Según lo previsto en las bases tercera y duodécima de la Orden AEC/442/2007, de 23 de enero (Boletín Oficial del Estado n.º 52, de 1 de marzo de 2007), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la convocatoria abierta y permanente para actividades de cooperación y ayuda al desarrollo, y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo II del Título I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Capítulo II del Título I del Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Presidencia de la AECI emitió Resolución de 5 de marzo de 2007 de convocatoria de ayudas de convocatoria abierta y permanente para actividades de cooperación y ayuda al desarrollo, correspondientes al año 2007. En el apartado primero de dicha Resolución se determinan los créditos asignados y se establece que la distribución de la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas entre los créditos presupuestarios asignados a la convocatoria tendrá carácter estimativo y su alteración no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto. La distribución definitiva de los créditos deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado con carácter previo a la Resolución de concesión. En virtud de lo anterior, la Comisión de Valoración establecida en el apartado séptimo de la citada Resolución, en su reunión de 31 de octubre de 2007, ha efectuado propuesta de Resolución de adjudicación de las ayudas acogidas al tercero de los procedimientos de la convocatoria, condicionada a la aprobación y publicación de la distribución definitiva de los créditos. En atención a lo expuesto, previo informe de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, he tenido a bien disponer:
Primero y único. Distribución definitiva de los créditos.-La distribución definitiva de los créditos asignados a la convocatoria abierta y permanente de ayudas de cooperación y ayuda al desarrollo correspondiente al año 2007, aprobados en la Resolución de 5 de marzo de 2007, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, queda establecida en los siguientes importes para cada uno de los créditos presupuestarios relacionados: 12.103.143A.486: 52.290.532,00 euros.
12.103.143A.496: 12.921.794,00 euros. 12.103.143A.786: 9.423.128,00 euros. 12.103.143A.796: 4.916.000,00 euros. 12.103.144A.470: 300.000,00 euros. 12.103.144A.480: 470.000,00 euros. 12.103.144A.490: 348.000,00 euros.
Total: 80.669.454,00 euros.
Madrid, 16 de noviembre de 2007.-La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000), el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, Juan Pablo de Laiglesia y González de Peredo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid