiempo y forma, no incluyesen los puestos de trabajo suficientes para obtener uno de ellos, se les adjudicará destino en alguno de los puestos de trabajo vacantes del Anexo I que resulten sin adjudicar, una vez atendidas las peticiones de los demás aspirantes.

Cuarto.-Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría General en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tengan los interesados sus domicilios, a su elección, en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde el día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 regla segunda de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.

Madrid, 7 de noviembre de 2007.-La Secretaria General para la Administración Pública, Mercedes Elvira del Palacio Tascón.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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